Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 91 de 16/05/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

ORDEN de 20 de abril de 2006, por la que se modifica la autorización de enseñanzas de régimen general y de régimen especial en centros docentes públicos a partir del curso escolar 2006/07.

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La implantación de nuevas enseñanzas así como la modificación de la oferta educativa de Formación Profesional para adecuarla a las nuevas demandas laborales derivadas de las necesidades de cualificación profesional de los distintos sectores productivos, requiere actualizar la autorización de enseñanzas de los centros docentes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Teniendo en cuenta los informes facilitados por las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y a propuesta de la Dirección General de Planificación y Centros, esta Consejería de Educación ha dispuesto:

Primero. Educación Secundaria Obligatoria.

1. Autorizar a los centros docentes públicos que se relacionan en el Anexo I de la presente Orden a impartir la Educación Secundaria Obligatoria a partir del curso escolar 2006/07.

2. Autorizar el traslado de las enseñanzas correspondientes a los cursos primero y segundo de la Educación Secundaria Obligatoria de los centros que figuran en el Anexo II de la presente Orden a los que, asimismo, se recogen en dicho Anexo, a partir del curso 2006/07.

Segundo. Bachillerato.

Autorizar a los centros docentes públicos que se relacionan en el Anexo III de la presente Orden a impartir el Bachillerato, en las modalidades que asimismo se recogen, a partir del curso 2006/07.

Tercero. Formación Profesional Específica.

1. Autorizar a los centros docentes públicos que se relacionan en el Anexo IV de la presente Orden a impartir los ciclos formativos de Formación Profesional Específica, que asimismo se recogen, a partir del curso escolar 2006/07.

2. Extinguir progresivamente en los centros docentes públicos que se relacionan en el Anexo V de la presente Orden los ciclos formativos de Formación Profesional Específica, que asimismo se recogen, a partir del curso escolar 2006/07.

3. Suprimir en los centros docentes públicos que se relacionan en el Anexo VI de la presente Orden los ciclos formativos de Formación Profesional Específica, que asimismo se recogen, a partir del curso escolar 2006/07.

Cuarto. Programas de garantía social.

1. Autorizar a los centros docentes públicos que se relacionan en el Anexo VII de la presente Orden a impartir los Programas de garantía social que asimismo se recogen, a partir del curso escolar 2006/07.

2. Autorizar a los centros docentes públicos que se relacionan en el Anexo VIII de la presente Orden a impartir los Programas de garantía social, por cambio del perfil profesional del que venían impartiendo, y que asimismo se recogen, a partir del curso escolar 2006/07.

Quinto. Educación de personas adultas.

1. Autorizar a los centros docentes públicos que se relacionan en el Anexo IX de la presente Orden a impartir la Educación Secundaria Obligatoria para Adultos a partir del curso escolar 2006/07.

2. Autorizar al Instituto de Educación Secundaria "Politécnico Hermenegildo Lanz", código 18004288, de Granada, a impartir las enseñanzas correspondientes al Bachillerato para Adultos, modalidad de Artes, a partir del curso escolar 2006/07.

3. Autorizar al Instituto de Educación Secundaria "Politécnico Hermenegildo Lanz", código 18004288, de Granada, a impartir las enseñanzas correspondientes al ciclo formativo de grado medio de Formación Profesional Específica para Adultos de "Carrocería", a partir del curso escolar 2006/07.

4. Extinguir progresivamente en los centros docentes públicos que se relacionan en el Anexo X de la presente Orden los ciclos formativos de Formación Profesional Específica para Adultos, que asimismo se recogen, a partir del curso escolar 2006/07.

5. Suprimir en los centros docentes públicos que se relacionan en el Anexo XI de la presente Orden los ciclos formativos de Formación Profesional Específica para Adultos, que asimismo se recogen, a partir del curso escolar 2006/07.

Sexto. Música.

Autorizar a los Conservatorios de Música que se relacionan en el Anexo XII de la presente Orden a impartir las especialidades, que asimismo se recogen, a partir del curso escolar 2006/07.

Séptimo. Artes Plásticas y Diseño.

Autorizar a la Escuela de Arte de Granada, código 18004501, a impartir el ciclo formativo de grado superior de Artes Plásticas y Diseño "Ilustración", a partir del curso escolar 2006/07.

Octavo. Idiomas.

1. Autorizar a la Escuela Oficial de Idiomas de Córdoba, código 14700213, a impartir las enseñanzas de Arabe a partir del curso escolar 2006/07.

2. Autorizar a la Escuela Oficial de Idiomas de Málaga, código 29011308, a impartir las enseñanzas de Chino a partir del curso escolar 2006/07.

Disposición final primera. Aplicación.

Se autoriza a las distintas Direcciones Generales de la Consejería de Educación a dictar cuantas normas sean precisas para la aplicación de la presente Orden, en el ámbito de sus respectivas competencias.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y tendrá efectos académicos a partir del comienzo del curso escolar 2005/06.

Disposición final tercera. Recursos.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de Reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 20 de abril de 2006

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación

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