Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
De conformidad con el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Decreto 42/02, de 12 de febrero, del Régimen de Desamparo, Tutela y Guarda Administrativa, y habida cuenta de que no ha sido posible la notificación a la madre de las mismas doña M.ª Antonia Fernández Mora, al desconocerse su paradero, se publica este anuncio, relativo a las menores: M.P.A.F. y A.A.F, procedimientos núms. 353-2005-21-000168 y 169, expedientes núms. 352-2004-21-000009 y 11, por el que se acuerda:
Declarar la situación de desamparo de las menores: M.P.A.F. y A.A.F., constituir el acogimiento familiar con carácter temporal en familia extensa y respecto al régimen de relaciones personales, los encuentros se llevarán a cabo mediante el programa Punto de Encuentro Familiar.
Contra la presente Resolución de declaración de desamparo, podrá formular oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de Huelva por los trámites que establecen los arts. 779 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Huelva, 15 de marzo de 2006.- El Presidente de la Comisión Provincial de Medidas de Protección, José Martín Gómez.
Descargar PDF