Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 105 de 29/05/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

Resolución de 9 de mayo de 2007, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se resuelve inscribir colectivamente con carácter genérico, en el Catálogo General de Patrimonio Histórico Andaluz, de cuatro bienes inmuebles del movimiento moderno de la provincia de Cádiz.

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I. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía para Andalucía, establece en su artículo 10.3.3.º que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes con el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico. Para ello, el artículo 37.18.º preceptúa que se orientarán las políticas públicas a garantizar y asegurar dicho objetivo básico mediante la aplicación efectiva, como principio rector, de la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico, y artístico de Andalucía; estableciendo a su vez el artículo 68.3.1º que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva sobre Protección del Patrimonio Histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28.ª de la Constitución Española.

En ejercicio de la competencia atribuida estatutariamente, el Parlamento de Andalucía aprobó la Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, en la que, entre otros mecanismos de protección, se crea el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como instrumento para la salvaguarda de los bienes en él inscritos, su consulta y divulgación, atribuyéndosele a la Consejería de Cultura la formación y conservación del mismo. El artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales, referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz, siendo, de acuerdo con el artículo 5.1 del citado Reglamento, el titular de la Dirección General de Bienes Culturales el órgano competente para incoar y tramitar los procedimientos de inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz. Por Resolución de 1 de junio de 1999 (BOJA núm. 73, de 26 de junio), se delegó en las Delegaciones Provinciales la competencia para tramitar dichos procedimientos.

II. Las manifestaciones arquitectónicas construidas del Movimiento Moderno vienen siendo en Andalucía objeto de una clara línea de trabajo en el ámbito de la protección jurídica. En ella se insertan procedimientos de catalogación individuales de edificios y de catalogación genérica colectiva.

Ahora se está en situación madura para dar un nuevo paso adelante promoviendo la catalogación genérica colectiva de una serie de edificios representativos de la provincia de Cádiz identificados por el grupo de trabajo andaluz de la organización internacional DOCOMOMO. Con ello, se profundiza en ese "propósito multiplicador de la sensibilidad pública hacia una arquitectura tan presente como desconocida", como acertadamente se ha afirmado.

III. La Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, mediante Resolución de 25 de noviembre de 2005, (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, número 243, de 15 de diciembre de 2005) incoó el procedimiento para la inscripción colectiva, con carácter genérico, en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, de cuatro bienes inmuebles del Movimiento Moderno de la provincia de Cádiz.

De acuerdo con el artículo 12 del Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado mediante Decreto 19/1995, de 7 de febrero, se cumplimentaron los trámites preceptivos de audiencia al Ayuntamiento y Organismos afectados, de informe de institución consultiva (Comisión Provincial de Patrimonio Histórico con fecha 8 de marzo de 2007) y de puesta de manifiesto a los interesados.

Durante la puesta de manifiesto presentó alegaciones Endesa Distribución Eléctrica S.L. respecto a las Torres de la Luz de Puerto Real y Cádiz, las cuales fueron respondidas por la Delegación Provincial de la Consejería de Cultura.

Terminada la instrucción del procedimiento, y según lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, procede la inscripción colectiva, con carácter genérico, en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, de cuatro bienes inmuebles del Movimiento Moderno de la provincia de Cádiz.

Por lo expuesto, a tenor de las actuaciones practicadas y teniendo en cuenta las disposiciones citadas, sus concordantes y normas de general aplicación,

RESUELVO

Primero. Inscribir colectivamente, con carácter genérico, en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, cuatro bienes inmuebles del Movimiento Moderno de la provincia de Cádiz, cuya identificación y descripción figuran como Anexo a la presente Resolución.

Segundo. Instar al asiento de estos bienes inmuebles en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados.

Tercero. Ordenar que la presente Resolución se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Cultura conforme a los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Sevilla, 9 de mayo de 2007.- El Director General, Jesús Romero Benítez.

ANEXO

1. Denominación: Cine Municipal.

Localización:

Municipio: Cádiz

Dirección: Plaza del Palillero, 1.

Delimitación: Manzana 21652, parcela 04. La totalidad del edificio. Se adjunta plano de delimitación.

Descripción: El conjunto se resuelve con dos edificios imbricados; uno, con fachadas a la Plaza del Palillero, C/ Javier de Burgos y C/ Novena, contenía en origen oficinas municipales y dependencias del cine; el otro, inserto entre medianeras y con posibilidad de acceso desde la C/ Barrié, albergaba la sala de butacas.

En la fachada a la Plaza se forma un chaflán de esquinas redondeadas coronadas por dos torreones evocadores de las torres-miradores de la arquitectura histórica gaditana. Los ventanales centrales de esa fachada se desarrollan horizontalmente, en tanto el resto de los huecos se encastran entre machones produciendo efectos de verticalidad, a su vez contrarrestados por los detalles decorativos bajo las ventanas y la cornisa que remata el cuerpo central.

Antonio Sánchez Estéve, con la colaboración de los arquitectos Rafael Hidalgo y Alcalá del Olmo y Manuel Férnández-Pujol Fernández, diseñaron el inmueble que fue construido en 1936 por iniciativa municipal.

2. Denominación: Casas del Ingeniero.

Localización:

Municipio: Puerto Real

Dirección: Barrio Jarana, C.N. IV, Km 663.2.

Delimitación: Por el concepto de vivienda para ser producida en serie, se limita la protección a un ejemplar representativo de las cinco que llegaron a construirse, que mantiene prácticamente intacta su configuración originaria. La delimitación se circunscribe a la parcela indicada en el plano que se adjunta. Manzana 59397, parcela 07.

Descripción: Las Casas del Ingeniero responden al sistema llamado "vivienda Vicam", ideado como patente industrial por el ingeniero Luffini y llevado a proyecto arquitectónico por Joaquín Barquín y Barón en 1955.

El tipo es una vivienda unifamiliar aislada, de planta circular y alzado semiesférico, que alberga en 50,24 metros cuadrados de superficie, salón, cocina, baño y tres dormitorios, articulados alrededor de un pasillo circular situado en el centro de la circunferencia que describe la planta de la casa. Al exterior presenta ventanas distribuidas linealmente a través del casco de la semiesfera y dos puertas. Todos los huecos están en saledizo con viseras de hormigón modelado, quedando así protegidos de las inclemencias del tiempo. En la parte superior se remata con un gorrete de aireación perforado por ocho pequeñas ventanas.

3. Denominación: Hotel Sotogrande.

Localización:

Municipio: San Roque.

Dirección: Autovía A-7, Salida 130.

Delimitación: La delimitación se restringe al perímetro del proyecto original, incluyendo la ampliación del vestíbulo rematado en muro cortina, por considerarse un espacio indivisible; sin embargo, se excluye la ampliación realizada a continuación del ala izquierda de habitaciones -vista desde el acceso-, que queda diferenciada por una puerta divisoria al final de la galería. Manzana 23857, parcela 04 (parcialmente). Se adjunta plano de delimitación.

Descripción: El Hotel Sotogrande dibuja una planta en la cual, a partir de un espacio central destinado a recepción y servicios, surgen dos amplias alas formadas por estancias independientes destinadas a habitaciones. Estas habitaciones se van desplegando de forma escalonada adaptándose a la topografía y buscando el control de la fuerte irradiación solar mediante la reducción de los huecos y la profundidad de los alojamientos que, por otra parte, cuentan con pequeñas parcelas ajardinadas independientes para permitir a los ocupantes disfrutar con privacidad del aire libre.

El alzado, en una sola altura, se adapta mediante terrazas a los desniveles del terreno observándose una sección con variada gama de soluciones constructivas. Las cubiertas inclinadas de tejas y los paramentos blancos constituyen discretas referencias a lo local.

El arquitecto madrileño José Antonio Corrales Gutiérrez realizó el Hotel entre los años 1963 y 1965.

4. Denominación: Torres de la luz.

Localización:

Municipio: Puerto Real y Cádiz.

Dirección: Zona industrial de Trocadero (Puerto Real) y zona militar de Puntales (Cádiz).

Delimitación: Las dos torres completas, incluyendo los basamentos de sustentación de hormigón armado. Cádiz, Torre de Puntales: manzana 52399, parcela 02. Puerto Real, Torre de Matagorda: suelo público sin definición catastral. Se delimitan en ortofoto adjunta.

Descripción: Se trata de dos torres situadas a ambos lados de la embocadura de la bahía interior de Cádiz, que permiten el tendido de cables de conducción eléctrica desde la Central Térmica de Cádiz hasta la red general.

El aspecto exterior que presentan las torres

de 156 metros de altura la de Cádiz y de 160 la de Puerto Real

, es el de un mástil hueco de forma troncocónica cuyos perfiles dibujan una suave curvatura desde la cúspide, de 6 metros de diámetro, hasta la base, de 20,70 metros. Descansan sobre un basamento de hormigón armado y precomprimido y se coronan por un travesaño de perfil romboidal que sostiene el cableado de alta tensión que corre de torre a torre. Están construidas con un ensamblaje de piezas metálicas galvanizadas que dibujan a partir de líneas verticales, horizontales y diagonales, una retícula de rombos inscritos en rectángulos. En el interior, una escalera helicoidal recorre todo el mástil permitiendo ascender al travesaño superior.

El diseño es del ingeniero italiano Alberto Toscano y su fabricación igualmente italiana. Se hicieron en 1955 y fueron adquiridas por el Instituto Nacional de Industria.

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