Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 98 de 24/05/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 24 de abril de 2006, de la Delegación del Gobierno de Málaga, por la que se dispone la publicación del trámite de subsanación de la documentación presentada por las entidades sin ánimo de lucro solicitantes de las subvenciones convocadas mediante la Orden que se cita.

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Vista la Orden de 8 de febrero de 2006, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones para programas e infraestructuras destinadas al arraigo, la inserción y la promoción social de personas inmigrantes dirigidas a Entidades sin ánimo de lucro y de acuerdo con los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. En la Disposición mencionada se establecen el lugar y plazo de presentación de solicitudes, así como la documentación a aportar por las Entidades Locales.

Segundo. Comprobadas las solicitudes presentadas en plazo por las entidades sin ánimo de lucro que se indican mediante Anexo a la presente, así como la documentación aportada por las mismas, se observa que los documentos que se relacionan para cada Entidad solicitante no figuran en el expediente o bien han de subsanarse en el sentido que exige la Orden de convocatoria.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

I. El artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero) regula el trámite de subsanación y mejora de las solicitudes presentadas por los interesados.

II. La Orden reguladora, en relación con lo dispuesto en el artículo 11.4 del Reglamento de subvenciones, aprobado por el Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, establece que si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos o no se acompañasen los documentos preceptivos, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos.

III. El artículo 59.5.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, dispone la publicación de los actos integrantes de un procedimiento selectivo o de concurrencia competitiva de cualquier tipo.

A la vista de lo anteriormente expuesto,

R E S U E L V O

1. Requerir a cada una de las entidades sin ánimo de lucro indicadas en el Anexo para que en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOJA del presente acto, remitan a la Delegación del Gobierno de Málaga la documentación preceptiva señalada en el mismo, necesaria para la oportuna tramitación del expediente, teniéndole, en caso contrario, por desistido de su solicitud, previa resolución que se dictar al efecto de conformidad con lo establecido por el artículo 42.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

2. Ordenar la publicación del presente acto en el tablón de anuncios de la Delegación del Gobierno de Málaga y en el BOJA.

Málaga, 24 de abril de 2006.- El Delegado del Gobierno, José Luis Marcos Medina.

RELACION DE DOCUMENTOS

1.Documentación acreditativa de la representación de quien suscribe la solicitud.

2.DNI/NIF del representante legal, copia cotejada.

3.CIF de la entidad solicitante, copia cotejada.

4.Acreditación de estar legalmente constituida.5.Certificado de la entidad bancaria que acredite la titularidad de la cuenta.

6.Certificación del Secretario de la entidad, con el Vº Bº del Presidente en el que se acredite el compromiso de financiar una parte del presupuesto.

7.Memoria detallada con la descripción del proyecto a desarrollar, reflejando el coste total del mismo y de cada una de las actividades.

8.Compromiso de adhesión de cada una de las entidades coorganizadoras.

9.Memoria de la inversión a realizar con presupuesto detallado.

10.Declaración expresa responsable de que los bienes objeto de subvención serán destinados a la finalidad que sirvió de fundamento a la solicitud, durante siete años para bienes inscribibles en Registro Público y cuatro para el resto.

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