Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 49 de 14/03/2006

4. Administración de justicia

Otros. AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA

EDICTO de la Sección Cuarta dimanante del rollo de apelación núm. 98/2005. (PD. 801/2006).

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NIG: 2906737C20050000302.

Núm. procedimiento: Recurso de apelación civil (N) 98/2005.

Asunto: 400099/2005.

Autos de: Juicio Verbal 622/2001.

Juzgado de origen: Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Málaga.

Negociado: AN.

Apelante: Manuel Moreno Rojas.

Procurador: Ansorena Huidobro, Angel.

Abogado: González Ortega, Celia María.

Apelado: Van Ameyde y Aficresa, Antonio Cuenca García y Apan Sorin Gheorghe.

E D I C T O

Audiencia Provincial de Málaga Cuarta.

Recurso: Recurso de Apelación Civil núm. 98/2005.

Parte: Don Antonio Cuenca García y doña Apan Sorin Gheorghe.

Sobre: Sentencia núm. 733 de 21.9.05 (estimatoria).

En el recurso referenciado, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y fallo literal es el siguiente:

"En la ciudad de Málaga a veintiuno de septiembre de dos mil cinco.

Visto, por la Sección Cuarta de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio verbal seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso Manuel Moreno Rojas, que en la instancia fuera parte demandante y comparece en esta alzada representado por el Procurador Sr. Ansorena Huidobro, Angel y defendido por el Letrado Sra. González Ortega, Celia María. Es parte recurrida Van Ameyde-Aficresa, Antonio Cuenca García y Apan Sorin Gheorghe, que en la instancia han litigado como partes demandadas.

F A L L A M 0 S

Que estimando el recurso de apelación interpuesto por don Manuel Moreno Rojas contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Málaga, en los autos de juicio verbal a que dicho recurso se refiere, previa revocación de la misma, debemos:

a) Estimar la demanda formulada en la instancia condenando solidariamente a don Apan Sorin Gheorghe, a don Antonio Cuenca García y la Cía. Van Ameyde-Aficresa, a que abonen al actor la cantidad de 1.903,26 euros e interés legal desde la fecha de interposición de la demanda, interés que para la entidad aseguradora será el previsto en el artículo 20.4 de la Ley de Contrato de Seguro, desde la fecha del siniestro y al pago de las costas causadas en la instancia.

b) No hacer expresa condena de las costas causadas en esta alzada.

Notificada que sea la presente Resolución remítase testimonio de la misma, en unión de los autos principales al Juzgado de Instancia, interesando acuse de recibo.

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de las partes apeladas-demandadas don Antonio Cuenca García y don Apan Sorin Gheorghe, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Tribunal y en el BOJA, para llevar a efecto la diligencia de notificación a los referidos apelados-demandados.

Málaga, tres de octubre de dos mil cinco.- La Secretario Judicial.

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