Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 53 de 20/03/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 24 de febrero de 2006, sobre la revisión de las normas subsidiarias de Planeamiento Urbanístico del "Barranco del Poqueira", municipios de Bubión, Capileira y Pampaneira (Granada).

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El expediente de Revisión de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Urbanístico del "Barranco del Poqueira" municipios de Bubión, Capileira y Pampaneira (Granada), fue aprobado provisionalmente por el Pleno de la Diputación de Granada el 26 de octubre de 2004, complementado con otro de fecha 27 de abril de 2005.

Tras la tramitación oportuna, la Diputación Provincial de Granada remitió la documentación integrante del expediente a esta Consejería para su aprobación definitiva, de conformidad con el artículo único de la Ley 1/1997, de 18 de junio, por la que se adoptan con carácter urgente y transitorio disposiciones en materia de Régimen de Suelo y Ordenación Urbana, que asume como Derecho Autonómico el contenido de los artículos 118.3.a) y 128.1 del Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana de 1992, y que resulta de aplicación a este expediente, así como el Decreto 77/1994, de 5 de abril, en virtud de lo dispuesto en la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

La Sección de Urbanismo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Andalucía, en sesión celebrada el 16 de febrero de 2006, ha informado el expediente después de su análisis y tras conocer el informe emitido por la Dirección General de Urbanismo el 13 de febrero de 2006.

Visto los referidos informes, las disposiciones legales de aplicación y de acuerdo con las competencias que tengo atribuidas por el artículo 5.3.b).1.º del Decreto 193/2003, de 1 de julio, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo, determinándose los órganos a los que se atribuyen,

R E S U E L V O

Primero. Aprobar definitivamente la Revisión de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Urbanístico del "Barranco del Poqueira", municipios de Bubión, Capileira y Pampaneira (Granada) por cuanto su contenido, determinaciones y tramitación son acordes con la legislación urbanística vigente.

Segundo. La Diputación Provincial de Granada deberá subsanar o completar las determinaciones de la revisión de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Urbanístico en el sentido que se señala en los apartados siguientes para su adecuación a la legislación urbanística de aplicación:

1. En cuanto a documentación: Completar los planos de Información y Ordenación de las redes de infraestructuras y servicios públicos básicas reflejando la situación actual y las propuestas según lo que señalan las propias Normas Subsidiarias en otra parte de su documentación.

2. En cuanto a determinaciones sobre los usos globales y pormenorizados: Ajuste de las definiciones y compatibilidades de uso previstas en los distintos documentos de las Normas Subsidiarias -Memoria, Normativa y Planos- de forma que no haya contradicción entre ellas, especialmente en cuanto a los usos terciarios, hoteleros y residenciales colectivos.

3. En cuanto a determinaciones en suelo no urbanizable: Limitar a la edificación y viarios existentes la localización de las actuaciones de interés público dentro del Suelo No Urbanizable de Especial Protección, en sus categorías de Espacios Boscosos de Vegetación Natural y de Agrícolas Abancalados con excepción de las vinculadas a la gestión directa del Espacio Natural en el marco de las actuaciones del órgano ambiental correspondiente.

Tercero. Una vez cumplimentadas las cuestiones señaladas en el apartado Segundo, en el sentido expuesto, y aprobadas por el Pleno de la Diputación Provincial de Granada, éstas entrarán en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial correspondiente; debiendo ser elevadas a esta Consejería de Obras Públicas y Transportes para su Toma de Conocimiento.

Cuarto. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior sobre la cumplimentación de la presente Resolución, se estima necesario, que con posterioridad o de forma simultánea a dicho proceso, se confeccione por esa Diputación Provincial un texto completo de la revisión de las Normas Subsidiarias de planeamiento urbanístico del "Barranco del Poqueira" municipios de Bubión, Capileira y Pampaneira (Granada) con las determinaciones aprobadas definitivamente, todo ello para una mayor claridad documental del régimen urbanístico de aplicación.

La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en el artículo 29 del Decreto 77/1994, de 5 de abril, y se notificará a la Diputación Provincial de Granada.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la publicación o, en su caso, notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación con el art. 107.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 24 de febrero de 2006

CONCEPCION GUTIERREZ DEL CASTILLO

Consejera de Obras Públicas y Transportes

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