Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 37 de 23/02/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 23 de enero de 2006, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria "Cordel del Collado de Puerto Blanco" en su totalidad, en el término municipal de Beas de Granada (Granada) (VP 241/02).

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Examinado el expediente de deslinde de la vía pecuaria denominada "Cordel del Collado de Puerto Blanco", tramo comprendido desde el límite de término de Granada hasta el Cerro del Higuerón, en el término municipal de Beas de Granada, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Granada, se desprenden los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Las vías pecuarias del término municipal de Beas de Granada, provincia de Granada, fueron clasificadas por Orden Ministerial de 30 de noviembre de 1968, publicada en el BOE de fecha 14 de diciembre de 1968.

Segundo. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de fecha 21 de mayo de 2002, se acordó el inicio del deslinde de esta vía pecuaria, enmarcado dentro del deslinde de diversas vías pecuarias para la formación de un sistema de espacios libres en la aglomeración urbana de Granada.

Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se realizaron los días 26 y 27 de septiembre de 2002 y 26 de febrero de 2003, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, siendo asimismo publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada núm., de 23 de agosto de 2002.

Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada núm., de fecha 27 de enero de 2005.

Quinto. A la Proposición de Deslinde no se han presentado alegaciones.

Sexto. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo Informe con fecha 15 de diciembre de 2005.

A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la Resolución del presente deslinde en virtud de lo preceptuado en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias; el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, y demás legislación aplicable al caso.

Considerando que en el presente deslinde se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable al caso.

Vistos la propuesta favorable al deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Granada con fecha 21 de septiembre de 2005, así como el informe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitido con fecha 15 de diciembre de 2005,

RESUELVO

Aprobar el deslinde de la vía pecuaria denominada "Cordel del Collado de Puerto Blanco", tramo comprendido desde el límite de término de Granada hasta el Cerro del Higuerón, en el término municipal de Beas de Granada, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Granada, a tenor de la descripción que sigue, y en función de las coordenadas que se anexan a la presente Resolución.

- Longitud deslindada: 1.326,76 m.

- Anchura: 37,61 m.

Descripción: Finca rústica de dominio público según establece la Ley 3/95, de Vías Pecuarias, y el Decreto 155/98, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, destinada a los fines y usos que estas normas estipulan, que se encuentra en el término municipal de Beas de Granada. Discurre de Sudoeste a Noreste desde el límite de términos de Beas de Granada con Dúdar y Granada, en el paraje denominado "Raspa de la Haza Larga", donde enlaza con la vía pecuaria "Vereda del Barranco del Abogado", hasta penetrar por el camino de Hornillos al lugar llamado "Cerro del Higuerón", a unos 600 m sudoeste del casco urbano de Beas de Granada. Posee 37,61 metros de anchura, una longitud total de 1.326,76 metros y una superficie deslindada de 4,97 ha.

Sus linderos son:

Norte.

De Oeste a Este linda consecutivamente con:

Sur.

Linda con el límite de término de Dúdar, en la parcela catastral 1/120 propiedad de don Manuel Garrido Puertas, y de Oeste a Este, consecutivamente, con las siguientes fincas del término municipal de Beas de Granada:

" Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 57) "

Este.

Con una bifurcación en horquilla de caminos en el paraje conocido como el "Cerro del Higuerón" y con las fincas:

" Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 58) "

Oeste.

Linda con el término municipal de Granada y con la vía pecuaria "Vereda del Barranco del Abogado".

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, conforme a la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, ante la Consejera de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, 23 de enero de 2006.- El Secretario General Técnico, Juan López Domech.

RESOLUCION DE FECHA 23 DE ENERO DE 2006, DE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA DE LA CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE, POR LA QUE SE APRUEBA EL DESLINDE DE LA VIA PECUARIA "CORDEL DEL COLLADO DE PUERTO BLANCO" EN SU TOTALIDAD, EN EL TERMINO MUNICIPAL DE BEAS DE GRANADA (GRANADA)

RELACION DE COORDENADS U.T.M. DE LA VIA PECUARIA

" Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 58) "

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