Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 86 de 09/05/2006

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Salud

RESOLUCION de 27 de abril de 2006, de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional del Servicio Andaluz de Salud, que modifica la de 24 de enero de 2006, que resuelve definitivamente el proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas de Matronas dependientes del Servicio Andaluz de Salud, notificando a los interesados afectados por dicha modificación.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

Estimados total o parcialmente, por esta Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional, los recursos potestativos de reposición interpuestos por doña M.ª José Blasco Movilla con DNI: 28.515.318, doña M.ª Paloma Hernández-Lissen Bonilla con DNI: 28.548.055, doña Manuela Hernández Guerra con DNI: 28.451.715, doña Virginia Nieto Cervera con DNI: 30.394.639, doña Encarnación Ortega Martín con DNI: 23.759.790, doña Alicia Sánchez de Medina Martínez con DNI: 27.293.259, doña M.ª de los Angeles Tambrig Franco con DNI: 32.030.396, contra la Resolución de 24 de enero de 2006 (BOJA núm. 25, de 7 de febrero) por la que se resuelve definitivamente el proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas de la categoría de Matronas, convocado por Resolución de 1 de junio de 2002 (BOJA núm. 69, de 13 de junio), procede modificar dicha Resolución de 24 de enero.

Por tanto y en uso de las atribuciones que tiene conferidas en virtud de lo dispuesto en el Decreto 136/2001, de 12 de junio (BOJA núm. 80, de 14 de julio) por el que se regulan los sistemas de selección del personal estatutario y de provisión de plazas básicas en los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud y en el Decreto 241/2004, de 18 de mayo (BOJA núm. 99, de 21 de mayo) de Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, esta Dirección

HA RESUELTO

Primero. Modicar la Resolución definitiva que resuelve definitivamente el proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas de la categoría de Matronas, en lo referente a determinados participantes que resultan afectados por dicha modificación y que se relacionan a continuación, junto a la puntuación, meses de servicios prestados, y destino definitivo.

Segundo. El cese en la plaza que, en su caso, desempeñen los participantes afectados por la presente Resolución deberá llevarse a cabo dentro de los tres días hábiles al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, iniciándose el cómputo de dicho cese a la finalización de los permisos o licencias que hayan sido concedidos a los interesados, salvo que por causas justificadas esta Dirección General acuerde motivadamente suspender el disfrute de los mismos.

Tercero. La toma de posesión de la nueva plaza deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al cese, si las plazas son de la misma localidad o Area de Salud, de diez días hábiles si cambia el Area de Salud, y de un mes si implica cambio en el Servicio de Salud de destino o si supone reingreso al servicio activo. Efectuada la toma de posesión, el plazo posesorio de los participantes afectados se considerará como de servicio activo a todos lo efectos, excepto en el supuesto de reingreso al servicio activo, percibiéndose los correspondientes haberes con cargo a la plaza de destino.

Cuarto. Si así lo permiten las necesidades del servicio, y a petición del interesado ante esta Dirección General, los plazos para efectuar la toma de posesión podrán ser prorrogados por un tiempo no superior a la mitad de su duración inicial.

Cuando algún aspirante no tome posesión de la plaza que se le hubiere adjudicado dentro de los plazos establecidos, o de las prórrogas de los mismos que legal o reglamentariamente procedan, se entenderá que solcita la excedencia voluntaria por interés particular como personal estatutario y será declarado en dicha situación por esta Dirección General. No obstante, si existen causas suficientemente justificadas, así apreciadas por esta Dirección General previa audiencia del interesado, podrá dejarse sin efecto dicha situación. En tal caso, el interesado deberá incorporarse a su destino tan pronto desaparezcan las causas que en su momento lo impidieron.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en el art. 117.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en la Ley/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 27 de abril de 2006.- El Director General, Rafael Burgos Rodríguez.

Descargar PDF