Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 59 de 28/03/2006

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. Nº5 MARBELLA (ANTIGUO MIXTO Nº7)

EDICTO dimanante del procedimiento verbal núm. 22/2005. (PD. 1068/2006).

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NIG: 2906942C20050000096.

Procedimiento: J. Verbal (N) 22/2005. Negociado:

De: Comunidad Propietarios Fuentes del Rodeo II.

Procurador: Sr. Guillermo Leal Aragoncillo.

Contra: Don Georg Wilhelm Lucking.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento J. Verbal (N) 22/2005, seguido en el Juzgado de 1.ª Instancia Núm. Cinco de Marbella (Antiguo Mixto Núm. 7), a instancia de Comunidad Propietarios Fuentes del Rodeo II, contra Georg Wilhelm Lucking sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Juzgado de Primera Instancia Núm. 5 de Marbella.

Juicio Verbal núm. 22/05.

SENTENCIA NUM. 151/05

En Marbella, a 23 de junio de 2005.

Mónica Carvia Ponsaillé, Magistrada Juez titular del Juzgado de Primera Instancia Núm. 5 de Marbella, he visto los presentes autos que se siguen en este Juzgado con el núm. 22/05 promovidos a instancia de Comunidad de Propietarios de Fuentes del Rodeo II, representada por el Procurador don Guillermo Leal Aragoncillo y defendida por el Letrado don Manuel Illan Gómez; contra don Georg Wilhelm Lucking, declarado en rebeldía.

F A L L O

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por el Procurador don Guillermo Leal Aragoncillo, en nombre y representación de Comunidad de Propietarios de Fuentes del Rodeo II, contra don Georg Wilhelm Lucking, condenando al demandado a pagar a la actora la cantidad de 2.104,63 euros, intereses desde la fecha de presentación de la demanda en el Registro General de Entrada de los Juzgados de este Partido Judicial y las costas de esta instancia.

Notifíquese la presente sentencia a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme pues contra ella cabe recurso de apelación. Este recurso se preparará ante este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución. El órgano jurisdiccional competente para conocer, en su caso, del recurso interpuesto es la Audiencia Provincial de Málaga.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo: Mónica Carvia Ponsaillé, Magistrada Juez titular del Juzgado de Primera Instancia Núm. 5 de Marbella.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Georg Wilhelm Lucking, extiendo y firmo la presente en Marbella, a veintiséis de enero de dos mil seis.- El/La Secretario.

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