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Al amparo de la Orden de 9 de noviembre de 2006, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de turismo, modalidad IV, de fortalecimiento del tejido empresarial para el año 2007, dirigida a Asociaciones Turísticas de ámbito regional o supraprovincial, esta Dirección General hace público lo siguiente:
Primero. Mediante la Resolución de 8 de mayo de 2007 se ha declarado la inadmisión de solicitudes de subvención presentadas por Asociaciones Turísticas al amparo de la citada Orden reguladora, por su presentación extemporánea o por incumplimiento de las condiciones subjetivas u objetivas exigidas.
Segundo. El contenido íntegro de dicha Resolución, junto con la relación de los afectados, estará expuesto en el tablón de anuncios de los Servicios Centrales de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, sitos en la calle Juan Antonio de Vizarrón, s/n (41092-Sevilla), en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de la Consejería y en la página web www.juntadeandalucia.es/turismocomercioydeporte, a partir del mismo día de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tercero. Los plazos establecidos en dicha Resolución se computarán a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 8 de mayo de 2007.- El Director General, José Antonio Espejo Gutiérrez.
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