Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 99 de 25/05/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 10 de mayo de 2006, de la Delegación del Gobierno de Cádiz, por la que se dispone la publicación del trámite de subsanación de la documentación presentada por las Entidades sin ánimo de lucro solicitantes de las subvenciones convocadas mediante la Orden que se cita.

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Vista la Orden de 8 de febrero de 2006, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones para programas e infraestructuras destinados al arraigo, la inserción y la promoción social de personas inmigrantes dirigidas a Entidades sin ánimo de lucro y Universidades en el ámbito de las competencias de la Dirección General de Coordinación de Políticas Migratorias y se efectúa su convocatoria para el año 2006 (BOJA núm. 36, de 22 de febrero de 2006) y en base a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. En la disposición mencionada se establecen el lugar y plazo de presentación de solicitudes, así como la documentación a aportar por las Entidades sin ánimo de lucro solicitantes.

Segundo. Comprobadas las solicitudes presentadas en plazo por las Entidades sin ánimo de lucro, que se indican mediante Anexo a la presente, así como la documentación aportada por las mismas, se observa que los documentos que se relacionan para cada entidad solicitante no figuran en el expediente o bien han de subsanarse en el sentido que exige la Orden de convocatoria.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

I. El artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo, regula el trámite de subsanación y mejora de las solicitudes presentadas por los interesados.

II. La Orden de la Consejería de Gobernación de 8 de febrero de 2006 establece en su artículo 9, que si las solicitudes adolecieran de defectos o resultasen incompletas, se requerirá a los interesados para que en el plazo de 10 días subsanen las faltas o acompañen los documentos preceptivos, así como que los requerimientos de subsanación de errores que deban ser realizados se publicarán en los tablones de anuncios de la Consejería de Gobernación y de las Delegaciones del Gobierno correspondientes a los domicilios de las entidades solicitantes, publicándose, asimismo, un extracto del contenido del acto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).

III. El artículo 59.5.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, dispone la publicación de los actos integrantes de un procedimiento selectivo o de concurrencia competitiva de cualquier tipo.

A la vista de lo anteriormente expuesto,

RESUELVO

Primero. Requerir a cada una de las Entidades sin ánimo de lucro indicadas en el Anexo para que en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOJA de presente acto, remitan a esta Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Cádiz la documentación preceptiva señalada en el mismo, necesaria para la oportuna tramitación del expediente, teniéndole, en caso contrario, por desistido de su solicitud, previa resolución que se dictará al efecto de conformidad con lo establecido por el artículo 42.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Segundo. Ordenar la publicación del presente acto en el BOJA, indicando que se encuentra expuesto en el tablón de anuncios de la Consejería de Gobernación y en las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía en la provincia donde tenga su sede la entidad solicitante.

1. DNI/CIF del/la representante legal.

2. Documentación acreditativa de la representación o apoderamiento.

3. Acreditación de estar constituida legalmente.

4. Tarjeta del CIF de la entidad solicitante.

5. Certificado de la entidad bancaria que acredite la titularidad de la cuenta a través de la cual se tramitará la subvención.

6. Datos de entidades coorganizadoras en proyectos en red.

7. Expresión de las vías de cofinanciación manifestadas.

8. Declaración expresa responsable de que los objetos subvencionados serán destinados a la finalidad que sirvió de fundamento a la solicitud.

9. No existe coincidencia de suma de facturas con lo solicitado o entre la subvención solicitada y los Anexos.

Cádiz, 10 de mayo de 2006.- El Delegado del Gobierno, José Antonio Gómez Periñán.

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