Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 5 de 10/01/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

ORDEN de 12 de diciembre de 2005, por la que se modifica la autorización de enseñanzas del centro docente privado de Educación Secundaria "Amor de Dios" de Granada.

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Visto el expediente tramitado a instancia de doña Rosalía Canas Taboada, como representante de la Congregación de Religiosas del Amor de Dios, titular del centro docente privado de Educación Secundaria "Amor de Dios", con domicilio en calle Fray Juan Sánchez Cotán, núm. 40, de Granada, solicitando modificar la autorización de enseñanzas concedida por Orden de la entonces Consejería de Educación y Ciencia de

27 de junio de 1997 (BOJA de 2 de agosto), por ampliación de un Ciclo Formativo de Formación Profesional Específica de Grado Medio para adultos de Confección, dos Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Superior (uno de Administración y Finanzas y uno de Dietética), y cuatro Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Superior para adultos (uno de Secretariado, uno de Desarrollo de Aplicaciones Informáticas, uno de Interpretación de la Lengua de Signos y uno de Salud Ambiental) según lo dispuesto en el Real Decreto 777/1998, de 30 de abril (BOE de 8 de mayo), por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la formación profesional en el ámbito del sistema educativo, en el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA de 20), sobre autorizaciones de centros docentes privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General, en la Ley 3/1990, de 27 de marzo (BOJA de 6 de abril), para la Educación de Adultos en Andalucía, y en la Orden de 30 de abril de 1999 (BOJA de 27 de mayo), por la que se regulan las Enseñanzas de determinados Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica para las personas adultas.

Resultando que en el expediente de modificación de la autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación y del Departamento Técnico del

Servicio de Programas y Obras de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Granada, como se contempla en el artículo 9, punto 4, del Decreto 109/1992, de 9 de junio.

Resultando que, por Orden de 27 de junio de 1997, el citado centro con número de código 18004227, tiene autorización para impartir: a) Educación Secundaria Obligatoria: 12 unidades para 360 puestos escolares. b) Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Medio: Dos de Gestión Administrativa y dos de Cuidados Auxiliares de Enfermería.

Funcionan en régimen de concierto educativo doce unidades de Educación Secundaria Obligatoria y cuatro unidades de Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Medio.

Vistas: La Constitución Española; la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la Participación, la Evaluación y el Gobierno de los Centros Docentes; la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo; la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley

3/1990, de 27 de marzo (BOJA de 6 de abril), para la Educación de Adultos en Andalucía; el Real Decreto 1537/2003, de 5 de diciembre (BOE del 10), por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas escolares de régimen general; el Real Decreto 777/1998, de 30 de abril (BOE de 8 de mayo), por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la formación profesional en el ámbito del sistema educativo; el Real Decreto 827/2003, de 27 de junio (BOE del 28), por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del Sistema Educativo, establecida por la Ley Orgánica

10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación, modificado por el Real Decreto 1318/2004, de 28 de mayo (BOE del 29); el Real Decreto 743/1994, de 22 de abril (BOE de 13 de julio), por el que se establece el título de Técnico en Confección y las correspondientes enseñanzas mínimas; el Real Decreto 1659/1994, de 22 de julio (BOE de 30 de septiembre), por el que se establece el título de Técnico Superior en Administración y Finanzas y las correspondientes enseñanzas mínimas; el Real Decreto 536/1995, de 7 de abril (BOE de 25 de mayo), por el que se establece el título de Técnico Superior en Dietética y las correspondientes enseñanzas mínimas; el Real Decreto 1658/1994, de 22 de julio (BOE de 30 de

septiembre), por el que se establece el título de Técnico Superior en Secretariado y las correspondientes enseñanzas mínimas; el Real Decreto 1661/1994, de 22 de julio (BOE de 30 de septiembre), por el que se establece el título de Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Informáticas y las correspondientes enseñanzas mínimas; el Real Decreto

2060/1995, de 22 de diciembre (BOE de 23 de febrero), por el que se establece el título de Técnico Superior en

Interpretación de la Lengua de Signos y las correspondientes enseñanzas mínimas; el Real Decreto 540/1995, de 7 de abril (BOE de 10 de junio), por el que se establece el título de Técnico Superior en Salud Ambiental y las correspondientes enseñanzas mínimas; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de centros docentes privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General; la Orden de 30 de abril de 1999 (BOJA de 27 de mayo), por la que se regulan las Enseñanzas de determinados Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica para las personas adultas, y demás normas de vigente aplicación.

Esta Consejería de Educación ha dispuesto:

Primero. Autorizar la modificación solicitada de la

autorización de enseñanzas al centro docente privado de Educación Secundaria "Amor de Dios" de Granada, y como

consecuencia de ello, establecer la configuración definitiva del mismo que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria.

Denominación específica: "Amor de Dios".

Titular: Religiosas del Amor de Dios.

Domicilio: C/ Fray Juan Sánchez Cotán, 40.

Localidad: Granada.

Municipio: Granada.

Provincia: Granada.

Código: 18004227.

Enseñanzas que se autorizan:

a) Educación Secundaria Obligatoria: 12 unidades.

- Puestos escolares: 360.

b) Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Medio:

- Gestión Administrativa.

Núm. Ciclos: 2.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

- Cuidados Auxiliares de Enfermería.

Núm. Ciclos: 2.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

c) Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Medio para las personas adultas (impartidos en turno de tarde):

- Confección.

Núm. Ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

d) Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Superior:

- Administración y Finanzas.

Núm. Ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

- Dietética.

Núm. Ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

e) Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Superior para las personas adultas (impartidos en turno de tarde):

- Secretariado.

Núm. Ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

- Desarrollo de Aplicaciones Informáticas.

Núm. Ciclos: 1.

Grupos: 3.

Puestos escolares: 90.

- Interpretación de la Lengua de Signos.

Núm. Ciclos: 1.

Grupos: 3.

Puestos escolares: 90.

- Salud Ambiental.

Núm. Ciclos: 1.

Grupos: 3.

Puestos escolares: 90.

Segundo. Esta Orden se inscribirá en el Registro de Centros Docentes, regulado por el Decreto 151/1997, de 27 de mayo.

Tercero. El centro no podrá sobrepasar el número de puestos escolares fijados para el mismo.

Cuarto. La autorización surtirá efectos de la forma que previene el artículo 10 del Decreto 109/1992, de 9 de junio.

Quinto. La titularidad del centro remitirá a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Granada la

relación del profesorado del centro con indicación de su titulación respectiva.

Sexto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía

administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, modificados por la Ley 4/1999, o recurso

contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

ContenciosoAdministrativa.

Sevilla, 12 de diciembre de 2005

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación

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