Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 39 de 27/02/2006

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Universidades

RESOLUCION de 8 de febrero de 2006, de la Universidad de Cádiz, por la que se realiza convocatoria pública para la contratación de Personal Investigador y/o Técnico de Apoyo a la Investigación, con cargo a contratos, convenios de colaboración o proyectos de investigación.

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En uso de las atribuciones que me confieren la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y los Estatutos de la Universidad de Cádiz, aprobados por Decreto de la Comunidad Autónoma de Andalucía 281/03, de 7 de octubre, y publicados en el BOJA de 28 de octubre de 2003, conforme a lo establecido en el artículo 73.3 de la citada Ley Orgánica de Universidades,

RESUELVO

Convocar proceso selectivo para la contratación de personal investigador y/o técnico de apoyo a la investigación, con cargo a contratos, convenios de colaboración o proyectos de investigación, con sujeción a las bases que se acompañan como Anexo I.

Cádiz, 8 de febrero de 2006.- El Rector, por delegación de competencia (Resolución de 14.12.04), El Vicerrector de Planificación y Recursos, Manuel Larrán Jorge.

ANEXO I

BASES DE CONVOCATORIA

1. Normas generales.

1.1. Se convoca concurso para la contratación de Personal Investigador y/o Técnico de apoyo a la investigación, con cargo a contratos, convenios de colaboración o proyectos de investigación, para prestar servicios mediante contrato de trabajo de duración determinada por obras o servicios determinados (R.D. 2720/91).

1.2. El presente proceso selectivo se regirá por las bases de esta convocatoria y por la normativa reguladora de la contratación de personal con cargo al Capítulo VI, aprobada por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Cádiz, en su sesión de 10 de junio de 2005.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1. Para ser admitido a la realización del proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1. Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores, en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.

2.1.2. También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

2.1.3. Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España.

2.1.4. Los extranjeros residentes en España podrán acceder en igualdad de condiciones que los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea como personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas, de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad.

2.2. Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.

2.3. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

2.4. Poseer la titulación exigida para la plaza ofertada, que es la que se especifica en el Anexo. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

3. Solicitudes.

3.1. Modelo: Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo deberán hacerlo constar en instancia, según modelo que se acompaña como Anexo II de esta convocatoria, que será facilitada gratuitamente en el Rectorado, de la Universidad de Cádiz, así como en la página Web del Area de Personal en la siguiente dirección: http://www-personal.uca.es.

Los solicitantes que no obtengan contrato ni formen parte de la bolsa de trabajo, en su caso, podrán retirar la documentación aportada en el plazo de un mes desde la publicación del acta, una vez sea firme la resolución de la convocatoria. La documentación que no se retire en dicho plazo, podrá ser destruida.

3.2. Documentación: Los interesados deberán adjuntar dentro del plazo de presentación de solicitudes, Currículum Vitae, fotocopia del documento nacional de identidad y fotocopia de la titulación académica. Asimismo, podrán aportar cuanta documentación estimen oportuna para la mejor valoración de los extremos contenidos en las presentes bases de convocatoria.

3.3. No se admitirá la presentación de méritos una vez finalizado él plazo de presentación de solicitudes.

3.4. Recepción: La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de la Universidad de Cádiz (C/ Ancha,, 11001, Cádiz), o en las formas establecidas en el artículo.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dirigiéndose al Ilmo. Sr. Gerente de la Universidad de Cádiz.

3.5. Plazo: El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de su publicación en la Web del Area de Personal y finalizará 5 días después de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

3.6. Subsanación de errores: Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias y en el plazo máximo de tres días, se hará pública, en el tablón de anuncios del Rectorado, así como en la dirección de Internet ya citada, relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos. Cuando las circunstancias lo aconsejen a criterio del Vicerrector competente, se podrá establecer un plazo de publicación de la lista provisional comprendido entre uno y tres días.

4.2. Si la solicitud no reuniese los requisitos establecidos se requerirá en dicha publicación al interesado para que, en un plazo de 10 días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido en su petición. Cuando razones de urgencia lo aconsejen y mediante Resolución del Rector, este plazo se podrá reducir a la mitad.

4.3. La lista definitiva de admitidos y excluidos se publicará en el tablón de anuncios del Rectorado y en la página Web de Personal, en el plazo máximo de tres días contados a partir de la fecha límite del plazo que le haya dado para la subsanación de defectos.

4.4. Contra la notificación de exclusión definitiva se podrá interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector, o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de la misma, ante el juzgado de lo Contencioso-Administrativo Provincial con sede en Cádiz, conforme a lo establecido en la Ley 30/92, modificada por Ley 4/99, de RJPAC.

5. Comisión de Selección.

5.1. Composición: La Comisión de Selección de este proceso selectivo estará compuesta por:

a) Comisión de Selección de personal técnico de administración y servicios:

- Presidente: Rector o Vicerrector en quien delegue.

- Un vocal a propuesta del profesor responsable del proyecto, contrato o convenio.

- Un vocal a propuesta del Excmo. Sr. Vicerrector de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación.

- Dos vocales a propuesta del Comité de empresa.

- Secretario: Un funcionario adscrito al Area de Personal.

Todos los miembros de la Comisión de Selección deberán pertenecer al mismo grupo o superior al de la plaza convocada o tener la titulación académica igual o superior a la exigida para ocupar la plaza convocada. En la composición de la Comisión de Selección se cumplirá el principio de especialidad.

b) Comisión de Selección de personal investigador: Tendrá la composición establecida en el artículo 120.4 de los Estatutos de la Universidad de Cádiz y desarrollada en el Reglamento de Contratación del Profesorado, con la participación del investigador responsable en lugar del Director del Departamento y del Decano o Director del Centro.

5.2. En el plazo de cuarenta y ocho horas antes de la celebración de la reunión de la Comisión de Selección, se hará pública, en el tablón de anuncios del Rectorado y en la página Web del Area de Personal, antes citada, la composición exacta de la Comisión de Selección.

La Comisión podrá reunirse a partir de los dos días siguientes a la publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos.

5.3. Abstención y recusación: Los miembros de la Comisión deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Cádiz, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o si hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a tales categorías en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de la Comisión, cuando concurra alguna de dichas circunstancias.

5.4. Asesores: La Universidad, a propuesta de la Comisión de Selección, podrá designar asesores especiales, que se limitarán a informar de las pruebas y méritos relativos a su especialidad.

5.5. Información a los participantes: A efectos de comunicaciones y demás incidencias, así como de información, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Cádiz, calle Ancha, núm., 11001 Cádiz. Teléfono 956/89, correo electrónico: planificacion.personal*uca.es.

6. Criterios generales de valoración.

- Currículum vitae: Titulación preferente, Formación, experiencia.

- Adecuación al perfil de la plaza, basado, entre otros criterios de juicio, en el informe técnico razonado que el investigador responsable pueda emitir al respecto de cada candidato.

- Aquellos otros méritos que la Comisión de Selección determine, haciendo públicos los mismos en el Acta de Resolución del Concurso.

- La Comisión podrá realizar entrevistas personales a aquellos/as candidatos/as que de acuerdo con el perfil anterior sean preseleccionados.

7. Resolución del Concurso.

7.1. En el plazo máximo de dos días desde la celebración de la sesión de la Comisión de Selección se hará público en el tablón de anuncios del Rectorado y en la página web, la resolución del proceso selectivo, indicando el aspirante que ha superado el mismo y, en su caso, la bolsa de trabajo que se elabore.

7.2. Contra dicha resolución, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Rector, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la misma.

8. Período de prueba.

8.1. Se establecerá un período de prueba de: 1 mes para contratos de Grupo IV, 45 días para contratos de Grupo III, 3 meses para contratos de Grupo II y 4 meses para contratos de Grupo I.

8.2. Durante el período de prueba, el trabajador tendrá los derechos y obligaciones correspondientes al puesto de trabajo que desempeña como si fuera de plantilla, excepto los derivados de la resolución de la relación laboral, que podrá producirse a instancia de cualquiera de las partes durante su transcurso.

8.3. Transcurrido el período de prueba sin que se haya producido el desistimiento, el contrato producirá plenos efectos, computándose el tiempo de los servicios prestados en la antig³edad del trabajador en la empresa.

9. Norma final.

9.1. La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación de la Comisión de Selección, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada parcialmente por la Ley 4/1999.

9.2. Asimismo, la Universidad podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones de la Comisión de Selección, conforme a lo previsto en la mencionada Ley.

ANEXO III.1

(Ref. 2/2006/1)

1. Categoría: Investigador. 2. Titulación requerida: Licenciado, Arquitecto, Ingeniero o equivalente, como mínimo.

3. Proyecto/Convenio/Contrato: Estudio de nuevas estrategias de tratamiento antifouling basadas en el estudio molecular de la biopelícula. Aplicación a condensadores refrigerados con agua de mar. Ref: CTM 2005 - 02658/TECNO.

4. Actividades a desarrollar en el puesto de trabajo convocado:

1. Caracterización molecular de la población microbiana en diferentes condiciones de operación a través de la secuenciación de los genes que codifican el 16S rRNA.

2. Selección y aislamiento de microorganismos claves en la formación del fouling.

3. Análisis de la actividad quórum sensing de las especies seleccionadas.

4. Estudio de la eficacia de nuevos tratamientos y su influencia en la naturaleza del fouling formado.

5. Optimización y propuesta de nuevas estrategias de tratamiento antifouling alternativas al cloro.

5. Características del contrato.

Duración: 1 año prorrogable.

Jornada laboral: Tiempo parcial 17 horas semanales.

Lugar de desarrollo: CASEM.

Retribuciones: 1.103,94 E íntegros mensuales.

6. Méritos preferentes/perfil.

Titulación preferente: Licenciatura en Ciencias del Mar.

Se valorarán los conocimientos de técnicas de biología molecular.

Se valorará la experiencia en análisis de muestras de fouling marino.

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