Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 89 de 12/05/2006

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. DOS DE MALAGA

EDICTO dimanante del procedimiento núm. 132/1999. (PD. 1684/2006).

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NIG: 2906742C19992000280.

Procedimiento: Otros 132/1999. Negociado: 2T.

Sobre: Tercería de dominio.

De: Doña Josefa Pérez Jiménez y doña Francisca del Rocío Pérez Jiménez.

Procurador: Sr. Eusebio Villegas Peña.

Contra: Ilurosa, S.A., Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., don Tomás Pérez Espildora, doña Francisca Jiménez Sánchez, Agaete, S.A., y Muebles de Cocina Incomueble, S.A.

Procuradoras: Sra. Osorio Quesada, Elba Leonor, Sra. Saborido Díaz, María del Carmen.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Diligencia. La extiendo, yo, el Secretario, para hacer constar que ha transcurrido más de cuatro años desde la última diligencia practicada en los presentes autos. Doy fe en Málaga, a diecinueve de mayo de dos mil cuatro.

AUTO NUM. 401

Don Manuel Ramos Villalta.

En Málaga, a diecinueve de mayo de dos mil cuatro.

H E C H O S

Unico. La última diligencia practicada en estos autos es de fecha 1.9.99 sin que posteriormente se haya instado el curso de los autos por las partes.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

Unico. Han transcurrido más de cuatro años desde la fecha en que se practicó la última diligencia en los presentes autos, sin que posteriormente se haya instado por las partes su curso ni el pleito haya quedado en suspenso por fuerza mayor o por otra causa independiente de la voluntad de las partes, por lo que según disponen los artículos 411 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil debe declararse caducada la instancia de este juicio, siendo de cuenta de cada parte las costas causadas a su instancia.

PARTE DISPOSITIVA

Se declara caducada la instancia en el presente juicio, sin hacer expresa condena en costa. Firme este auto, archívense las actuaciones.

Contra esta resolución cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado por el único motivo de haberse procedido con equivocación al declararse transcurrido el término.

Lo acuerda y firma el/la Magistrado-Juez, doy fe.

El/La Magistrado-JuezEl/La Secretario

Y como consecuencia del ignorado paradero de Tomás Pérez Espildora, Francisca Jiménez Sánchez y Muebles de Cocina Incomueble, S.A., se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Málaga a diecisiete de abril de dos mil seis.- El/La Secretario.

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