Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 47 de 10/03/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 15 de febrero de 2006, de la Dirección General de Transportes, por la que se ratifican las nuevas tarifas de aplicación de la Estación de Autobuses de El Ejido. (PP. 744/2006).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Con fecha 15 de febrero de 2006, se ha dictado por la Dirección General de Transportes Resolución cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Primero. Aprobar el cuadro de tarifas máximas de aplicación de la Estación de Autobuses de El Ejido, que a continuación se expone, con detalle de los conceptos por los que han de percibirse las mismas y con expresa advertencia de que tales tarifas habrán de ser incrementadas con su correspondiente IVA, sin que puedan ser recargadas con ningún otro gravamen:

Tarifas

Conceptomáximas

1. Por entrada o salida de autobuses con viajeros

1.1. Servicios regulares permanente de uso general

1.1.1. Cercanías hasta 30 km0,45

1.1.2. Resto:1,21

1.2. De los servicios no encuadrados en el

apartado anterior:

1.2.1. Cualquier servicio1,90

Tarifas

Conceptomáximas

2. Por utilización por los viajeros de los servicios generales de la estación.

2.1. De servicios regulares permanentes de uso general.

2.1.1. Viajeros de cercanías hasta 30 km0,12

2.1.2. Resto de viajeros0,13

2.2. De servicios no encuadrados en el apartado anterior.

2.2.1. Cualquier recorrido0,16

3. Por utilización de los servicios de consigna automática.Los precios por utilización de los servicios de consigna automática serán los que libremente establezca el concesionario de la estación siempre que se preste también el servicio de consigna manual.

4. Por utilización de los servicios de consigna manual.

- Cada bulto, por día o fracción:

4.1. Bulto de hasta 50 kg0,23

4.2. Bulto mayor de 50 kg0,50

4.3. Por cada día de demora0,94

5. Facturación de equipajes:

5.1. Por cada 10 kg o fracción de peso0,49

5.2. Mínimo de percepción1,90

6. Por alquiler de la zona de taquillas.

6.1. Por cada módulo de taquilla189,78

7. Servicio de aparcamiento de autobuses:

7.1. De 8 a 22 horas, por cada hora o fracción0,76

7.2. Aparcamiento de un autobús de servicio

regular permanente de uso general desde

las 22 horas a las 8 horas del día siguiente

sin fraccionamiento por razón de tiempo9,92

7.3. Aparcamiento de un autobús que no preste

servicio regular permanente de viajeros

(siempre que la capacidad de la Estación

lo permita) desde las 22 horas a las 8 horas

del día siguiente, sin fraccionamiento por

razón de tiempo dentro del indicado16,53

Segundo. Las tarifas, sin IVA, servirán de base para futuras revisiones tarifarias.

Tercero. El cuadro de tarifas deberá obligatoriamente hallarse expuesto al público.

Cuarto. Las tarifas máximas de aplicación de la Estación de Autobuses de El Ejido entrarán en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Obras Públicas y Transportes, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su notificación.

Sevilla, 15 de febrero de 2006.- El Director General, Rafael Candau Rámila.

Descargar PDF