Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 37 de 23/02/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

DECRETO 26/2006, de 24 de enero, por el que se acepta la donación a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el Ayuntamiento de Torremolinos (Málaga), de un solar de 4.745 m, situado en Ronda Alta de Benyamina, de la citada localidad, para la ampliación del Instituto de Enseñanza Secundaria "Playamar"; y se adscribe a la Consejería de Educación.

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Por el Ayuntamiento de Torremolinos (Málaga) fue ofrecida a la Comunidad Autónoma de Andalucía un solar de 4.745 m, ubicado en Ronda Alta de Benyamina, de dicho municipio, para ampliación del Instituto de Enseñanza Secundaria "Playamar".

Por la Consejería de Educación se considera de interés la aceptación de la referida donación, que permitirá incrementar la dotación para enseñanzas post-obligatorias de Bachillerato y Ciclos Formativos, en la provincia de Málaga.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 24 de enero de 2006,

D I S P O N G O

Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la donación ofrecida por el Ayuntamiento de Torremolinos (Málaga) de un solar con 4.745 m de superficie que será segregada de la finca de 16.330 m y cuyos linderos son los siguientes: Norte, con el Cortijo de Aguirre; Sur, con el Pasaje particular y en parte con tierras de la finca principal vendida a F. Ch. Paskell y otros; Este, con el Cortijo de Aguirre y con calle Ronda Alta de la Urbanización Benyamina; y al Oeste, con tierras de la finca principal vendida a F. Ch. Paskell y otros.

Consta inscrita en el Registro de la Propiedad de Málaga, número 10, a favor del Ayuntamiento de Torremolinos, al folio 119 del tomo 876, libro 782, finca núm. 11841-A.

Segundo. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de Entidades Locales de Andalucía, la donación objeto de este Decreto se formalizará en escritura pública o documento administrativo y será inscrita en el Registro de la Propiedad.

Tercero. En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de los terrenos donados, que se adscriben a la Consejería de Educación con destino para la ampliación del Instituto de Enseñanza Secundaria.

Cuarto. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.

Sevilla, 24 de enero 2006

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

JOSE ANTONIO GRIÑAN MARTINEZ

Consejero de Economía y Hacienda

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