Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 60 de 29/03/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo

RESOLUCION de 13 de febrero de 2006, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone el cumplimiento de la Sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (sede de Sevilla), Sala de lo Contencioso-Administrativo en el recurso de apelación núm. 861/2001 y de la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Uno de Sevilla en el recurso 279/2000, interpuesto por A.R.B. Gama-Tech, S.C.A.

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En el recurso contencioso-administrativo núm. 279/2000, interpuesto por A.R.B. Gama-Tech, S.C.A., contra la Resolución de Reintegro dictada por la Delegación Provincial de la Consejería de Trabajo e Industria de Sevilla de la Junta de Andalucía de fecha 28 de julio de 1999, se ha dictado sentencia por el juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Uno de Sevilla, con fecha 6 de septiembre de 2001, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

"Fallo. Que debo estimar y estimo el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Gama-Tech, S.C.A., contra la resolución de la Consejería de Trabajo de la Junta de Andalucía recurrida en estas actuaciones por no ser conforme a Derecho, la cual se anula declarando el derecho de la recurrente a percibir el 25% restante de la subvención si bien a expensas de lo que resulte de la retroacción del expediente. Sin costas."

En el recurso de apelación núm. 861/2001, tramitado ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (sede de Sevilla), Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Primera, se ha dictado Sentencia con fecha de 20 de septiembre de 2005, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal.

"Fallamos. Que debemos estimar el recurso de apelación interpuesto por la Junta de Andalucía contra la sentencia dictada el 6 de septiembre de 2001 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Uno de Sevilla que revocamos, declarando la conformidad a Derecho de la resolución impugnada. Sin costa."

En virtud de lo establecido en el art. 2.º4 B de la Orden de 14 de julio de 2004, de delegación de competencias, y de conformidad con lo dispuesto en los arts. 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y arts. 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en BOJA.

Sevilla, 13 de febrero de 2006.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.

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