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Número expediente: AL/2005/313/AG.MA/ENP.
Interesado: don José Francisco Rubio Martínez.
Contenido del acto: Intentada sin efecto la notificación derivada de la resolución definitiva del expediente sancionador
AL/2005/313/AG.MA/ENP por la Delegación Provincial de Medio Ambiente de Almería, este organismo considera procede efectuar dicha notificación a través de su exposición en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y de su publicación en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía", cumpliéndose así lo establecido en los arts. 59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Por lo expuesto, se hace público el presente anuncio, haciéndoles saber a todos los interesados que pueden comparecer en la Sección de Informes y Sanciones de la Delegación de Medio Ambiente de Almería, en Reyes Católicos núm. 43, de esta capital a efectos del conocimiento íntegro del acto.
Expediente: AL/2005/313/AGMA/ENP.
Interesado: Don José Francisco Rubio Martínez.
DNI: 27247644-G.
Infracciones: Los hechos cuya realización se considera suficientemente probada en relación al camino, constituyen infracción administrativa tipificada en artículo 76.1 de la Ley 7/94, de 18 de mayo, de Protección Ambiental, en relación con el art. 80 de la misma Ley (tendrán la consideración de infracciones administrativas graves en materia de prevención ambiental el incumplimiento de la normativa ambiental que sea de aplicación al proyecto o actividad) con la agravante de haberse cometido dicha actuación dentro de un Espacio Natural Protegido, serán circunstancia agravante de la responsabilidad administrativa, salvo que así haya sido tipificada) prevista en el art. 28.2 de la Ley 2/89, de 18 de julio, siendo sancionable según el art. 81.2 de la Ley 7/94, ya citada, con multa de 6.010,12 euros a 60.101,21 euros, no obstante concurre la atenuante de colaboración ya que el interesado ha solicitado al Ayuntamiento de Jergal Licencia Municipal; En relación con la apertura de los pozos constituyen infracción administrativa expresamente tipificada en artículo 26.2.e) de Ley 2/89, de 18 de julio, Inventario de ENP de Andalucía (tendrán la consideración de infracciones graves: e). La ejecución sin la debida autorización administrativa de obras, construcciones, trabajos, siembras o plantaciones en las zonas sujetas a algún tipo de limitación en su destino o uso, de conformidad con los dispuesto en el artículo 38 duodécima de la Ley 4/1989).
Acto notificado: Resolución definitiva.
Sanción: Multa de seis mil seiscientos once con catorce euros (6.611,14 euros).
Plazo de recurso: Un mes para interponer recurso de alzada.
Almería, 9 de marzo de 2006.- El Delegado, Juan José Luque Ibáñez.
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