Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 93 de 18/05/2006

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Otros. AYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR

ANUNCIO de bases.

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E D I C T O

Don Gabriel Amat Ayllón, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Roquetas de Mar (Almería), con fecha 2 de mayo del 2006,

Hace saber: Que la Junta de Gobierno Local en Sesión Ordinaria celebrada el día 24 de abril de 2006 adoptó, entre otros, el acuerdo de efectuar Convocatoria Pública para cubrir en propiedad varias plazas de Personal Laboral Fijo, Personal de Oficios, correspondientes al Plan de Empleo para el año 2006, que habrá de regirse por las siguientes:

"BASES QUE HABRAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PUBLICA PARA CUBRIR EN PROPIEDAD DIVERSAS PLAZAS DE PERSONAL LABORAL FIJO MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO POR PROMOCION INTERNA

Base I. Plazas que se convocan y dotación.

De conformidad con lo establecido en el Plan de Empleo aprobado para este Ejercicio en la sesión celebrada por la Junta de Gobierno en el día 27 de marzo de 2006, se efectúa la presente Convocatoria a fin de cubrir en propiedad las plazas que se indican mediante el sistema de concurso por promoción interna:

030.03.LC02/179 Capataz Electricidad. 1 C Vacante-Plan Empleo 2006.

030.02LD02/789 Conductor Especialista Mante. 1 D OFP2004.

030.02LD08/178 y 722 Oficial 2.ª Parque Móvil. 2 D OFP2005.

030.02.LD09/176 Oficial 1.ª Parque Móvil. 1 D OFP2005.

030.02LD23/119 Oficial 2.ª Jardinería. 1 D OFP2005.

030.02.LD24/1433 y 1486 Oficial 1.ª Jardinería. 2 D Plan Empleo 2002.

030.02.LD25/1191 Subcapataz Jardinería. 1 DN.creación-Plan Empleo 2006.

030.03.LD09/1192 Subcapataz Construcción. 1 DN.creación-Plan Empleo 2006.

030.03.LD11/195 y 1482 Oficial 1.ª Construcción. 2 D Plan Empleo 2002.

030.03.LD13/199 Oficial 2.ª Construcción. 1 D Plan Empleo 2006.

030.03.LD15/1190 Subcapataz Pintura. 1 D N.creación-Plan Empleo 2006.

030.03.LD22/726 Oficial 2.ª Pintura. 1 D OFP2005.

Las citadas plazas se encuentran dotadas con las retribuciones básicas correspondientes a los Grupos de clasificación que pertenecen y que se definen en los anexos a las presentes y las complementarias que correspondan con arreglo a la Relación de Puestos de Trabajo que este Ayuntamiento aprueba con carácter anual y régimen retributivo vigente.

Base II. Requisitos que habrán de reunir los aspirantes.

Los aspirantes habrán de reunir referido a la fecha de finalización de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ser Personal laboral Fijo de esta Entidad Local, y contar con al menos dos años de antigüedad en la categoría inmediatamente anterior a la que se opte, según se establece en cada anexo.

b) Estar en posesión o en condiciones de obtener a la fecha de finalización de presentación de solicitudes, las titulaciones académicas que se exigen para cada plaza o en su defecto tener la experiencia profesional equivalente, según se establece en los Anexos.

c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

Base III. Solicitudes.

3.1. Las solicitudes serán facilitadas en el Registro General de Entrada de este Ayuntamiento. A la solicitud se acompañará el resguardo de haber ingresado los derechos de inscripción y fotocopia compulsada de la titulación exigida para la plaza a la que se opta.

3.2. Las solicitudes dirigidas al Sr. Alcalde, se presentarán en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, después de la publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia y en el de la Junta de Andalucía.

- A través de las Oficinas de Correos, y deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de dicho organismo antes de ser certificadas.

- Y, asimismo en la forma establecida en el art. 38.4 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

3.3. Los derechos de inscripción serán de 15,00 euros, y se ingresarán en la cuenta corriente núm. 30580040302732000053, denominada "Pruebas Selectivas Ayuntamiento de Roquetas de Mar-Personal Oficios".

3.4. Los aspirantes acompañarán a sus instancias los documentos acreditativos de los méritos y servicios a tener en cuenta conforme a la base 1.4, además de enumerarlos en la solicitud. Los documentos habrán de ser originales, o en caso de presentarse fotocopias, legalizadas mediante documento notarial, debidamente compulsadas por órgano competente, previa exhibición del original, o previo el trámite establecido en el art. 38.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con la nueva redacción dada con la Ley 4/99.

Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Roquetas de Mar, se acreditarán de oficio por la Unidad de Recursos Humanos a petición del Interesado.

Los méritos o servicios a tener en cuenta, estarán referidos a la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias. Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Roquetas de Mar correspondientes a los días transcurridos desde la fecha de la certificación aportada por el aspirante hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias, se acreditarán de oficio por la Unidad de Recursos Humanos.

3.5. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

Base IV. Admisión de los aspirantes.

4.1. Terminado el plazo de presentación de instancias el Sr. Alcalde dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos así como la de excluidos, con indicación de las causas y el plazo de subsanación de defectos. En dicha resolución, que deberá publicarse en el BOP, se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos y la fecha de celebración de la Fase del Concurso.

4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión.

Base V. Tribunal Calificador.

El Tribunal Calificador de conformidad con lo establecido en el Decreto 896/1991 de 7 de junio, estará constituido por:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Vocales:

- La Concejal Delegada de Personal.

- Un representante de la Junta de Andalucía, designada por ésta.

- Un representante del Comité de Empresa.

- Un Técnico o experto designado por la Alcaldía.

- El Jefe del Servicio.

Secretario: El Secretario General del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue.

De conformidad con lo establecido en el anexo IV del RD 462/2002 de 30 de mayo de 2002, sobre indemnizaciones por razón del servicio, los Tribunales Calificadores se clasifica en las categorías que correspondan de conformidad a los grupos de clasificación en que se encuadran las plazas que se convocan y que se indican en sus anexos.

Los Vocales deberán tener titulación igual o superior a la exigida para el acceso a las plazas objeto de la Convocatoria y se designarán suplentes para cada uno de los miembros, quienes deberán reunir los mismos requisitos.

El Tribunal podrá disponer la incorporación de asesores técnicos, con voz y sin voto.

Les corresponderá dilucidar las cuestiones planteadas durante el desarrollo del proceso selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo y calificar las pruebas establecidas y no podrá proponer para su nombramiento, un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

Los miembros que lo compongan deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurran algunas de las circunstancias previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Base VI. Procedimiento Selectivo.

El sistema de selección que se establece para todas las plazas convocadas es el de Concurso por promoción interna y consistirá en la valoración de los méritos alegados y debidamente acreditados junto con la solicitud de participación en el proceso selectivo, con arreglo al Baremo que se establece.

El Orden de actuación que se establece para la baremación de las distintas solicitudes será el alfabético que resulte de comenzar el Primer Apellido por la letra "H".

BAREMO DE MERITOS QUE SE ESTABLECE

Experiencia Profesional:

- Por servicios prestados en la Administración Pública: 0,2 puntos por mes completo, hasta un máximo de 4 puntos.

- Por experiencia acreditada en las tareas de mantenimiento, reparación y conservación en los servicios de jardinería, señalización, construcción Fontanería, Construcción, Parque Móvil, Pintura y Electricidad hasta un máximo de 4 puntos.

Formación:

- La formación específica que quede suficientemente acreditada adquirida a través de cursos de formación y perfeccionamiento en los servicios de electricidad, construcción, pintura, parque móvil, fontanería, hasta un máximo de 2 puntos.

El orden de prelación lo determinará la puntuación total obtenida por cada aspirante.

Base VII. Relación de Aprobados, Presentacion de Documentos y Nombramiento.

Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal efectuará propuesta de nombramiento a favor de los aspirantes que alcancen mayor puntuación para cada una de las plazas convocadas y la elevará a la Alcaldía-Presidencia, para su nombramiento como Personal Laboral Fijo de esta Entidad Local con la categoría que corresponda.

Los aspirantes propuestos para su nombramiento en el Acta Final suscrita por el Tribunal Calificador, deberán aportar durante el plazo de 20 días naturales los documentos acreditativos de los requisitos exigidos en la convocatoria y anexo correspondiente, si bien, no será necesario aportar los documentos que obren en sus expedientes personales y administrativos.

Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de algunos de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su solicitud de participación.

Presentada en su caso la documentación y siendo ésta conforme, el Sr. Alcalde-Presidente efectuará el nombramiento a favor del aspirante propuesto con la categoría profesional que corresponda, con quien se formulará contrato de trabajo ordinario de carácter indefinido.

Base VIII. Impugnación e incidencias.

El Tribunal queda autorizado para resolver cuantas dudas e incidencias pueden presentarse y adoptar resoluciones, criterios y medidas en relación con aquellos aspectos no regulados en la presente Convocatoria, para el buen desarrollo del proceso selectivo.

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma, podrán ser impugnados por los interesados en los términos establecidos en la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

ANEXO I

Categoría profesional: Capataz Electricidad. Grupo III.

Grupo de clasificación: C.

Número de adscripción: 030.03.LC02/179.

Número de Plazas que se convocan: Una.

Otros requisitos especificos:

a) Estar en posesión o en condiciones de obtener a la fecha de finalización de presentación de solicitudes el título de Bachiller Superior, Técnico Auxiliar (formación profesional de primer segundo) o tener una experiencia profesional acreditada de 3 años.

b) Ser personal laboral del Ayuntamiento de Roquetas de Mar y contar con al menos 2 años de antigüedad en la categoría profesional de Subcapataz Electricidad.

Procedimiento de selección: De conformidad con lo establecido en la Base VI: Concurso por promoción interna:

ANEXO II

Categoría profesional: Conductor Especialista Mantenimiento. Grupo IV.

Número de adscripción: 030.02LD02/789.

Grupo de clasificacion: D.

Denominación:

Número de Plazas que se convocan: Una.

Otros requisitos especificos:

a) Estar en posesión o en condiciones de obtener a la fecha de finalización de presentación de solicitudes el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (Graduado Escolar), Técnico Auxiliar (formación profesional de primer grado) o tener una experiencia profesional acreditada de 3 años.

b) Ser personal laboral del Ayuntamiento de Roquetas de Mar y contar con al menos 2 años de antigüedad en la categoría profesional de Conductor Especialista.

Procedimiento de selección: De conformidad con lo establecido en la Base VI: Concurso por promoción interna:

ANEXO III

Categoría profesional: Oficial 2.ª Parque Móvil.

Número de adscripción: 030.02LD08/178 Y 722.

Grupo de clasificación: D.

Número de Plazas que se convocan: Dos.

Otros requisitos especificos:

a) Estar en posesión o en condiciones de obtener a la fecha de finalización de presentación de solicitudes el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (Graduado Escolar), Técnico Auxiliar (formación profesional de primer grado) o tener una experiencia profesional acreditada de 3 años.

b) Ser personal laboral del Ayuntamiento de Roquetas de Mar y contar con al menos 2 años de antigüedad en la categoría profesional de Oficial 1.ª Parque Móvil.

ANEXO IV

Categoría profesional: Oficial 1.ª Parque Móvil.

Número de adscripción: 030.02.LD09/176.

Grupo de clasificación: D.

Denominación: Oficial 2.ª.

Número de Plazas que se convocan: Una.

Otros requisitos especificos:

a) Estar en posesión o en condiciones de obtener a la fecha de finalización de presentación de solicitudes el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (Graduado Escolar), Técnico Auxiliar (formación profesional de primer grado) o tener una experiencia profesional acreditada de 3 años.

b) Ser personal laboral del Ayuntamiento de Roquetas de Mar y contar con al menos 2 años de antigüedad en la categoría profesional de Peón Servicios.

ANEXO V

Categoría profesional: Oficial 2.ª Jardinería. Grupo IV.

Número de adscripción: 030.02LD23/119.

Grupo de clasificación: D.

Número de Plazas que se convocan: Una.

Otros requisitos especificos:

a) Estar en posesión o en condiciones de obtener a la fecha de finalización de presentación de solicitudes el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (Graduado Escolar), Técnico Auxiliar (formación profesional de primer grado) o tener una experiencia profesional acreditada de 3 años.

b) Ser personal laboral del Ayuntamiento de Roquetas de Mar y contar con al menos 2 años de antigüedad en la categoría profesional de Oficial 1.ª.

ANEXO VI

Categoría profesional: Oficial 1.ª Jardinería. Grupo IV.

Número de adscripción: 030.02.LD24/1433 y 1486.

Grupo de clasificación: D.

Número de Plazas que se convocan: Dos.

Otros requisitos especificos:

a) Estar en posesión o en condiciones de obtener a la fecha de finalización de presentación de solicitudes el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (Graduado Escolar) , Técnico Auxiliar (formación profesional de primer grado) o tener una experiencia profesional acreditada de 3 años.

b) Ser personal laboral del Ayuntamiento de Roquetas de Mar y contar con al menos 2 años de antigüedad en la categoría profesional de Peón de Servicios.

ANEXO VII

Categoría profesional: Subcapataz Jardinería. Grupo IV.

Número de adscripción: 030.02.LD25/1191.

Grupo de clasificación: D.

Número de Plazas que se convocan: Una.

Otros requisitos especificos:

a) Estar en posesión o en condiciones de obtener a la fecha de finalización de presentación de solicitudes el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (Graduado Escolar), Técnico Auxiliar (formación profesional de primer grado) o tener una experiencia profesional acreditada de 3 años.

b) Ser personal laboral del Ayuntamiento de Roquetas de Mar y contar con al menos 2 años de antigüedad en la categoría profesional de Oficial 1ª.

ANEXO VIII

Categoría profesional: Subcapataz Construcción. Grupo IV.

Número de adscripción: 030.03.LD09/1192.

Grupo de clasificación: D.

Número de Plazas que se convocan: Una.

Otros requisitos especificos:

a) Estar en posesión o en condiciones de obtener a la fecha de finalización de presentación de solicitudes el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (Graduado Escolar), Técnico Auxiliar (formación profesional de primer grado) o tener una experiencia profesional acreditada de 3 años.

b) Ser personal laboral del Ayuntamiento de Roquetas de Mar y contar con al menos 2 años de antigüedad en la categoría profesional de Oficial 2.ª.

ANEXO IX

Categoría profesional: Oficial 1.ª Construcción. Grupo IV.

Número de adscripción: 030.03.LD11/195 y 1482.

Grupo de clasificación: D.

Número de Plazas que se convocan: Dos.

Otros requisitos especificos:

a) Estar en posesión o en condiciones de obtener a la fecha de finalización de presentación de solicitudes el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (Graduado Escolar), Técnico Auxiliar (formación profesional de primer grado) o tener una experiencia profesional acreditada de 3 años.

b) Ser personal laboral del Ayuntamiento de Roquetas de Mar y contar con al menos 2 años de antigüedad en la categoría profesional de Oficial 2ª de Construcción.

ANEXO X

Categoría profesional: Oficial 2.ª Construcción. Grupo IV.

Número de adscripción: 030.03.LD13/199.

Grupo de clasificación: D.

Número de Plazas que se convocan: Una.

Otros requisitos especificos:

a) Estar en posesión o en condiciones de obtener a la fecha de finalización de presentación de solicitudes el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (Graduado Escolar), Técnico Auxiliar (formación profesional de primer grado) o tener una experiencia profesional acreditada de 3 años.

b) Ser personal laboral del Ayuntamiento de Roquetas de Mar y contar con al menos 2 años de antigüedad en la categoría profesional de Peón de Servicios.

ANEXO XI

Categoría profesional: Subcapataz Pintura. Grupo IV.

Número de adscripción: 030.03.LD15/1190.

Grupo de clasificación: D.

Número de Plazas que se convocan: Una.

Otros requisitos especificos:

a) Estar en posesión o en condiciones de obtener a la fecha de finalización de presentación de solicitudes el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (Graduado Escolar), Técnico Auxiliar (formación profesional de primer grado) o tener una experiencia profesional acreditada de 3 años.

b) Ser personal laboral del Ayuntamiento de Roquetas de Mar y contar con al menos 2 años de antigüedad en la categoría profesional de Oficial 1.ª Pintura.

ANEXO XII

Categoría profesional: Oficial 2.ª Pintura. Grupo IV.

Número de adscripción: 030.03.LD22/726.

Grupo de clasificación: D.

Número de Plazas que se convocan: Una.

Otros requisitos especificos:

a) Estar en posesión o en condiciones de obtener a la fecha de finalización de presentación de solicitudes el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (Graduado Escolar), Técnico Auxiliar (formación profesional de primer grado) o tener una experiencia profesional acreditada de 3 años.

b) Ser personal laboral del Ayuntamiento de Roquetas de Mar y contar con al menos 2 años de antigüedad en la categoría profesional de Peón de Servicios.

Lo que se hace público para general conocimiento y a los efectos indicados.

Roquetas de Mar, 2 de mayo del 2006.- El Alcalde-Presidente, Gabriel Amat Ayllón.

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