Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 58 de 27/03/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

DECRETO 66/2006, de 14 de marzo, por el que se crea un Conservatorio Elemental de Música dependiente del Ayuntamiento de Herrera (Sevilla).

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La Disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, dispone que las Corporaciones Locales cooperarán con las Administraciones educativas correspondientes en la creación, construcción y mantenimiento de centros docentes públicos. Asimismo, establece que la creación de centros públicos cuyos titulares sean las Corporaciones Locales, se realizará por Convenio entre éstas y la Administración educativa competente.

En cumplimiento del citado precepto, la Consejería de Educación y el Ayuntamiento de Herrera (Sevilla) suscribieron el día 11 de noviembre de 2005 un Convenio de Colaboración para la creación de un Conservatorio Elemental de Música en dicha localidad. Con esta actuación se pretende atender la importante demanda que de las enseñanzas musicales existe entre la población.

Por todo ello, en el ejercicio de las competencias que a la Comunidad Autónoma reconoce el artículo 19 del Estatuto de Autonomía de Andalucía, y a propuesta de la Consejera de Educación, de conformidad con lo establecido en el artículo 26.15 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, previa deliberación del Consejo de Gobierno del día 14 de marzo de 2006,

D I S P O N G O

Artículo único. Creación de un centro docente.

Se crea un Conservatorio Elemental de Música en la localidad de Herrera (Sevilla), con código 41008775, cuya titularidad será ostentada por el Ayuntamiento de Herrera (Sevilla).

Disposición final primera. Desarrollo y aplicación.

Se autoriza a la Consejera de Educación a establecer las especialidades del grado elemental de las enseñanzas de música que deberá impartir el citado Conservatorio, respetando, en todo caso, lo dispuesto en la normativa vigente de aplicación a los centros docentes públicos que imparten las enseñanzas de régimen especial de música sobre requisitos mínimos, escolarización del alumnado y composición, constitución y funciones de los órganos de gobierno y participación en el control y gestión de dicho centro.

Disposición final segunda. Anotación en el Registro de Centros Docentes.

Del contenido del presente Decreto se dará traslado al Registro de Centros Docentes regulado por el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, mediante las correspondientes anotaciones.

Disposición final tercera. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y tendrá efectos académicos y administrativos a partir del curso 2006/07.

Sevilla, 14 de marzo de 2006

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación

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