Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 52 de 17/03/2006

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Consejería de Empleo

ANUNCIO de la Dirección Provincial de Málaga del Servicio Andaluz de Empleo, por el que se notifica resolución denegatoria a la solicitud de ayuda al amparo de la Orden de 21 de enero de 2004, presentada por la empresa Gasantas, S. Coop. And., relativa a los expedientes 41/2005/SOC y 78/2005/SOC Málaga.

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De conformidad con lo dispuesto en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada sin efecto la notificación de resoluciones denegatorias a la empresa Gasantas, S.C.A., por la presente se procede a hacer pública la misma, al no haberse podido practicar en su domicilio, reproduciéndose a continuación el texto íntegro.

Se le comunica que el expediente administrativo se encuentra en las dependencias del Servicio Andaluz de Empleo (Avda. Manuel Agustín Heredia 26, Málaga), pudiendo acceder al mismo previa acreditación de su identidad.

RESOLUCION DENEGATORIA DE LA SOLICITUD DE AYUDA POR CONTRATACION INDEFINIDA/INCORPORACION DE SOCIOS/AS TRABAJADORES/AS

Expedientes: 41/2005/SOC y 78/2005/SOC Málaga.

Visto el expediente promovido por la empresa Gasantas, S. Coop. And., con CIF núm. F92587690, con domicilio social en C/ Jaboneros, 4-5.º Izda., solicitando subvención por contratación indefinida, al amparo de lo dispuesto en la Orden de 21 de enero de 2004 (BOJA de 3 de febrero de 2004), modificada por la Orden de 22.11.04 (BOJA de 26.11.04), por la que se establecen las bases de concesión de ayudas públicas para las Corporaciones Locales, los Consorcios de las Unidades Territoriales de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico, y empresas calificadas como I+E dirigidas al fomento del desarrollo local, esta Dirección Provincial dicta la presente resolución en base a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Unico. Que en fechas 21.3.2005 y 27.5.2005 han tenido entrada los expedientes citados.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El Director Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Málaga es competente para dictar la presente resolución, conforme a lo establecido en el artículo 19 de la Orden de 21 de enero de 2004, modificada por la Orden de 22.11.04.

Segundo. Que según el artículo 38 de la Orden de 21 de enero de 2004, modificada por la Orden de 22 de noviembre de 2004, la concesión de la ayuda regulada en dicha Orden estará condicionada a la existencia de dotación presupuestaria para el correspondiente ejercicio económico.

Vistos los preceptos citados y demás de legal y general aplicación, esta Dirección Provincial acuerda denegar la solicitud de subvención formulada en su día por Gasantas, S. Coop. And., en los expedientes en base a lo establecido en el artículo 38 de la citada Orden.

Notifíquese esta resolución al interesado en la forma prevista en los artículos 58 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, con advertencia de que contra la misma, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, ante el mismo órgano que emitió la resolución definitiva o, potestativamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el siguiente a su notificación ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en los términos previstos en los artículos 25, 45 y 46 y demás concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Málaga, 27 de febrero de 2006.- El Director, Juan Carlos Lomeña Villalobos.

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