Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 49 de 14/03/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

RESOLUCION de 1 de febrero de 2006, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se hace pública la relación definitiva de licencias para realizar cursos y estancias en el extranjero, convocadas por la Orden que se cita para el año 2006.

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Por Orden de la Consejería de Educación de 20 de octubre de 2005, se convocaron licencias para realizar cursos y estancias en el extranjero, destinadas al profesorado de los centros públicos dependientes de la Consejería de Educación en el marco del Plan de Fomento del Pluriling³ismo.

El artículo 8 de dicha Orden establece que la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, teniendo en cuenta las puntuaciones otorgadas por las Delegaciones Provinciales de Educación, procederá, por delegación, a dictar la resolución definitiva de concesión de licencias de estudios en el extranjero y ordenará la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Por todo ello, esta Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, en uso de las atribuciones conferidas por la normativa vigente,

R E S U E L V E

Primero. Hacer pública, en el Anexo I de la presente Resolución, la relación de profesores y profesoras que han obtenido licencia para realizar cursos y estancias en el extranjero, con indicación de la puntuación obtenida por orden decreciente, la modalidad, la duración y el período concedidos.

Segundo. Hacer pública, en el Anexo II de la presente Resolución, la relación de profesores y profesoras que han quedado excluidos de las relaciones remitidas por las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación por los motivos que se indican en dicho Anexo.

Tercero. En el caso de producirse alguna renuncia, la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa podrá proceder a la concesión de una nueva licencia siguiendo el orden preferente de puntuación.

Cuarto. Comunicar la relación contenida en el Anexo I a la Dirección General de Recursos Humanos para el envío de profesorado sustituto, durante el período correspondiente, a los centros de servicio donde desempeñan su trabajo habitual los profesores o las profesoras a las que se les ha concedido dicha licencia.

Quinto. La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. No obstante también se hará pública a través de los tablones de anuncios y en la página web de esta Consejería y sus Delegaciones Provinciales.

Sexto. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante esta Dirección General, de conformidad con lo previsto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 1 de febrero de 2006.- El Director General, Casto Sánchez Mellado.

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