Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 45 de 08/03/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

CORRECCION de errores de la Orden de 7 de diciembre de 2005, por la que se actualiza el Catálogo General de Productos de la Prestación Ortoprotésica en Andalucía (BOJA núm. 248, de 22.12.2005).

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Publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 248, de 22 de diciembre de 2005, la Orden de 7 de diciembre de 2005, por la que se actualiza el Catálogo General de Productos de la Prestación Ortoprotésica en Andalucía, y advertido error en la citada disposición, se procede a su subsanación mediante la presente corrección que a continuación se transcribe:

En la página 23: Código de prescripción 188.

Descripción.

Donde dice: PTB, PTS, KBM (con cuña supracondilea o disociado). Material blando en cuero, goma con forro en piel, espuma de poliuretano, resina acrílica laminada, polipropileno o.

Debe decir: Prótesis para amputación tibial. Estructura exoesquelética. Encaje con morfología PTB, PTS, KBM (con cuña supracondilea o disociado). Material blando en cuero, goma con forro en piel, espuma de poliuretano, resina acrílica laminada, polipropileno o silicona, y material duro en resina acrílica. Pie específico según prescripción (excepto acumuladores de energía).

En la página 26: Código de prescripción 301.

Descripción.

Donde dice: Reposabrazos desmontables, reposapiés desmontables y giratorios. Ruedas traseras de 600 mm hinchables y delanteras de 200 mm. Frenos independientes en las ruedas.

Debe decir: Silla plegable autopropulsable, estructura en tubo de acero cromado, reposabrazos desmontables, reposa

pies desmontables y giratorios. Ruedas traseras de 600 mm hinchables y delanteras de 200 mm. Frenos independientes en las ruedas traseras.

En la página 31: Código de prescripción 479.

Descripción.

Donde dice: Termoplástico y/o composite laminado o expansivo, con o sin forro en espuma de

Debe decir: Ortesis funcional postural, en termoplástico semirrígido al vacuum y/o cuero y/o termoplástico y/o composite, laminado o expansivo, con o sin forro en espuma de poliuretano con leng³eta dorsal a nivel de la mano, para impedir la extensión de la muñeca.

En la página 33: Código de prescripción 522.

Observaciones.

Donde dice: (vacío)

Debe decir: 1, 13.

En la página 33: Código de prescripción 532.

Descripción.

Donde dice: Vástago lateral maleable, con forro en espuma de poliuretano y fijación mediante bandas o bota preandante en cuero, realizada a medida (sin calzado).

Debe decir: Férula de Saint Germain para corrección del pie zambo, compuesta de plantilla y vástago lateral maleable, con forro en espuma de poliuretano y fijación mediante bandas o bota preandante en cuero, realizada a medida (sin calzado).

En la página 34: Código de prescripción 535.

Descripción.

Donde dice: Encaje en termoplástico con forro blando y morfología kbm, vástago interno externo extensible.

Debe decir: Férula modular para el tratamiento del pie zambo o talo-valgo, compuesta de encaje en termoplástico con forro blando y morfología kbm., vástago interno o externo extensible.

En la página 34: Código de prescripción 553.

Descripción.

Donde dice: LCA y LCP con control de la flexo-extensión mediante articulación de disco con topes regulables o similar. Adaptada.

Debe decir: Ortesis de rodilla rígida para control de la inestabilidad medio-lateral y/o control LCA y LCP con control de la flexo-extensión mediante articulación de disco con topes regulables o similar. Adaptada.

En la página 35: Código de prescripción 565.

Descripción.

Donde dice: Muslo a pie). Construida en termoplástico por vacuum, con o sin protección de espuma de poliuretano. Con dispositivo activo a nivel de articulación de rodilla para

Debe decir: Férula postural pasiva, adaptada por cara anterior o posterior de miembro (de muslo a pie). Construida en termoplástico por vacuum, con o sin protección de espuma de poliuretano. Con dispositivo activo a nivel de articulación de rodilla para reducción flexo y dispositivo activo a nivel del tobillo para control del equino.

En la página 36: Código de prescripción 585.

Descripción.

Donde dice: Mediante dos tubos articulados telescópicamente con dos articulaciones de cadera, y cinturón pélvico para mantener caderas en abducción permitiendo la bipedestación y marcha.

Debe decir: Ortesis de atlanta, compuesta de dos musleras en cuero o termoplástico, unidas mediante dos tubos articulados telescópicamente con dos articulaciones de cadera, y cinturón pélvico para mantener caderas en abducción permitiendo la bipedestación y marcha.

En la página 37: Código de prescripción 589.

Descripción.

Donde dice: Termoplásticos rígidos anclados en cara anterior de muslo, unidos entre sí mediante barras extensibles.

Debe decir: Férula de Hoffman. Fija para mantener las caderas en abducción. Con hemiaros en termoplásticos rígidos anclados en cara anterior de muslo, unidos entre sí mediante barras extensibles.

En la página 41: Observaciones.

Observación núm. 5.

Donde dice: Prescripción exclusiva para pacientes con limitaciones funcionales graves del aparato locomotor por enfermedad, malformación o accidente.

Debe decir: Prescripción exclusiva para pacientes con limitaciones funcionales graves del aparato locomotor por enfermedad, malformación o accidente que cumplan todos y cada uno de los requisitos siguientes: Incapacidad permanente para la marcha independiente; incapacidad funcional permanente para la propulsión de sillas de ruedas manuales con las extremidades superiores; suficiente capacidad visual, mental y de control que les permita el manejo de sillas de ruedas eléctricas y ello no suponga un riesgo añadido para su integridad o la de otras personas.

Observación núm. 10.

Donde dice: Prescrip. exclusiva afectados lesiones medulares, parálisis cerebral, traumatismos craneoencefálicos, mielomeningoceles, distrofias musc. y.

Debe decir: Prescrip. exclusiva afectados lesiones medulares, parálisis cerebral, traumatismos craneoencefálicos, mielomeningoceles, distrofias musc. y enf. neurodegenerativas.

Observación núm. 17.

Donde dice: Prescripción exclusiva para pacientes hipoacúsicos de 0 a 16 años afectados de hipoacusia bilateral neurosensorial, transmisiva o

Debe decir: Prescripción exclusiva para pacientes hipoacúsicos de 0 a 16 años afectados de hipoacusia bilateral neurosensorial, transmisiva o mixta, permanente, no susceptible de otros tratamientos, con una pérdida de audición superior a 40 db en el mejor de los oídos (valor obtenido promediando las frecuencias de 500, 1.000, y 2.000 Hz).

Sevilla, 20 de febrero de 2006

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