Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 58 de 27/03/2006

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura y Pesca

RESOLUCION de 27 de febrero de 2006, de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por la que se aprueba el Plan de Gestión Integral para la Conservación de los Recursos Pesqueros en el Mediterráneo.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Mediante la Resolución de 18 de febrero de 2004, de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por la que se aprueban los Planes de Gestión para las pesquerías de cerco y arrastre al fresco en las aguas interiores del litoral andaluz, se intentó dar una solución a la situación de sobreesfuerzo en la que se encontraban diversas poblaciones de pequeños pelágicos como el boquerón, la sardina y el jurel, y de especies demersales como la merluza, el pulpo y la gamba roja, especies con una gran importancia en cuanto a su valor comercial, por lo que dicha circunstancia podría poner en peligro la subsistencia de gran parte del sector pesquero andaluz, dedicado a las modalidades de cerco y arrastre que faena en aguas del Mediterráneo.

No obstante, la efectividad de los mismos puede verse afectada por otras circunstancias que deben ser tenidas en cuenta a la hora de lograr la finalidad perseguida. Por un lado, y desde un punto de vista legal, el caladero mediterráneo es contemplado como único y común, lo que hace posible, el desplazamiento de los buques hasta caladeros y puertos situados en otras Comunidades Autónomas. Así mismo, debe tenerse en cuenta el carácter migratorio de algunas de las especies que son objeto de estas pesquerías, como es el caso del boquerón, ello provoca que el stock de esta especie sea considerado como único para todo el Mediterráneo español, por lo que las distintas regulaciones y control de estas actividades, llevadas a cabo por las correspondientes Comunidades Autónomas del Mediterráneo, conlleva una inevitable repercusión en todo el caladero.

Por todo ello, y teniendo en cuenta la regulación de dichas pesquerías en la Orden APA/79/2006, de 19 de enero, por la que se establece un Plan Integral de Gestión para la conservación de los recursos pesqueros en el Mediterráneo, se considera necesario derogar la Resolución de 18 de febrero de 2004, de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por la que se aprueban los Planes de Gestión para las pesquerías de cerco y arrastre al fresco en las aguas interiores del litoral andaluz, con el fin de homogeneizar la ordenación y gestión de dichas pesquerías y lograr los objetivos propuestos, los cuales han sido consensuados con el sector pesquero afectado.

La Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de 26 de julio de 2000, modificada mediante las Ordenes de 20 de mayo de 2004 y de 1 de agosto de 2005, regula, entre otras, las ayudas para planes de gestión y medidas de paralización temporal, estableciendo en su artículo 35 la exigencia de aprobación de los Planes de Gestión por el titular de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, a efectos de otorgamiento de dichas ayudas.

Una vez cumplidas las exigencias previstas en los artículos 64 apartado 2 y 65 del Real Decreto 1048/2003 de 1 de agosto, y en virtud de las facultades que me confiere la Orden de 26 de julio de 2000,

R E S U E L V O

Primero. Aprobación del Plan.

A los efectos previstos en el artículo 35 de la Orden de 26 de julio de 2000, de la Consejería de Agricultura y Pesca, por la que se regulan y convocan ayudas públicas para la mejora estructural y la modernización del sector pesquero andaluz, se aprueba el Plan de Gestión Integral para la conservación de los recursos pesqueros en el Mediterráneo, el cual será de aplicación en las aguas interiores del caladero mediterráneo de las provincias de Cádiz, Málaga, Granada y Almería para las embarcaciones que tengan su puerto base oficial en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Segundo. Medidas técnicas.

Las medidas técnicas del Plan de Gestión para la conservación de los recursos pesqueros en el Mediterráneo serán las establecidas en la normativa de general aplicación y en la Orden APA/79/2006, de 19 de enero, por la que se establece un Plan Integral de Gestión para la conservación de los recursos pesqueros en el Mediterráneo.

Asimismo, se establecen las siguientes medidas técnicas complementarias:

1. Establecimiento de horarios de pesca:

1.1. Se establece un horario para el ejercicio de la pesca con el arte de cerco en el litoral mediterráneo de la Comunidad Autónoma de Andalucía:

- Salida de puerto: A partir de las 17,00 horas en invierno y de las 19,00 horas en verano.

- Entrada en puerto: Antes de las 10,00 horas.

- Se establece un descanso semanal obligatorio de 60 horas continuadas, en el que debe incluirse el domingo.

1.2. Se establece un horario para el ejercicio de la pesca con el arte de arrastre de fondo en el litoral mediterráneo de la Comunidad Autónoma de Andalucía:

- Salida de puerto: A partir de las 06,00 horas

- Entrada en puerto: Antes de las 18,00 horas.

- Se establece un descanso semanal obligatorio que se verificará desde las 18:00 horas del viernes a las 06:00 horas del lunes.

2. Establecimiento de época de veda para la pesca de cerco:

Se establece una época de veda para la pesca de cerco que abarcará el periodo comprendido entre el 1 de enero y el último día de febrero.

Tercero. Vigencia.

El presente Plan se aplicará desde su entrada en vigor hasta el 15 de febrero de 2008. El período señalado podrá, en su caso, ser prorrogado a la vista de los informes científicos sobre la evolución de la pesquería.

Disposición Final Unica. Entrada en vigor y efectos.

La presente disposición, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y surtirá efectos, para la concesión de las ayudas previstas en la Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de 26 de julio de 2000, a partir del 1 de enero de 2006.

Disposición Derogatoria Unica.

Queda derogada la Resolución de 18 de febrero de 2004, de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por la que se aprueban los Planes de Gestión para las pesquerías de cerco y arrastre al fresco en las aguas interiores del litoral andaluz.

Sevilla, 27 de febrero de 2006.- La Directora General, María Luisa Faneca López.

Descargar PDF