Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 72 de 18/04/2006

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE VELEZ-MALAGA

ANUNCIO de bases.

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Mediante Resolución de Alcaldía de fecha seis de marzo de dos mil seis, esta Alcaldía ha procedido a aprobar la correspondiente convocatoria con arreglo a las siguientes:

CONVOCATORIA Y BASES QUE REGIRAN PARA LA PROVISION COMO FUNCIONARIO DE CARRERA DE UNA PLAZA DE INGENIERO SUPERIOR VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE VELEZ MALAGA

1. Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión como funcionario de carrera por el sistema de oposición libre de una plaza de Ingeniero Superior, encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Técnicos Superiores, perteneciente al Grupo A, vacante en la plantilla del personal funcionario de este Excmo. Ayuntamiento incorporada a la Oferta de Empleo Público del año 2005 (BOE número 117 de 17.5.05).

1.2. A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación las bases de la presente convocatoria, y en lo no previsto en ellas, la Ley 30/84, de 2 de agosto, la Ley 7/85, de Bases de Régimen Local; RDL 781/86, de 18 de abril; RD 896/91, de 17 de junio, el RD 364/95, de 10 de marzo, la Ley 30/92, de 26 de noviembre y Decreto 2/2002 de 9 de enero de la Junta de Andalucía.

Los aspirantes seleccionados quedarán sujetos al régimen de incompatibilidad establecido por la normativa vigente.

1.3. Requisitos:

A) Para ser admitidos a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español/a o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, de conformidad con lo previsto en la Ley 17/93, de 23 de diciembre. Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea deberán acreditar en el momento de la solicitud la nacionalidad, y en el supuesto previsto en el artículo 2.2.1.º b del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, el parentesco, y en su caso el hecho de vivir a expensas o a cargo del nacional del Estado miembro de la Unión Europea con el que tenga dicho vínculo. En cualquier caso se requiere el conocimiento adecuado del castellano.

b) Tener cumplidos 18 años de edad.

c) Estar en posesión del título de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que se termine el plazo de presentación de solicitudes.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de la función.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.

B) Todos los requisitos a los que se refiere la base 1.3, deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancias y mantenerlos durante el proceso selectivo.

1.4. Procedimiento de selección.

El procedimiento de selección de los aspirantes será el de oposición libre.

La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios, todos ellos de carácter obligatorio y eliminatorios:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito, un cuestionario de 90 preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas, en un tiempo máximo de 90 minutos elaborado por el Tribunal inmediatamente antes de su realización, sobre los temas contenidos en el Anexo de esta convocatoria. El criterio de corrección será el siguiente: por cada tres preguntas incorrectas se invalidará una correcta. Cuando resulten contestadas correctamente el 50% del total de las preguntas del cuestionario, una vez restadas las preguntas invalidadas según la proporción citada, corresponderá a 5,00 puntos, puntuación mínima requerida para superar el ejercicio, repartiéndose el resto de preguntas contestadas correctamente de forma proporcional entre la puntuación de 5,00 a 10,00 puntos.

Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución de dos supuestos prácticos, que planteará el Tribunal inmediatamente antes de su realización, relativos a las materias específicas del temario anexo así como a las funciones asignadas a la plaza objeto de la convocatoria, en el tiempo máximo que determinará el Tribunal.

Durante el desarrollo de esta prueba, los aspirantes podrán, en todo momento, hacer uso de los textos legales no comentados de los que acudan provistos.

Entrevista Curricular: Tendrá carácter obligatorio y no eliminatorio. Se puntuará hasta un máximo de 2 puntos. Tendrá una duración máxima de 10 minutos y versará sobre el currículum vitae del aspirante y sobre las funciones y cometidos propios de la plaza a que se opta.

2. Desarrollo de los ejercicios.

2.1. La actuación de los opositores en aquellos ejercicios que no puedan realizarse de forma conjunta se iniciará por orden alfabético a partir de la letra que resulte conforme al sorteo público que se realice al efecto y se publique en el Boletín Oficial de la Provincia.

2.2. Desde la terminación de una prueba y el comienzo de la siguiente, deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máximo de 45 días.

Una vez comenzadas las pruebas, no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas en el Boletín Oficial de la Provincia. Estos anuncios se harán públicos en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores, con doce horas de antelación, al menos, al comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo.

2.3. El segundo ejercicio será leído o expuesto públicamente por los propios aspirantes. En el primero el Tribunal adoptará medidas tendentes a impedir que se conozca la identidad de los autores del mismo hasta la total corrección.

2.4. En cualquier momento los Tribunales podrán requerir a los aspirantes para que acrediten su identidad, por lo que deberán ir provistos del Documento Nacional de Identidad.

2.5. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan.

2.6. Los programas que rigen estas pruebas selectivas son los que figuran para cada categoría en los correspondientes anexos.

2.7. Si durante el transcurso del procedimiento llegara a conocimientos del Tribunal que alguno de los aspirantes ha incurrido en inexactitudes o falsedades deberá dar cuenta a los órganos municipales competentes a los efectos que procedan.

3. Solicitudes.

3.1. Las solicitudes indicando que se reúnen todos los requisitos establecidos en las Bases de la Convocatoria serán dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente y se presentarán dentro del plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. En ellas se indicará necesariamente la plaza a la que se opta.

Se presentarán a ser posible, en el impreso que facilitará este Ayuntamiento, acompañadas del resguardo de haber abonado los derechos de examen, de fotocopia del DNI y de la titulación exigida.

3.2 Las solicitudes se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento o de sus Tenencias de Alcaldía, o asimismo en la forma establecida en el art. 38.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.3. El pago de los derechos de examen se efectuará mediante ingreso en caja municipal de la Casa Consistorial o de la Tenencia de Alcaldía de Torre del Mar, mediante ingreso directo o por transferencia, en la cuenta corriente del Ayuntamiento de Vélez Málaga número 0030-4084-03-0870000271 de Banesto, sito en Plaza de las Carmelitas de Vélez-Málaga o mediante giro postal o telegráfico a la siguiente dirección: Ayuntamiento de Vélez Málaga. Tesorería. Pruebas selectivas de la plaza a que se opta. En estos dos últimos casos figurará como remitente del giro el propio aspirante. El importe de los derechos de examen será de 30 euros.

3.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse de oficio o a petición del interesado en cualquier momento.

3.5. Si concurriesen aspirantes con alguna discapacidad deberán indicarlo en la solicitud precisando las adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas, debiendo acompañar certificado expedido por la Administración competente, donde deberá expresar que la misma no le incapacita para el desempeño del puesto de trabajo al que aspira.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Terminado el plazo de presentación de instancias el Sr. Alcalde-Presidente dictará Resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos así como la de excluidos, con indicación de las causas y el plazo de subsanación de defectos. En dicha Resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia, se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos y el lugar y fecha del comienzo del primer ejercicio, así como la composición nominativa del Tribunal.

4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución en el BOP, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión.

4.3. Transcurrido el plazo antes referido, las reclamaciones serán aceptadas o rechazadas en la Resolución que dicte el Sr.Alcalde-Presidente declarando aprobada la lista definitiva de admitidos y excluidos que se publicará en el tablón de anuncios de esta Entidad.

4.4. Contra dicha Resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde la mencionada publicación o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. 4.5. En el supuesto de que por circunstancias excepcionales, se hubiese de modificar el lugar, fecha u hora de celebración del primer ejercicio, deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia.

5. Tribunales. 5.1. El Tribunal Calificador estará integrado por los siguientes miembros:

Presidente: El Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Vélez Málaga, o concejal en quien delegue.

Vocales:

- Tres funcionarios o expertos designados por el Sr. Alcalde.

- Un representante de la Junta de Andalucía.

- Dos representantes de la Junta de Personal.

Secretario: El Secretario de la Corporación o funcionario en quien delegue.

Todos los integrantes del Tribunal actuarán con voz y voto, excepto el Secretario que sólo tendrá voz.

Junto a los titulares se nombrarán suplentes en igual número y con los mismos requisitos.

Los Vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para las plazas convocadas.

5.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente, el Secretario y de la mitad, al menos, de los Vocales, titulares o suplentes indistintamente.

En caso de ausencia accidental del Presidente y/o el Secretario serán sustituidos conforme a lo dispuesto en los artículos 23.2 y 25.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.

5.3. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir notificándolo al Sr. Alcalde, cuando concurran en ellos algunas de las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. 5.4. El Sr. Presidente del Tribunal podrá exigir a los miembros del mismo, declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/92. Asimismo los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

5.5. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior al de vacantes convocadas. Las propuestas de aprobados que contravengan este límite serán nulas de pleno derecho.

5.6. Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados.

5.7. Los miembros del Tribunal percibirán las dietas y asistencias establecidas por la legislación vigente. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, quienes se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, que serán la única base de su colaboración con el órgano de decisión. Los asesores-

especialistas y el personal administrativo que realicen sus funciones en el proceso selectivo serán retribuidos en la misma cuantía que los Vocales del Tribunal.

5.8. Por la Presidencia se procederá al nombramiento de los empleados públicos que deban colaborar temporalmente en el desarrollo de los procesos de selección, con las competencias de ejecución material y ordenación administrativa de los distintos ejercicios que en cada prueba selectiva se les atribuya. Este personal estará adscrito a dicho Tribunal y ejercerá sus funciones de conformidad con las instrucciones que éste le curse al efecto.

5.9. Las Resoluciones de los Tribunales vinculan a la Administración, sin perjuicio de que ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión, conforme a lo previsto en el art. 102 y ss. de la Ley 30/92. Contra las Resoluciones y actos del Tribunal y sus actos de trámite que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión, podrá interponerse recurso administrativo ante la autoridad que haya nombrado a su Presidente.

5.10. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y para adoptar los acuerdos necesarios para la tramitación y buen orden de la convocatoria. 6. Lista de aprobados, presentación de documentos y contratación.

6.1. La lista de aprobados de cada ejercicio se publicará en los locales donde se hayan celebrado los mismos, así como en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

6.2. Finalizados todos los ejercicios del proceso selectivo, el Tribunal hará público el anuncio de los aspirantes aprobados, que no podrán exceder de las plazas objeto de esta convocatoria, con especificación de la puntuación total obtenida sumadas en las fases de oposición y entrevista curricular. Dicho anuncio será elevado al Sr. Alcalde-Presidente con propuesta de nombramiento como funcionario de carrera del candidato seleccionado.

6.3. En el plazo de veinte días naturales los aspirantes que figuren en el anuncio a que se refiere la base anterior deberán presentar en el Departamento de Personal la documentación acreditativa de los requisitos expresados en la Base 1.3.

6.4. Si dentro del plazo fijado, salvo los casos de fuerza mayor, no presentase la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de algunos de los requisitos señalados en la base 1.3, no podrá ser contratado y quedarán anuladas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

7. Norma final.

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos se deriven de ésas y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida por la Ley 30/92, de 26 de noviembre.

A N E X O

A) Materias comunes

1. La Constitución Española de 1978. Principios Generales y estructura.

2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

3. Organización territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía. Su significado. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de Andalucía.

4. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley. Clases de Leyes.

5. El administrado. Concepto y clases. La capacidad del administrado y sus causas modificativas. Los derechos de los administrados. Colaboración y participación de los ciudadanos en la Administración.

6. El acto administrativo. Concepto. Clases de actos administrativos. Elementos del acto administrativo.

7. Dimensión temporal del procedimiento administrativo. Recepción y registro de documentos. El interesado y su representación. Comunicaciones y notificaciones.

8. Las fases del procedimiento administrativo general. El silencio administrativo. Referencia al procedimiento administrativo local.

9. La responsabilidad de la Administración. Evolución y Régimen actual.

10. Régimen Local Español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

11. Organización y competencias municipales provinciales.

12. Ordenanzas y reglamentos de las Entidades Locales. Procedimiento de elaboración y aprobación.

13. Las formas de acción administrativa de las Entidades Locales. Evolución histórica, clases y caracteres.

14. Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria y orden del día. Requisitos de constitución. Votaciones. Actas y certificados de acuerdos.

15. Personal al servicio de la Entidad Local. La función pública local, organización, selección y situaciones administrativas. El personal laboral.

16. Derechos y deberes del personal al servicio de los Entes Locales. Responsabilidad. Régimen Disciplinario. El sistema de Seguridad Social del personal al servicio de las Entidades Locales.

17. Los contratos administrativos de las Entidades Locales.

18. El presupuesto de las Entidades Locales. Elaboración, aprobación y ejecución presupuestaria. Su control y fiscalización.

B) Materias especificas

a) Urbanismo.

1. El sistema Urbanístico Español. Las competencias y la legislación estatal. La legislación urbanística de Andalucía.

2. Los Planes de Sectorización. Finalidad. Contenido. Ambito de aplicación. Competencias para su aprobación y formulación.

3. El Agente urbanizador.

4. Régimen del suelo no urbanizable en la LOUA (Ley de Ordenación Urbana del Suelo de Andalucía).

5. El suelo urbano. Definición. Régimen. Tipos de suelo urbano. Condiciones de solar.

6. El suelo urbanizable. Definición. Régimen. Obras e instalaciones en suelo urbanizable.

7. El suelo no urbanizable. Definición. Régimen. Obras e instalaciones en suelo no urbanizable.

8. Significado de Plan urbanístico. Tipología de los planes. La jerarquización de los planes de urbanismo.

9. Los Planes Generales de Ordenación Urbana. Finalidad.

Contenido. Ambito de aplicación. Competencias para su formación y aprobación.

10. Los planes parciales de ordenación. Finalidad. Contenido. Ambito de aplicación. Competencias para su formulación y aprobación.

11. Los planes especiales en suelo urbano. El Plan Especial de protección del Conjunto Histórico Artístico. El Plan Especial de Reforma Interior de las Poblaciones. Los Planes Especiales en suelos no urbanizables. Planes Especiales de Protección y Planes Especiales para el establecimiento de Sistemas Generales.

12. Los estudios de detalle. Tipos. Finalidad. Contenido y ámbito de aplicación. Los catálogos.

13. Los proyectos de urbanización. Finalidad. Contenido. Ambito de aplicación y tramitación.

14. Los proyectos ordinarios de dotación e infraestructura. Finalidad, contenido y tramitación.

15. La gestión urbanística. Principios generales. Sistemas de actuación.

16. Obtención de terrenos dotacionales. Mecanismos previstos en la legislación vigente.

17. Las actuaciones aisladas en suelo urbano. Procedimientos de consecución de los terrenos.

18. Unidades de ejecución en suelo urbano. Criterios para su delimitación. Adjudicación de aprovechamientos.

19. El sistema de compensación. Constitución y facultades de la Junta. La intervención de la Administración. El proyecto de reparcelación.

20. El sistema de cooperación. Justificación de su aplicación. El protagonismo en la Administración. El proyecto de reparcelación.

21. El sistema de expropiación.

22. La Licencia Urbanística. El carácter reglado de las licencias. El silencio administrativo y su repercusión. Actos sujetos a licencias por razón de urbanismo.

23. Organización administrativa del urbanismo. Entidades urbanísticas de ámbito supramunicipal. Las Gerencias Urbanísticas Municipales. Las Sociedades constituidas por entes públicos para gestión del urbanismo. Entidades urbanísticas colaboradoras.

24. Objetivos, directrices y estrategias de desarrollo propuestas por el PGOU.

25. Clasificación y calificación del suelo en el PGOU.

26. Suelo urbano. Régimen de plazos, desarrollo y ejecución del SU en el PGOU.

27. Planes especiales y proyectos de interés previsto por el PGOU. Los Convenios Urbanísticos.

28. El aprovechamiento tipo y las áreas de reparto previstas en el PGOU.

29. Los sistemas generales y los sistemas locales en el PGOU.

30. El suelo urbanizable. Disposiciones generales y regulación. El programa de actuación del PGOU.

31. Regulación del suelo no urbanizable en el PGOU.

32. La normativa de urbanización en el PGOU. Definiciones generales. Determinaciones sobre el espacio viario, las áreas libres y las infraestructuras básicas.

33. Zonas de ordenación dispuestas por el PGOU en el suelo urbano.

b) Obra civil.

1. La función de la ingeniería de Tráfico. Planeamiento. Ordenación y regulación de la circulación. Organización de la Ingeniería de Tráfico.

2. Conceptos generales de capacidad y nivel de servicio. Intensidad, velocidad y densidad.

3. Capacidad en circulación discontinua. Indice de congestión. Factores que afectan a la capacidad de las intersecciones a nivel. Cálculo de la capacidad o intensidad de servicio y del nivel de servicio. Validez del Manual de Capacidad. Otros métodos de cálculo de la capacidad.

4. Elementos del transporte urbano. Características y análisis de la demanda. Evolución de las zonas urbanas. Factores esenciales que condicionan la demanda de transportes. El proceso de planeamiento de los transportes urbanos.

5. El Metro Ligero y el Tranvía en el transporte urbano. Coexistencia con otros tráficos rodados y con el tráfico peatonal.

6. Teoría básica del tráfico. Definición y representación gráfica del tráfico. Definiciones básicas, variables locales y momentáneas. Ecuación de continuidad. Teorías para la descripción del tráfico. Separación entre vehículos y separación de un carril. Relaciones entre velocidad, densidad, separación y velocidad.

7. Planificación a medio y largo plazo de las reglas viarias y de los sistemas de transporte urbanos. Capacidad global de la red viaria de un centro urbano. Planeamiento. Aplicación concreta al casco histórico del núcleo de Vélez Málaga.

8. Generación, atracción y distribución del tráfico o de los viajes. Tipos de viajes y modelos. Prognosis del tráfico futuro. Métodos.

9. Estaciones de transporte y centros comerciales. Viajes atraídos por el centro. Estacionamiento. Valoración crítica del estacionamiento en los núcleos de Vélez Málaga y Torre del Mar.

10. Regulación de las intersecciones por medio de semáforos. Cálculo del ciclo y reparto de tiempos. Detectores. Criterios para decidir su instalación.

11. Sistemas de semáforos. Ondas de progresión. Regulación flexible. Mallas con tiempos fijos. Sistemas centralizados.

12. Ordenación de la circulación de peatones. Pasos de peatones. Zonas escolares. Zonas peatonalizadas y de coexistencia. Obras de infraestructura específica.

13. El deterioro del Medio Ambiente: Ruido. Medida del ruido. Fuentes del ruido. Medidas contra el ruido.

14. Abastecimiento de agua a poblaciones. Conceptos generales y elementos. Dotaciones. Situaciones en el municipio de Vélez Málaga.

15. Procedimientos generales de tratamiento de las aguas potables: Procloración, aireación, clasificación, desinfección, absorción y tratamiento de los fangos.

16. La distribución de agua: Criterios. Redes ramificadas y redes de mallas. Descripción, ventajas e inconvenientes. Cálculo de redes; exposición de métodos de cálculo y pasos a seguir. Referencia a aplicaciones informáticas.

17. Depósitos de regulación y almacenamiento de agua potable. Tipologías. Optimización y diseño de depósitos. Dimensionamiento de depósitos de hormigón armado según la EH-91. Formas constructivas. Juntas de construcción.

18. Saneamiento de poblaciones: Principios generales, sistemas de evacuación, evaluación de caudales a evacuar. Tipos de secciones, estudio comparativo.

19. Redes de alcantarillado. Factores a considerar en las distintas fases de proyecto. Diseño y exposición de métodos de cálculo y pasos a seguir. Instalaciones complementarias en los alcantarillados. Pozos de registro e inspección, sumideros, aliviaderos de crecida, cámaras de descarga. Estaciones de elevación y sifones. Acometidas domiciliarias.

20. Depuración de aguas residuales: Objetivos. Conceptos generales y elementos. Principales cadenas del proceso depurador. El rendimiento de la depuración. Depuración biológica de aguas residuales.

21. Los fangos procedentes de la depuración de aguas residuales: Características y aprovechamiento. El Plan de Saneamiento Integral de la Costa del Sol-Axarquía, relativo al municipio de Vélez Málaga.

22. Los residuos y basuras urbanas. Plantas de transferencia. Plantas de tratamiento y reciclaje. Situaciones de los residuos sólidos en el municipio de Vélez Málaga.

23. Barreras arquitectónicas. Normas de accesibilidad para minusválidos en vías públicas, parques y jardines. Puentes y pasos elevados para vías urbanas.

24. Firmes flexibles en vías urbanas. Normativa. Proyecto. Tipos. Ejecución. Control de calidad. Conservación y mantenimiento.

25. Firmes rígidos en vías urbanas. Normativa. Proyecto. Tipos. Ejecución. Control de calidad. Conservación y mantenimiento.

26. Areas peatonales. Criterios de diseño para el proyecto. Tipos de pavimentos. Ejecución. Control de calidad. Conservación y mantenimiento.

27. Elementos de trazado de viales en planta. Alineaciones rectas y curvas circulares. Curvas de transición. Transición del peralte. Sobreancho en las curvas y transición al mismo. Trazado en alzado. Elementos. Acuerdos verticales.

28. Secciones transversales de calzadas y aceras. El problema de la implantación de servicios sobre y bajo rasante. Su coordinación.

29. Intersecciones y enlaces. La glorieta en zona urbana. Propuestas de implantación de glorietas en el PGOU de Vélez Málaga.

30. Ejecución e inspección de las obras de urbanización. Cadencia de ejecución. El control de las obras de urbanización. Programas de control de calidad.

31. Estructuras de contención de tierras. Definición, clasificación y acciones sobre las citadas estructuras. Diseño y dimensionamiento de muros de gravedad.

32. Diseño y dimensionamiento de muros de hormigón armado. Formas constructivas. Estructuras de suelo reforzado. Procedimiento, estabilidad interna y externa de la obra. Formas constructivas.

33. Los contratos administrativos en la esfera local. Clases. La selección del contratista en base a la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

34. Régimen jurídico de los contratos locales de obras. Acta de replanteo previa al inicio de los trabajos. El comienzo de las obras. Riesgo y ventura. Revisión de precios. Responsabilidades de las partes. Extinción del contrato.

35. Los proyectos de obras. Su autorización. Anteproyectos. Estructura de un proyecto de obra pública. Formalización. Aprobación. La tramitación de proyectos de obras en la Administración Local.

36. Los pliegos de cláusulas administrativas generales y particulares. Las normas técnicas y los pliegos de prescripciones técnicas del proyecto.

37. El replanteo. La dirección de obra. Régimen de relaciones con el contratista. Certificaciones. Modificaciones de obras y proyectos reformados. La liquidación.

38. Suspensión de las obras. Rescisión y resolución del contrato. Recepción y liquidación de la obra. Conservación durante el período de garantía.

39. Las empresas consultoras. Su personalidad para contratar con la Administración. Los contratos de asistencia. Los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas en los contratos de asistencia.

Dado en Vélez Málaga, 6 de marzo de 2006.- El Alcalde-

Presidente, Antonio Souviron Rodríguez.

AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DEL RIO Y MINAS

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