Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 55 de 22/03/2006

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Otros. DIPUTACION PROVINCIAL DE GRANADA

ANUNCIO de la Agencia Provincial de Administración Tributaria de bases.

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AGENCIA PROVINCIAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

ANUNCIO DE CONVOCATORIA Y BASES

Por Resolución de la Vicepresidencia de la APAT, núm 244 de fecha 3 de octubre de 2005, se aprueban las bases y convocatoria que han de regir las pruebas selectivas para cubrir, por el procedimiento de concurso-oposición libre, 2 plazas de Técnico Superior de Gestión Tributaria y Recaudación, adscritas a la Agencia Provincial de Administración Tributaria (antiguo Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria) de la Excma. Diputación Provincial de Granada, con arreglo a las siguientes Bases:

Primera. Plazas objeto de las convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión, por el procedimiento de concurso-oposición, turno libre de 2 plazas de Técnico Superior de Gestión Tributaria y Recaudación, vacantes en la plantilla de este Organismo Autónomo dependiente de la Excma. Diputación Provincial de Granada, dentro de las plazas reservadas a funcionarios de carrera, e incluidas en la Oferta de Empleo Público de esta Corporación para el año 2005.

Estas plazas se encuentran comprendidas en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, clase Superior, y dotadas presupuestariamente con los emolumentos correspondientes al grupo de clasificación A, del articulo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, y demás especificados en la Relación de Puestos de Trabajo de este Organismo Autónomo.

Segunda. Requisitos de los candidatos.

Para tomar parte en el presente concurso oposición, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española. De conformidad con lo dispuesto en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, podrán participar en el concurso-oposición los nacionales de los demás Estados miembros de la Comunidad Europea, en las mismas condiciones que los aspirantes de nacionalidad española.

b) Tener cumplidos 18 años, conforme a lo dispuesto en el articulo 135 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 deabril.

c) Estar en posesión del título de Licenciado en Derecho o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

d) No haber sido separado, en virtud de expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

e) No hallarse incurso en ninguna de las causas de incapacidad específica, conforme a la normativa vigente.

f) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

Dado el número de plazas convocadas, en la presente convocatoria no se reservan plazas para el turno restringido de minusvalía al que se refiere la Disposición Adicional Decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en la redacción dada por la Ley 53/2003, de 10 de diciembre, de Empleo Público de Discapacitados. No obstante, de conformidad con lo establecido en el artículo 38.3 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos, serán admitidas las personas con minusvalías en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, todo ello condicionado a la capacidad funcional para el desempeño de las tareas o funciones propias de esta plaza. A estos efectos, podrán establecerse para las personas con la condición legal de minusválidos que lo soliciten, las adaptaciones de tiempo y medios que sean necesarios para la realización de los ejercicios de esta convocatoria.

Para ello, los interesados deberán formular la correspondiente petición motivada, concretando las adaptaciones necesarias, que aportarán junto con la solicitud de participación dentro del plazo de presentación de instancias. En todo caso, las pruebas selectivas se realizarán en condiciones de igualdad con el resto de aspirantes.

Todos los requisitos deberán cumplirse en el último día del plazo de presentación de instancias y mantenerse durante todo el proceso selectivo. En este sentido, se podrán efectuar las comprobaciones oportunas hasta el nombramiento.

Tercera. Solicitudes.

Quienes deseen tomar parte en este concurso-oposición, lo solicitarán en instancia dirigida al Ilmo. Sr. Presidente de la Agencia Provincial de Administración Tributaria de Granada, según el modelo que figura en el Anexo II, en la que deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones y requisitos exigidos en la Base Segunda, adjuntando a la instancia fotocopia del Documento Nacional de Identidad y documentación acreditativa, debidamente compulsada, de los méritos alegados para su valoración en la fase del concurso, en su caso. Igualmente deberán aportar justificante del ingreso de los derechos de examen expedido por el órgano competente.

El plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Los derechos de examen serán de 27 euros que se ingresarán en la Caja de la APAT mediante ingreso en la Cuenta de Caja Granada 2031.0301.61.0100442220.

En ningún caso, la presentación y pago supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud referida anteriormente. Solo procederá la devolución del importe de los derechos de examen cuando se trate de causa o error imputable a la Agencia Provincial de Administración Tributaria.

Las instancias y documentación oportunas se presentarán en horas hábiles, de lunes a viernes, en el Registro General de la Agencia Provincial de Administración Tributaria de la Excma. Diputación Provincial de Granada (Pza. Mariana Pineda, núm. 7, de Granada), o en la forma prevista en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuarta. Admisión de candidatos.

Expirado el plazo de presentación de instancias, el Ilmo. Sr. Presidente de la Corporación dictará Resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, resolución que se públicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios de la Corporación. Contra esta Resolución, se podrá presentar escrito de subsanación y/o reclamación en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. Si se presentara escrito de subsanación y/o reclamación, será aceptado o rechazado en la Resolución por la que se apruebe la lista definitiva, que se publicará, asimismo, en los lugares indicados para la lista provisional. En el caso de que no se presente escrito de subsanación y/o reclamación alguno, la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos quedará elevada automáticamente a definitiva.

Quinta. Tribunal Calificador.

El Tribunal Calificador, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, y en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, estará integrado por los siguientes miembros:

Presidente: El Ilmo. Sr. Presidente de la Agencia Provincial de Administración Tributaria, o Diputado Provincial en quien delegue.

Vocales:

- Un representante de la Comunidad Autónoma, designado por ésta, entre los funcionarios con igual o superior grupo de titulación que la plaza convocada.

- Tres funcionarios de la Agencia Provincial de Administración Tributaria o, en su defecto, de la Diputación Provincial de Granada, con igual o superior grupo de titulación que la plaza convocada, designados por el llmo. Sr. Presidente.

- Dos representantes de los trabajadores, de los que uno será designado por el Delegado de Personal de la Agencia Provincial de Administración Tributaria, y el otro será designado por el Sr. Presidente a propuesta del Comité de Empresa del Organismo, ambos funcionarios, con igual o superior grupo de titulación que la plaza convocada.

- Un Secretario, que será designado por el llmo. Sr. Presidente entre funcionarios de la Agencia Provincial de Administración Tributaria o, en su defecto, de la Diputación Provincial de Granada, y que actuará con voz, pero sin voto.

La designación de los miembros del Tribunal, que incluirá la de los respectivos suplentes, se hará pública en el BOP, así como en el tablón de anuncios de la Corporación.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de cinco de sus miembros, además del secretario, titulares o suplentes indistintamente, y estará facultado para resolver cualquier duda o incidente que pudiera surgir durante la celebración de las pruebas selectivas, y para tomar acuerdos y dictar cuantas normas sean precisas para el buen orden y resultado de las mismas.

A los efectos de comunicaciones, anuncios y demás incidencias, el Tribunal, sea cual fuere el lugar de celebración de las pruebas, tendrá su sede en la Plaza Mariana Pineda, núm. 7, de Granada, a través del correspondiente tablón de anuncios.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, notificándolo a la autoridad convocante. Asimismo, los aspirantes podrán recusarles en la forma prevista en el artículo 29 de la citada Ley 30/1992.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas en base a las cuales colaborarán con el Tribunal, y tendrán voz pero no voto.

Asimismo, podrá acordar la incorporación de colaboradores que ayudarán al Tribunal en la realización de las pruebas.

El Tribunal tendrá la Categoría primera de las previstas en el Anexo IV del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, a efectos del percibo de asistencias en las cuantías vigentes en su momento.

Sexta. Procedimiento de selección.

El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:

I. Concurso.

II. Oposición.

I. Fase de concurso.

La fase de concurso, que será previa a la de oposición, no tendrá carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

Los méritos alegados y justificados documentalmente por los aspirantes definitivamente admitidos al concurso-oposición y que el tribunal valorará, son los que a continuación se relacionan, con la puntuación que se indica:

A) Antigüedad y méritos profesionales:

- Por estar prestando servicios como personal laboral de la Agencia Provincial de Administración Tributaria a la fecha de la convocatoria, sin interrupción de contrato en los últimos cinco años, en puesto del mismo grupo y titulación al que se opta: 0,2 puntos/mes.

- Por haber prestado servicios como personal laboral en puesto del mismo grupo y titulación al que se opta en cualquier Administración Pública, en el Servicio Provincial de Recaudación o en la Agencia Provincial de Administración Tributaria, en situación distinta a la-recogida en el punto anterior: 0,025 puntos/mes.

En cualquier caso será obligatorio acreditar dichos servicios mediante la correspondiente certificación expedida por el Organismo competente.

En todo caso, la puntuación máxima por antigüedad y méritos profesionales será de 16 puntos.

B) Cursos, seminarios, congresos, jornadas y conocimientos específicos.

Siempre que se encuentren relacionados con la plaza a que se opta y sean impartidos u homologados por entidades, instituciones o centros públicos, incluidas todas las acciones formativas realizadas al amparo de los Acuerdos de Formación Continua de las Administraciones Públicas, cuyo contenido guarde relación directa con las funciones propias de la plaza a la que se opta:

a) Por la participación como asistente a cursos, seminarios, congresos y jornadas:

Hasta 14 horas o 2 días: 0,10 puntos.

De 15 a 40 horas de duración o de 3 a 7 días: 0,20 puntos.

De 41 a 70 horas de duración o de 8 a 12 días: 0,30 puntos.

De 71 a 100 horas de duración o de 13 a 20 días: 0,40 puntos.

De 101 a 200 horas de duración o de 21 a 40 días: 0,50 puntos.

De 201 horas en adelante o más de 40 días: 1,00 punto.

Por la participación en cursos, seminarios, congresos y jornadas, como Director, Coordinador o Ponente, independientemente de la duración: 0,40 puntos.

Los cursos en los que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima a que se refiere la anterior escala.

La participación en una misma actividad en distinta condición sólo será objeto de una única puntuación, que será la más favorable para el aspirante.

En todo caso, la puntuación máxima por cursos, seminarios, congresos y jornadas será de 1 punto.

b) Por conocimientos específicos:

Por uso y manejo del Sistema Integral de Recaudación y Gestión de Ingresos SIGEPAL de SPAI: 3,00 puntos.

En cualquier caso será obligatorio acreditar dichos servicios mediante la correspondiente certificación y/o informe expedido por el Organismo competente.

La puntuación a obtener por conocimientos específicos será de 3 puntos.

Una vez baremados los méritos, el Tribunal expondrá al público en el tablón de anuncios del Organismo las listas de aspirantes con las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso, concediéndoles un plazo de diez días hábiles para que formulen las reclamaciones y subsanaciones que estimen pertinentes en relación con la baremación.

Resueltas las posibles alegaciones y subsanaciones, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios la valoración definitiva de la fase de concurso.

II. Fase de oposición: Consistirá en la celebración de las siguientes pruebas:

Primer ejercicio. Obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en contestar por escrito, en un tiempo de 180 minutos, un cuestionario de 100 preguntas de tipo test, con tres respuestas alternativas, sin deducción por respuestas erróneas o en blanco, siendo sólo una de ellas la correcta. Las preguntas versarán sobre el programa de materias indicado en los temas 1 al 59, ambos inclusive, del Anexo I de esta convocatoria, y se confeccionarán con una proporción de, al menos, una pregunta por tema.

La puntuación máxima que se podrá otorgar para este ejercicio será de 10 puntos, debiendo obtenerse un mínimo de 5 puntos para superar este ejercicio.

Segundo ejercicio. Obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en contestar por escrito, en un tiempo de 90 minutos, un cuestionario de cinco preguntas objetivas sobre los temas 60 al 90, ambos inclusive, del Programa de materias indicado en el Anexo I de esta convocatoria.

En este ejercicio se valorará, fundamentalmente, la corrección y concreción de las respuestas, la forma de exposición, y el conocimiento de la cuestión planteada.

La puntuación máxima que se podrá otorgar para este ejercicio será de 10 puntos, debiendo obtenerse un mínimo de 5 puntos para superar este ejercicio.

Tercer ejercicio. Obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en la realización escrita, en un tiempo de 180 minutos, de un supuesto práctico a elegir por el aspirante de entre dos que proponga el tribunal. Estos ejercicios estarán directamente relacionados con los cometidos de la plaza a la que se opta, y referidos a los temas numerados del 19 al 59, ambos inclusive, del programa de materias indicado en el Anexo I de esta convocatoria.

Durante el desarrollo de esta prueba, los aspirantes podrán, en todo momento, hacer uso de los textos legales en soporte papel, así como utilizar máquinas de calcular no programables, de los que acudan provistos.

La puntuación máxima que se podrá otorgar para este ejercicio será de 10 puntos, debiendo obtenerse un mínimo de 5 puntos para superar este ejercicio.

Séptima. Desarrollo de las pruebas.

En la Resolución del Ilmo. Sr. Presidente a la que se refiere la Base Cuarta, o en resolución distinta, que, en todo caso, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, se anunciará, asimismo, el día, hora y lugar de celebración del primer ejercicio de la fase de oposición, y los sucesivos anuncios de la presente convocatoria se publicarán en el tablón de anuncios de la Agencia.

La fecha, lugar y hora de realización de los sucesivos ejercicios se anunciará con una antelación minima de 48 horas, en el tablón de anuncios. Entre la terminación de una prueba y el comienzo de la siguiente, en su caso, deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máximo de 45 días naturales.

Los aspirantes quedarán decaídos en su derecho cuando se personen en los lugares de celebración después de la iniciación de las pruebas, o por la inasistencia a las mismas, salvo causa fortuita o fuerza mayor no imputable al opositor, debidamente justificada y acreditada a juicio del Tribunal.

El orden de actuación de los aspirantes en los supuestos en que no puedan actuar conjuntamente vendrá determinado por orden alfabético, iniciándose por aquél cuyo primer apellido comience por la letra que resulte del sorteo que celebre al efecto este Organismo Autónomo.

En cualquier momento, el tribunal podrá requerir a los aspirantes que acrediten su personalidad, debiendo éstos de ir provistos del DNl, NlE, pasaporte o carnet de conducir.

Una vez terminada la corrección de cada ejercicio integrante de la fase de oposición, el Tribunal expondrá al público en el tablón de anuncios, la relación de aspirantes que hayan superado el ejercicio, con las calificaciones correspondientes, y que podrán acceder a la siguiente prueba.

La calificación final de cada aspirante vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la fase de concurso.

En caso de empate se resolverá a favor de quien haya obtenido la mayor puntuación por los conceptos que sucesivamente se indican:

a) Puntuación en Fase de Concurso.

b) Puntuación del tercer ejercicio.

c) Puntuación del segundo ejercicio.

d) Puntuación del primer ejercicio.

e) Puntuación otorgada a los méritos enunciados en la Base relativa a la Fase de concurso.

Octava. Relación de aprobados.

Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios de la Agencia la relación definitiva de aspirantes aprobados, por orden de puntuación, que bajo ninguna circunstancia podrá contener un número superior al de plazas convocadas, exponiéndola al público, y elevándola a la Presidencia, con propuesta de nombramiento, como funcionarios de carrera.

Novena. Bolsa de trabajo para futuras contrataciones.

Cuando las necesidades del Organismo Autónomo demanden la celebración de contrataciones temporales, podrá realizarse la selección de entre aquellos aspirantes que, no habiendo obtenido plaza, hayan alcanzado al menos doce puntos en la fase de concurso.

Décima. Presentación de documentos.

En el plazo de veinte días naturales a contar desde la publicación de la relación de aprobados a que se refiere la Base anterior, los aspirantes que figuren en ella deberán presentar los documentos acreditativos de capacidad y requisitos exigidos en la Base Segunda, a saber:

1. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (acompañado del original para su compulsa).

2. Copia autenticada o fotocopia (acompañada del original para su cotejo) de la Titulación exigida en la convocatoria, o justificante de haber abonado los derechos para su expedición. Si estos documentos estuvieran expedidos después de la fecha en que expiró el plazo de presentación de instancias, se deberá justificar el momento en que concluyó los estudios.

3. Certificado del Registro Central de Penados y Rebeldes.

4. Declaración de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, así como no hallarse incurso en ninguna de las causas de incapacidad específica, conforme a la normativa vigente.

5. Declaración responsable de reunir la aptitud física y psíquica necesaria para el desempeño de la plaza objeto de esta convocatoria.

Los aspirantes que tengan la condición de minusválidos, deberán presentar, además, certificación otorgada por la Administración competente que acredite tal condición y su capacidad para desempeñar las tareas que correspondan a la plaza objeto de la convocatoria.

Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no se presentase la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la Base Segunda, no podrán ser nombrados y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial, proponiéndose por el Tribunal nombramiento del siguiente aspirante aprobado siguiendo el orden de puntuación final.

Quienes tuvieren la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar las condiciones y los requisitos exigidos en su anterior nombramiento, siendo suficiente la presentación de un certificado del Ministerio, Comunidad Autónoma, Corporación Local u Organismo Público del que dependan, justificativo de su condición y de que cumplen las condiciones y requisitos señaiados en la Base Segunda, sin perjuicio de tener que acreditar aquéllos que se exigen y no consten en su expediente personal

Los aspirantes de otros países comunitarios deberán acreditar además, los requisitos a que se refiere la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, sobre el acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás Estados miembros de la Comunidad Europea.

Decimoprimera. Nombramiento y toma de posesión.

Cumplimentado por los aspirantes propuestos lo establecido en la Base anterior y realizados los trámites administrativos pertinentes, el Ilmo. Sr. Presidente de la Agencia Provincial de Administración Tributaria de Granada efectuará el nombramiento correspondiente, debiendo el interesado tomar posesión de su puesto en el plazo reglamentario no tomaran posesión en el plazo reglamentario, sin causa justificada, decaerá en su derecho, por caducidad del nombramiento.

Decimosegunda. Incompatibilidades.

Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas y demás normativa aplicable.

Decimotercera. Normativa supletoria.

En todo lo no previsto en las presentes Bases, se estará a lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, y Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y demás disposiciones aplicables y concordantes.

Decimocuarta. Impugnación.

La convocatoria, sus Bases, y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y en la forma previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que hace público para general conocimiento y de los interesados.

Granada, 3 de octubre de 2005.- El Vicepresidente, Andrés Ruiz Martín.

ANEXO I

Temario General

1. La Constitución. Significado y clases. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido esencial. Procedimiento de reforma.

2. Los principios constitucionales: el Estado social y democrático de Derecho. Los valores superiores en la Constitución Española. Partidos políticos, sindicatos de trabajadores y asociaciones de empresarios.

3. Los derechos y deberes fundamentales, las libertades públicas y los principios rectores de la política social y económica en la Constitución Española. La protección y suspensión de los derechos fundamentales. La protección jurisdiccional de los derechos fundamentales de la persona. El recurso de amparo.

4. La Corona. El Poder Legislativo: Composición, funcionamiento y atribuciones. Organos de control dependientes de las Cortes Generales.

5. El Poder Judicial. La organización de la Administración de Justicia en España: órdenes jurisdiccionales, clases de órganos jurisdiccionales y sus funciones. El Consejo General del Poder Judicial. El Tribunal Constitucional.

6. La Ley: concepto, clases y caracteres. Normas con fuerza de ley. Los tratados internacionales. Las relaciones entre el ordenamiento estatal y los ordenamientos autonómicos.

7. El reglamento. La potestad reglamentaria: formación y fundamento. Clases de reglamentos, las relaciones entre Ley y reglamento.

8. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Normativa autonómica. La organización político-institucional y administrativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía, especial referencia a la Administración de Economía y Hacienda. La financiación de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

9. El ordenamiento jurídico comunitario: Tratados y derecho derivado. Aplicación del derecho comunitario. Derecho Comunitario y Administración del Estado, Comunidades Autónomas y Administración Local.

10. La Administración Pública en el ordenamiento jurídico español. Las fuentes del Derecho Administrativo. La Administración del Estado. Las Administraciones de las Comunidades Autónomas. La Administración local. Administración institucional, corporativa y consultiva. Las relaciones interadministrativas.

11. El administrado. La relación jurídico-administrativa. Las situaciones jurídicas del administrado. Colaboración y participación de los ciudadanos en las funciones administrativas.

12. El acto administrativo. Concepto, elementos y requisitos. La eficacia de los actos administrativos. La notificación. La invalidez del acto administrativo. La revisión de los actos administrativos.

13. Disposiciones generales sobre los procedimientos administrativos y normas reguladoras de los distintos procedimientos. El procedimiento administrativo: concepto, clases y principios, los interesados en el procedimiento. Presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones. Los registros administrativos. Términos y plazos: cómputo, ampliación y tramitación de urgencia. La responsabilidad de la Administración.

14. La Administración Local. Régimen jurídico. Entidades que la integran. Legislación estatal y autonómica de régimen local.

15. El Municipio. Población y término municipal. Derechos y deberes de los vecinos. Organización y competencias municipales.

16. La Provincia. Organización y competencias provinciales. La Diputación Provincial de Granada y sus Organismos Autónomos. La Agencia Provincial de Administración Tributaria de Granada: organización, competencias y funciones.

17. La función pública: principios constitucionales regulación estatutaria. La función pública local. Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales. Derecho de sindicación. Los representantes de los empleados públicos: organización, estatuto jurídico y funciones. Protección social de los empleados públicos. Régimen disciplinario.

18. Las transformaciones de la gestión pública contemporánea: Nueva Gestión Pública. Principios y Técnicas El ciudadano como cliente. La ética en la gestión pública. Gestión, selección y planificación de los recursos humanos. La gerencia pública.

Temario Específico

19. El Derecho Financiero y Tributario: concepto, fuentes y principios. Aplicación, eficacia e interpretación de las normas tributarias y financieras.

20. Visión global del sistema tributario español. Regulación jurídica. La Hacienda estatal, autonómica y local. Sus relaciones. Doble imposición y armonización de las haciendas públicas.

21. La relación jurídica tributaria: concepto y elementos. El tributo. Hecho imponible. Período impositivo y devengo. Exenciones y bonificaciones. Sujeto activo. Sujetos pasivos. Responsabilidad tributaria. El domicilio fiscal. La representación. La transmisión de la deuda. La protección de datos de carácter personal.

22. La base imponible. Métodos de determinación. La base liquidable. El tipo de gravamen: concepto y clases. La cuota tributaria. La deuda tributaria: contenido.

23. La gestión tributaria: delimitación y ámbito. El procedimiento de gestión tributaria. La liquidación de los tributos. La consulta tributaria. La prueba en los procedimientos de gestión tributaria.

24. La extinción de la obligación tributaria. El pago: requisitos, medios de pago, imputación y efectos del pago. Aplazamiento y fraccionamiento del pago. Consecuencias de la falta de pago. Otras formas de extinción: especial referencia a la prescripción.

25. La recaudación de los tributos. Procedimiento en periodo voluntario. El procedimiento de recaudación en vía de apremio: iniciación, títulos para la ejecución y providencia de apremio. Aplazamiento y fraccionamiento del pago.

26. Derechos y garantías de los obligados tributarios. Información y asistencia a los obligados tributarios.

27. Aplicación de las nuevas tecnologías a la gestión y recaudación de ingresos de derecho público. Realización de trámites y actuaciones ante la Administración tributaria a través de internet. La firma electrónica, Las declaraciones tributarias telemáticas. El registro de apoderamientos telemático. La oficina virtual.

28. El procedimiento de apremio. Títulos para la ejecución. Oposición, suspensión, impugnación y término. Los ingresos en el procedimiento de apremio. Plazos. Las medidas cautelares.

29. Las garantías tributarias. Concepto y clases. Ejecución de las garantías.

30. El embargo de bienes: límites. Orden de embargo. Obtención de información para el embargo. Práctica de los embargos. El depósito de bienes embargados. Incumplimiento y responsabilidad. Concurrencia y prelación de embargos. Costas del procedimiento.

31. Orden de embargo. El embargo de dinero. El embargo de sueldos, salarios y pensiones. La colaboración administrativa en el suministro de información tributaria. El embargo de bienes inmuebles.

32. Enajenación de los bienes embargados. Acuerdo y desarrollo de la subasta. Aplicación e imputación de la suma obtenida. Actuaciones posteriores a la enajenación.

33. Venta mediante gestión o adjudicación directas. La adjudicación de bienes a la Administración. Créditos incobrables. Finalización del expediente de apremio.

34. Las tercerías: carácter y clases. Competencia. Plazos y procedimiento.

35. La inspección de los tributos. Régimen jurídico. El procedimiento de Inspección tributaria. Documentación de las actuaciones inspectoras. La inspección de los recursos no tributarios.

36. Las infracciones tributarias: concepto y clases. Las sanciones tributarias: clases y criterios de graduación. Procedimiento sancionador. Extinción de la responsabilidad por infracciones.

37. La revisión en via administrativa de Ios actos de gestión tributaria. Procedimientos especiales de revisión. El recurso de reposición. Las reclamaciones económico-administrativas.

Derecho Financiero y Tributario Local

38. El poder financiero local: régimen jurídico, extensión y limites. Los recursos de las Haciendas Locales. Regímenes especiales. Visión global de los impuestos municipales.

39. Los recursos de los Municipios: enumeración, clasificación y régimen jurídico. Procedimiento de imposición y ordenación de los recursos locales tributarios y no tributarios. La gestión y recaudación de recursos por cuenta de otros entes públicos.

40. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (I). Regulación Jurídica. Naturaleza. Hecho Imponible. Sujeto pasivo. Exenciones y bonificaciones. Base imponible. Valoración catastral de los inmuebles. Base liquidable.

41. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (II). Cuota, devengo, y período impositivo. Gestión Catastral y gestión tributaria: competencias, límites y relaciones entre las Administraciones actuantes. Convenios de colaboración con la Dirección General del Catastro. Marco normativo y contenido. La Inspección del impuesto.

42. El Impuesto sobre Actividades Económicas (I). Regulación jurídica. Naturaleza. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Beneficios fiscales.

43. El Impuesto sobre Actividades Económicas (II). Cuota: las tarifas. Devengo y período impositivo. Gestión Censal y gestión tributaria: competencias, limites y relaciones entre las Administraciones actuantes. La Inspección del Impuesto.

44. El Impuesto sobre vehículos de Tracción Mecánica. Regulación jurídica. Naturaleza y hecho imponible. Sujeto Pasivo. Beneficios fiscales. Base imponible y cuota. Período impositivo y devengo. Gestión e Inspección del impuesto.

45. El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. Regulación jurídica. Naturaleza y hecho imponible. Sujeto Pasivo. Beneficios fiscales. Base imponible y cuota. Periodo impositivo y devengo. Gestión e Inspección del impuesto.

46. El Impuesto sobre el valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Regulación jurídica. Naturaleza y hecho imponible. Sujeto Pasivo. Beneficios fiscales. Base imponible y cuota. Período impositivo y devengo. Gestión e Inspección del impuesto.

47. Las tasas locales. Concepto y régimen jurídico. Hecho imponible. Sujetos pasivos. Periodo impositivo y devengo. Base imponible. Tipo de gravamen y deuda tributaria.

48. Las contribuciones especiales. Concepto y régimen jurídico. Hecho imponible. Sujetos pasivos. Devengo. Beneficios fiscales. Base imponible, criterios de reparto y cuota. Pago de las cuotas. Colaboración ciudadana.

49. Los Precios públicos. Concepto. Obligados al pago. Cuantía. Devengo. Las multas en el ámbito local, competencias, límites y procedimiento.

50. Los restantes ingresos de Derecho público. Las subvenciones. La participación de los Municipios en los tributos del Estado. Los ingresos urbanísticos. El crédito local; clases, límites y requisitos de las operaciones financieras.

51. Los ingresos municipales de Derecho privado. Régimen jurídico. Recaudación.

52. La potestad reglamentaria de las Entidades Locales en materia tributaria: contenido de las ordenanzas fiscales, tramitación y régimen de impugnación de los actos de imposición y ordenación de tributos. La Ordenanza Fiscal General del Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria. El establecimiento de recursos no tributarios.

53. Los ingreso de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Regulación jurídica. La recaudación de sus ingresos. Aplazamientos y fraccionamientos competencia. La revisión de sus actos de gestión tributaria.

54. La Inspección en los tributos locales: Aspectos materiales y formales. Administraciones competentes en materia de inspección tributaria local. Normativa aplicable.

55. Procedimiento sancionador en los tributos locales. El inicio del procedimiento sancionador. La instrucción del expediente sancionador. La tramitación abreviada. Resolución del expediente sancionador. Impugnación.

56. Revisión de actos en via de gestión tributaria local. Competencia, pIazos, procedimiento y legitimación. Reclamaciones y rectificaciones de errores en la gestión tributaria local. La impugnación de los actos de gestión y recaudación no tributarios.

57. Recursos de las provincias: Recursos Tributarios, participación en tributos del Estado, subvenciones, precios públicos, otros recursos.

58. Recursos de otras Entidades Locales: Entidades supramunicipales y entidades de ámbito territorial inferior al municipio.

59. Los Servicios Provinciales de Recaudación. Organización y competencias.

Derecho Administrativo

60. El Procedimiento Administrativo Común: Iniciación, ordenación e instrucción. La terminación del procedimiento: la resolución expresa y presunta. Otras formas de extinción: Singularidades del procedimiento de las Entidades Locales.

61. Recursos administrativos: Principios generales. Actos susceptibles de recurso administrativo. Clases de recursos. Tramitación y resolución de los recursos administrativos: conciliación mediación y arbitraje. Las reclamaciones administrativas previas al ejercicio de acciones civiles y laborales.

62. La Jurisdicción Contencioso-administrativa (I) : Ambito. Los Organos de la jurisdicción Contencioso-administrativa. Las partes del procedimiento: Objeto del recurso.

63. La Jurisdicción Contencioso-administrativa (II). El procedimiento contencioso- administrativo. La sentencia. Los procedimientos especiales.

64. La potestad sancionadora: concepto y significado. Principios del ejercicio de la potestad sancionadora. El procedimiento sancionador y sus garantías. Medidas sancionadoras administrativas.

65. La responsabilidad patrimonial de la Administración Pública: caracteres. Los presupuestos de la responsabilidad. Daños resarcibles. La acción y el procedimiento administrativo en materia de responsabilidad. La responsabilidad de las Autoridades al servicio de las Administraciones Públicas.

66. La actividad administrativa. Formas de actividad administrativa: la actividad de la policía, la actividad de fomento y la actividad del servicio público. Modos de gestión de los servicios públicos.

67. Los contratos administrativos (I). El Real Decreto legislativo 2/2000 de 16 de junio por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de contratos de las Administraciones Públicas: Ambito subjetivo y objetivo de aplicación. Organos de contratación. El contratista: capacidad y requisitos. Las prohibiciones para contratar. Las garantías de los contratos. La preparación de los contratos.

68. Los contratos administrativos (II). Los procedimientos de adjudicación. Efectos y extinción de los contratos. La cesión y la subcontratación. Régimen legal de los contratos de obras, gestión de servicios públicos, suministros y consultoría y asistencia técnica.

69. El dominio público y el patrimonio de los Entes Públicos: régimen jurídico, potestades, gestión y régimen de uso y cesión. La aceptación y la mutación demanial. Especial referencia al dominio público y patrimonio de los Entes Locales.

70. Régimen de cesiones y acuerdo de los órganos de Gobierno local. Acta, certificaciones, comunicaciones, notificaciones y publicación de los acuerdos. El registro de documentos. Impugnación de los actos y acuerdos locales y ejercicio de acciones.

71. El personal al servicio de las Corporaciones Locales: clases y régimen jurídico. Los instrumentos de organización y los instrumentos reguladores del personal. Selección y provisión. Las situaciones administrativas de los funcionarios locales.

72. La relación estatutaria. Los derechos de los funcionarios locales El régimen de seguridad social Derechos colectivos Sindicación y representación. El derecho de huelga. La negociación colectiva. Los deberes de los funcionarios locales. El régimen disciplinirio. El régimen de responsabilidad civil, penal y patrimonial. El régimen de incompatibilidades. Derechos y obligaciones del personal laboral. El personal directivo.

Derecho civil

73. El derecho civil español. Derecho común y derechos civiles especiales. El Código Civil.

74. La relación jurídica. Sujetos de la relación: personas y clases de personas. Capacidad jurídica y capacidad de obrar. El objeto de la relación.

75. Hechos, actos y negocios jurídicos. La interpretación de los negocios. La ineficacia del negocio jurídico. La influencia de¡ tiempo sobre e! negocio jurídico: caducidad y prescripción.

76. Los derechos reales. Concepto, naturaleza y clases. Constitución y adquisición de derechos reales.

77. El derecho real de propiedad. Modos de adquirir la propiedad. La posesión.

78. Derechos reales de gozo y derechos reales de garantía.

79. La Obligación. Fuentes de las obligaciones. Elementos y clases. El cumplimiento y las garantías. Modificación y extinción de la relación obligatoria.

80. El contrato. Concepto, elementos y requisitos.. Vicios de los contratos. La convalidación y la rescisión.

81. Clases de contratos. En especial los contratos traslativos de dominio y los contratos de uso y disfrute.

82. La responsabilidad civil. Clases y requisitos. La acción de responsabilidad.

Derecho mercantil

83. El derecho mercantil. Concepto y contenido. Fuentes. Actos de comercio. La empresa mercantil. El comerciante individual.

84. Las sociedades mercantiles en general. Concepto legal de sociedad mercantil. Clases. Disolución y liquidación de sociedades. Especial referencia a la sociedad anónima. El registro mercantil.

85. Las obligaciones mercantiles. Contratos mercantiles. Contratos de cuenta corriente. Compraventa mercantil. Contrato de comisión. El leasing.

86. Contratos bancarios. Clasificación. El depósito bancario. Los préstamos bancarios. La apertura de crédito: concepto, naturaleza y clases. Régimen de los contratos de apertura de crédito. El descuento bancario.

Derecho laboral

87. El derecho del trabajo. Naturaleza y caracteres. Las fuentes del ordenamiento laboral. Los convenios colectivos de trabajo.

88. El contrato de trabajo: partes. Capacidad para contratar. Contenido. Las prestaciones del trabajador y del empresario. Modificación, suspensión del contrato de trabajo. Modalidades del contrato de trabajo. Medidas de fomento de empleo.

Derecho Penal

89. Delitos contra la Administración Pública. Delitos de los funcionarios públicos. Los delitos contra la Hacienda Pública.

Derecho procesal

90. Los distintos órdenes jurisdiccionales: organización y competencias. Visión general de los procesos civil, penal y laboral.

ANEXO II

MODELO DE INSTANCIA

SOLICITUD DE ADMISION A PRUEBAS SELECTIVAS

Denominación de la plaza: .................................................................................................................................................... Titulación requerida para la plaza: ............................................................................................................................................... Fecha de convocatoria en BOE: ............................................................................................................................................................ Forma de acceso:

Libre

Reserva minusvalía

Datos personales:

Nombre: .................................................................................................................. DNI ......................................................... Apellidos ............................................................................ Domicilio a efectos de notificaciones: ....................................................... ............................................................................ Población: .................................................. Código Postal:.............................. Provincia: ..................................................... Teléfonos de contacto: ........................................................................... Fecha de Nacimiento: ........................................... Nacionalidad: .........................................................

Documentación que se adjunta: (marcar con una cruz)

1. Fotocopia compulsada del título requerido, o documento oficial de su solicitud.

2. Fotocopia del DNI, NIE, pasaporte o carnet de conducir.

3. Relación y acreditación documental de méritos para la valoración (fotocopia compulsada), en su caso, en la fase de concurso.

4. Fotocopia del resguardo del ingreso de los derechos de examen.

El abajo firmante, solicita ser admitido a las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia y declara que son ciertos los datos consignados en ella y que reúne las condiciones señaladas en la convocatoria anteriormente citada, comprometiéndose a probar documentalmente todos los datos que figuran en esta solicitud.

En ...................................... a ................... de ...................................... de .............................

EXCMO. SR. PRESIDENTE DE LA AGENCIA PROVINCIAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA-DIPUTACION PROVINCIAL DE GRANADA

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