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En el recurso contencioso-administrativo P.O. número
835/2004, interpuesto por Neumáticos Zafor, S.L. contra resolución de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía, Dirección Provincial de Sevilla, de fecha 23 de septiembre de 2004 desestimatoria del recurso de reposición contra la Resolución de fecha 16 de junio de 2004, denegatoria de la solicitud de ayuda a la creación de empleo estable, se ha dictado sentencia por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Tres de Sevilla con fecha 21 de noviembre de 2005, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
"Fallo que debo estimar y estimo el recurso interpuesto por la representación procesal de la entidad mercantil Neumáticos Zafor, S.L. contra la Resolución a que se refiere el presente recurso que se anula por no resultar ajustada a derecho, declarando el derecho de la actora a percibir la ayuda solicitada en los términos de la Orden de 24 de junio de 2004 y del Decreto 141/2002. Todo ello sin hacer pronunciamiento en materia de costas."
Según lo establecido en el artículo 118 de la Constitución y
17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el BOJA.
Sevilla, 15 de diciembre de 2005.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
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