Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 38 de 24/02/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

RESOLUCION de 19 de enero de 2006, de la Dirección General de Fomento y Promoción Cultural, por la que se rectifica la de 12 de diciembre de 2005, que pone fin al procedimiento para la concesión de ayudas al desarrollo de proyectos y a la producción de obras audiovisuales.

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Expediente: C053589SE98FF.

Orden reguladora de 30 de septiembre de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas al desarrollo de proyectos y a la producción de obras audiovisuales y se efectúa su convocatoria para el año (BOJA núm. 199, de 11 de octubre de 2005).

Modalidades: Desarrollo de proyectos y producción de obras audiovisuales.

Beneficiarios: Anexo III.

Presupuesto total máximo: 2.239.200 E.

Distribución de anualidades:

- Ejercicio corriente 2005: 628.340 E.

- Anualidad futura 2006: 894.680 E.

- Anualidad futura 2007: 716.180 E.

Visto el expediente de subvención epigrafiado, instruido por la Dirección General de Fomento y Promoción Cultural, habiéndose detectado error en el Anexo III (concedidos), y una vez realizados los ajustes pertinentes, de conformidad con el ámbito competencial definido en el Real Decreto 864/1984, de 29 de febrero, por el que se asumen las funciones en todas sus manifestaciones y expresiones, y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 39.6 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

R E S U E L V O

Rectificar el Anexo III de la Resolución de 12 de diciembre de 2005, que pone fin al procedimiento para la concesión de ayudas al desarrollo de proyectos y a la producción de obras audiovisuales, en lo concerniente al plazo de ejecución de los proyectos que a continuación se relacionan:

1. Anexo III de concesión modificar el plazo de ejecución de los siguientes proyectos:

El plazo de ejecución correcto que debe figurar es 24 meses a partir de la publicación del extracto de la Resolución en BOJA.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Cultura en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la misma en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo previsto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 19 de enero de 2006.- La Directora General, Guadalupe Ruiz Herrador.

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