Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 92 de 17/05/2006

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. NUEVE DE SEVILLA

EDICTO dimanante del procedimiento verbal núm. 1422/2005. (PD. 1747/2006).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

NIG: 4109100C20050042545.

Procedimiento: J. Verbal (N) 1422/2005. Negociado: 5.º.

Sobre: Reclamación daños tráfico.

De: Don Alejandro Mulero González y don Rafael Mulero Sánchez.

Procuradora: Sra. Carmen Rodríguez de Guzmán Acevedo.

Contra: Estrucon Jobaro, S.L., y Construcciones Maquedana, S.L.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento J. Verbal (N) 1422/2005, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Nueve de Sevilla a instancia de don Alejandro Mulero González y don Rafael Mulero Sánchez contra Estrucon Jobaro, S.L., y Construcciones Maquedana, S.L., sobre reclamación daños tráfico, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NUM. 73

Juez que la dicta: Don Manuel J. Hermosilla Sierra.

Lugar: Sevilla.

Fecha: Dieciséis de marzo de dos mil seis.

Parte demandante: Don Alejandro Mulero González.

Abogado:

Procurador: Doña Carmen Rodríguez de Guzmán Acevedo98.

Parte demandada: Estrucon Jobaro, S.L., y Construcciones Maquedana, S.L.

Abogado:

Procurador:

Objeto del juicio: Reclamación daños tráfico.

F A L L O

Que desestimo la demanda interpuesta por la Procuradora doña Carmen Rodríguez de Guzmán Acevedo, en nombre y representación de don Alejandro Mulero González y don Rafael Mulero Sánchez, contra la entidad Estrucon Jobaro, S.L., y Construcciones Maquedana, S.L., y absuelvo a los demandados de todos los pedimentos que se les formulan, todo ello con expresa condena en costas procesales a la parte actora.

Contra esta Resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla (artículo 455 LEC). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la entidad Estrucon Jobaro, S.L., extiendo y firmo la presente en Sevilla, 2 de mayo de 2006.- El/La Secretario.

Descargar PDF