Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 70 de 12/04/2006

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 29 de marzo de 2006, de la Dirección General de Función Pública, por la que se da publicidad a las bases y convocatoria para la provisión del puesto de trabajo de Vicetesorero del Ayuntamiento de Málaga, mediante el sistema de libre designación.

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Vacante el puesto de trabajo de Vicetesorero, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional del Excmo. Ayuntamiento de Málaga, aprobadas por dicha Corporación las bases de selección y acordada asimismo su convocatoria con fecha 24 de febrero de 2006, para su provisión mediante el sistema de libre designación, de conformidad con lo previsto en el artículo 28.2 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, y en el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la entonces Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por las Disposiciones Adicionales Novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, y Tercera del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, relativas al régimen jurídico de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en relación con el artículo 12.1.e) del Decreto 200/2004, de 11 de mayo, por el que se establece

la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública, modificado por el Decreto 132/2005, de 24 de mayo.

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero. Dar publicidad a las bases y convocatoria para la provisión mediante el sistema de libre designación del puesto de trabajo de Vicetesorero, vacante en la plantilla de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional del Excmo. Ayuntamiento de Málaga.

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISION DEL PUESTO DE VICETESORERO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MALAGA

Primera. Objeto de la convocatoria.

La convocatoria y sus bases tienen por objeto la regulación de la provisión del puesto de trabajo de Vicetesorero del Excmo. Ayuntamiento de Málaga, nivel 30 de complemento de destino, complemento específico de 53.660,04 euros, entre funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, mediante el sistema de provisión libre designación, conforme a lo previsto en los arts. 99.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y 27 y ss. del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional (según redacción dada por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio).

Segunda. Requisitos que han de reunir los/as candidatos.

Podrán participar en la presente convocatoria los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional pertenecientes a la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior, que no se encuentren en ninguna de las siguientes situaciones:

- Los funcionarios inhabilitados y los suspensos en virtud de sentencia o resolución administrativa firme, si no hubiera transcurrido el tiempo señalado en ellas.

- Los funcionarios destituidos a que se refiere el art. 148.5 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril.

- Los funcionarios en las situaciones de excedencia voluntaria a que se refiere el art. 29.3.c) y d) de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública, si no hubiera transcurrido el plazo de dos años desde el pase a las mismas.

Los requisitos establecidos deberán reunirse en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

Tercera. Instancias y documentación.

Los interesados dirigirán sus solicitudes al Excmo. Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Málaga, las cuales habrán de presentarlas dentro del plazo de quince días naturales siguientes al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Málaga, sito en Avda. Cervantes, núm., o por cualquiera de los medios establecidos el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La instancia solicitando tomar parte en la convocatoria expresará que los aspirantes reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos. A la solicitud se acompañará relación de méritos profesionales y académicos, en la que conste los títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en las Administraciones Públicas, estudios, cursos, así como cualquier otro mérito que se estime oportuno poner de manifiesto. Los méritos alegados por los candidatos se acreditarán mediante la presentación de documentos públicos administrativos originales o copias debidamente compulsadas por el Area de Organización, Personal y Calidad de los Servicios o fedatario público legalmente habilitado al efecto.

A estos efectos los méritos alegados se computarán hasta el último día, inclusive, del plazo de presentación de solicitudes.

Cuarta. Procedimiento.

La Ilma. Junta de Gobierno Local procederá, en el plazo de un mes y previa constatación de la concurrencia en los participantes de los requisitos exigidos en esta convocatoria, a dictar la resolución de la misma de conformidad con el art. 28.3 del Real Decreto 1732/1994 (según redacción dada por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio).

De la expresada resolución se dará cuenta al Pleno de la Corporación y traslado al órgano competente de la Junta de Andalucía y a la Dirección General de Cooperación Local del Ministerio de Administraciones Públicas, para la anotación y publicación conjunta en el Boletín Oficial del Estado.

Quinta. Toma de posesión.

El plazo de toma de posesión será de tres días hábiles o de un mes, dependiendo de que el aspirante seleccionado viniera desempeñando o no su anterior puesto de trabajo en la ciudad de Málaga.

Sexta. Regulación supletoria.

En lo no previsto en las presentes bases será de aplicación, en lo que proceda, el Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional (según redacción dada por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio). La presentación de solicitud para participar en la provisión de los puestos de trabajo a que se refieren estas Bases, comporta su plena aceptación.

Las Bases, su convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de las mismas podrán ser impugnados por los interesados en los supuestos y formas establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segundo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este Orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 29 de marzo de 2006.- El Director General, José Taboada Castiñeiras.

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