Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 70 de 12/04/2006

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Otros. AYUNTAMIENTO DE MARBELLA

ANUNCIO de modificación de bases.

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Resoluciones de fecha 21 de febrero de 2006 y 30 de marzo de 2006, por las que se modifican las bases para cubrir en propiedad diversas plazas vacantes en las plantillas de personal funcionario y laboral mediante el sistema de concurso o concurso-oposición libre.

Visto escrito de la Delegación de Gobierno de la Junta de Andalucía en Málaga, por el que se requiere de este Ayuntamiento la adaptación a las consideraciones expuestas en el escrito de referencia, de las bases generales y Anexos que han de regir las convocatorias de pruebas selectivas para la provisión de diversas plazas vacantes en las plantillas de laborales y funcionarios, publicadas en el BOP núm. 28, de fecha 10 de febrero de 2006.

Vistos informes emitidos al respecto, tanto por el Servicio de Personal, como por la Junta de Personal y Comité de Empresa de este Ayuntamiento, esta Alcaldía resuelve:

1. Modificar las bases de referencia en los siguientes términos:

Base 2. Requisitos de los candidatos.

2.1.a) Ser español/a, o reunir los requisitos legalmente exigidos por la legislación vigente (Ley 17/93, en relación dada por la Ley 55/99, para plazas de funcionarios y Ley Orgánica 4/00, para plazas de laborales).

2.1.c) Añadir la frase: "para los aspirantes a conductores estar en posesión del carné de conducir clase C".

2.1.d) Suprimir el párrafo "... o de incompatibilidad específica, conforme a la normativa vigente".

2.1.e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas por sentencia firme, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Base 3. Solicitudes.

3.4. La presentación de solicitudes podrá hacerse en el Registro General de Entrada del M.I. Ayuntamiento de Marbella o en cualquiera de las formas contempladas en el art. de la Ley de Procedimiento Administrativo, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Base 4. Admisión de candidatos.

4.2. Los errores de hecho podrán subsanarse de oficio, en cualquier momento y a petición del interesado en el plazo de diez días a partir de la publicación de la resolución. En todo caso, contra la resolución a la que se refiere la base anterior, podrá interponerse reclamación en el plazo de diez días a partir de su publicación, ante la Sra. Alcaldesa.

Base 5. Tribunales.

5.3. Los Tribunales de Selección no podrán constituirse ni actuar sin la presencia de, al menos, la mitad más uno de sus miembros titulares o suplentes, indistintamente, requiriéndose, en todo caso la presencia del Presidente y del Secretario.

5.6. Los miembros de los Tribunales serán retribuidos de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.

Base 8. Desarrollo de la fase de concurso.

8.1.A.a) Por cada año completo o fracción superior a seis meses de experiencia en Ayuntamientos de más de 50.000 habitantes y Diputaciones, desempeñando plazas de igual o similar contenido a las que son objeto de convocatoria, 0,40 puntos.

Se valorarán como máximo diez años de experiencia profesional.

Base 9. Calificación final.

En la modalidad de concurso-oposición se obtendrá sumando las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso. En caso de empate el Tribunal propondrá al aspirante que haya obtenido mayor puntuación en la fase de oposición.

Base 10. Lista de aprobados, presentación y contratación indefinida.

10.2. En el plazo de veinte días hábiles, a contar de la publicación en el tablón de edictos de las relaciones de aprobados a que se refiere la base anterior los aspirantes que figuren en las mismas deberán presentar en el Ayuntamiento los siguientes documentos:

(Continúa en el fascículo 2 de 2)

10.4. Suprimir el párrafo "...En caso de que alguno de los aspirantes que fuesen propuestos para ser contratados de modo fijo no cumpliesen alguno de los requisitos serán, en su lugar, propuesto el siguiente que, habiendo superado la selección, no hubiese sido nombrado por existir otro candidato con una puntuación superior".

Base 11. Norma final.

11.1. En lo no previsto en estas bases se estará a lo dispuesto en el Decreto 2/2002, de la Administración General de la Junta de Andalucía y Reales Decretos 896/91 y 364/95, quedando además facultados los Tribunales para resolver o adoptar los acuerdos pertinentes, con plena autonomía y libertad en sus decisiones, en las dudas, empates, orden y tramitación de los expedientes.

ANEXO 1

(Limpiadoras, Operarios y Conductores)

1. Normas particulares.

1.1. Son objeto de convocatoria pública, mediante el sistema selectivo de concurso-oposición libre, las siguientes plazas vacantes en la plantilla laboral:

Núm.: 164.

Denominación: Limpiadoras.

Grupo exigible: E.

Titulación: Estudios Primarios o equivalentes.

Núm.: 176.

Denominación: Operarios.

Grupo exigible: E.

Titulación: Estudios Primarios o equivalentes.

Núm.: 68.

Denominación: Conductores.

Grupo exigible: Estudios Primarios o equivalentes.

1.2. Las pruebas selectivas estarán integradas por una fase de concurso a tenor de lo establecido en la base 8 de las generales, y una fase de oposición consistente en una prueba oral sobre el conocimiento de las tareas propias de las plazas convocadas, que se valorará hasta dos puntos.

ANEXO III

(Plazas de Cocinero/a y Ayudantes de Cometidos Especiales)

1. Son objeto de convocatoria pública, mediante el sistema selectivo de concurso libre, las siguientes plazas vacantes en la plantilla de personal laboral:

Núm.: 2.

Denominación: Cocinero/a.

Grupo exigible: D.

Titulación: Graduado Escolar.

Núm.: 7.

Denominación: Ayudante Cometidos Especiales.

Grupo exigible: E.

Titulación: Estudios Primarios

1.2. Las pruebas selectivas estarán integradas por una fase de concurso a tenor de lo establecido en la base 8 de las generales y una fase de oposición consistente en una prueba oral sobre el conocimiento de las tareas propias de las plazas convocadas, que se valorará hasta 2 puntos.

Marbella, 30 de marzo de 2006.- El Alcalde en funciones.

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