Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 109 de 04/06/2007

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. Ayuntamientos

Anuncio de 16 de mayo de 2007, del Ayuntamiento de Ronda, Patronato Municipal Sociocultural, de bases para la selección de personal laboral fijo.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

CONVOCATORIA DE BASES GENERALES QUE HAN DE REGIR LA PROVISION DE LAS PLAZAS VACANTES EN LA PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL FIJO DEL PATRONATO MUNICIPAL SOCIO-CULTURAL Y DE EDUCACION DE RONDA, INCLUIDAS EN LA OFERTA DE EMPLEO PUBLICO DEL AÑO 2000, 2001, 2002, 2004 y 2005

BASES GENERALES

Primera. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión de las plazas vacantes en la plantilla de personal laboral fijo del Patronato Municipal Socio-Cultural y de Educación de Ronda, aprobadas en la Junta Rectora de este Patronato, celebrada el 29 de marzo de 2007, convenientemente dotadas presupuestariamente y previstas en la oferta de empleo público del año 2000, 2001, 2002, 2004 y 2005 y en la correspondiente relación de puestos de trabajo, que figuran en los Anexos de las presentes bases, mediante el sistema de Concurso.

Serán de aplicación preferente las disposiciones específicas de cada convocatoria que figuren en los anexos cuando contengan previsiones diferentes a las reguladas en estas Bases Generales.

Motivación: El artículo 12 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, prevé con carácter general la oposición como sistema de ingreso en la función pública local, el mismo artículo permite acudir al concurso cuando por la naturaleza de las plazas o de las funciones a desempeñar resulte más adecuado este sistema de selección.

En este caso, la operatividad de los puestos de trabajo en que se encuadran las plazas ofertadas exige su desempeño por personal que acredite una formación y experiencia ya adquiridas al objeto de contribuir a la agilización del funcionamiento de los servicios municipales así como al objeto de evitar paralizaciones indebidas en el desarrollo de la normal actividad de las mismas lo que afectaría globalmente al funcionamiento de este Patronato.

Segunda. Legislación aplicable.

Las presentes bases se regirán por lo dispuesto en la Ley 7/85 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, Ley 42/94 de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, el RD Lg. 781/86 de 18 de abril, restante normativa en vigor en esta materia y Estatutos del Patronato Municipal Socio-Cultural y de Educación de Ronda, así como a lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores.

Tercera. Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitido a la realización de los procesos selectivos, los aspirantes deberán reunir en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos generales, además en los anexos de cada convocatoria:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea en los términos de la Ley 17/93, de 23 de diciembre, y demás normativa de desarrollo. Además, también podrán aspirar a la plaza, los extranjeros residentes en España, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 de la LO 4/2000 de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, modificada por la LO 8/2000 de 22 de diciembre.

b) Tener cumplidos dieciocho años de edad, y no haber alcanzado la edad de jubilación.

c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones. No obstante, las convocatorias no establecen exclusiones por limitaciones psíquicas o físicas, sino en los casos en que sean incompatibles con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.

d) No haber sido sancionado con separación del servicio o despido disciplinario de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

e) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad establecidos en la legislación vigente.

f) Estar en posición o en condiciones de obtener los títulos exigidos para el ingreso en los grupos que se especifican en los correspondientes anexos de la presente convocatoria.

Cuarta. Solicitudes.

Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia que se facilitará en la Secretaría del Patronato Municipal Socio-Cultural y de Educación de Ronda, sito en Plaza de la Merced núm. 2 de Ronda, dirigidas al Sr. Presidente del mencionado Patronato, y presentadas en el Registro General del mismo o conforme a lo dispuesto en el art. 38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, acompañadas de fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad, y debiendo consignar en ambos casos el nombre del aspirante y la convocatoria a que se refiere.

El plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Durante el plazo de presentación de instancias se adjuntarán a las mismas los documentos acreditativos de los méritos y servicios a tener en cuenta, debiendo estar éstos referidos a la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias. Los documentos serán originales o fotocopias compulsadas.

Los derechos de examen, previstos en la Ordenanza Fiscal Municipal, se indican en los anexos correspondientes. El pago de las respectivas cuantías se efectuará dentro del plazo de presentación de solicitudes, mediante ingreso o transferencia en la cuenta corriente de este Patronato Municipal Sociocultural y de Educación de Ronda, de Unicaja 2103 0166 31 0230000067, o por giro postal o telegráfico, dirigido a la propia Intervención del Patronato, sita en Plaza de la Merced núm. 2 "Casa de la Cultura", planta baja 29400 Ronda (Málaga), en el ingreso debe indicarse el NIF, NIE o núm. de pasaporte, así como el nombre y apellidos del aspirante, así como de la plaza a la que opta. A la solicitud de participación en la respectiva convocatoria el/la aspirante deberá adjuntar resguardo del ingreso en la oficina bancaria, validado por está, o del giro postal , según proceda.

Quinta. Admisión de aspirantes.

Terminado el plazo de presentación de instancias, por la Presidencia del Patronato se dictará Resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de las causas, que se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, y en el tablón de edictos del Patronato, en la que se concederá un plazo de diez días para que los aspirantes excluidos subsanen los defectos que hayan motivado su exclusión y resulten subsanables.

En dicho anuncio se determinará igualmente el lugar, fecha y hora de comienzo del concurso, así como la composición de los tribunales.

Transcurrido dicho plazo, las reclamaciones, si las hubiera, serán aceptadas o rechazadas en resolución que dicte el Sr. Presidente del Patronato, declarando aprobadas las listas definitivas de admitidos/as y excluidos/as. Estas se harán públicas en el tablón de anuncios de este Patronato.

En el supuesto de que por circunstancias excepcionales se hubiese de modificar el lugar, fecha u hora de celebración de la fase de Concurso, deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia.

Sexta. Tribunal Calificador.

Los Tribunales de selección, de acuerdo con la normativa aplicable y por lo dispuesto en los Estatutos del Patronato Municipal Socio-Cultural y de Educación de Ronda, tendrán la siguiente composición:

Presidente: El Presidente del Patronato, o miembro de la Junta Rectora en quien delegue.

Secretario: El del Patronato o personal Técnico/a del Patronato en quien delegue, con voz pero sin voto.

Vocales:

- Un/a representante de los grupos políticos de la oposición en la Junta Rectora del Patronato.

- Un técnico/a del Patronato designado por el/la Presidente/a.

- El Director/a-Gerente del Patronato, o persona en quien delegue.

- Un/a representante de la Junta de Andalucía, nombrado por la Consejería de Gobernación.

- Un/a representante de los trabajadores designado por el Comité de Empresa.

Junto a los titulares se nombrarán suplentes en igual número y con los mismos requisitos.

En la composición de los tribunales se velará por el cumplimiento del principio de especialidad de sus miembros, en base al cual la totalidad de los Vocales deberá tener un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en el Cuerpo o Escala de que se trate.

Corresponde al Tribunal el desarrollo y calificación del Concurso.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente, el Secretario, y la mitad al menos de los Vocales, pudiendo acudir indistintamente titulares o suplentes.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a las sesiones de asesores especialistas, para la valoración de méritos, títulos y servicios, limitándose los asesores a colaborar con el Tribunal según su especialidad técnica pero sin voto.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/1992 o hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a cualquier tipo de pruebas selectivas de acceso al servicio de la Administración Pública en los cincos años anteriores a la publicación de esta convocatoria. La composición del Tribunal se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga y en el tablón de anuncios del Patronato.

Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria.

Las dudas o reclamaciones que puedan originarse en la aplicación o interpretación de las bases de esta convocatoria, así como todo lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltos por el Tribunal sin apelación alguna. Las decisiones se adoptan por mayoría de votos de los presentes, y en caso de empate resuelve con voto de calidad el Presidente.

Séptima. Procedimiento selectivo.

El proceso selectivo se efectuará por el sistema de concurso y constará de dos fases: valoración de méritos y entrevista curricular.

Fase I: Valoración de méritos.

El Tribunal, se reunirá y realizará la fase del concurso. El Tribunal valorará los méritos alegados, documentalmente justificados por los aspirantes junto con la instancia, con arreglo a los Baremos de Méritos contenidos en los anexos de las presentes Bases, correspondientes a las distintas plazas.

Los méritos profesionales deberán ser acreditados mediante contrato de trabajo visado por el Servicio Público de Empleo correspondiente, acompañado si procede, de certificación expedida por el organismo público competente donde hubiere prestado los servicios, junto con informe de vida laboral de la Seguridad Social.

Los méritos académicos se acreditarán con la aportación del título bien sea original o copia compulsada del mismo o resguardo acreditativo del abono de los derechos de expedición del título.

La participación en cursos, jornadas, seminarios..., se acreditará mediante la aportación en original o copia compulsada del diploma o certificado de asistencia expedido por el órgano o centro convocante. Cuando la organización de los mismos hubiese estado a cargo de una entidad privada en colaboración con las Administraciones Públicas, deberá acreditarse documentalmente.

Sólo se valorarán aquellos méritos alegados, obtenidos, justificados y computados hasta la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias.

Fase II. Entrevista curricular.

Los aspirantes serán entrevistados por el Tribunal de selección al objeto de profundizar sobre la experiencia en el desempeño de puestos de trabajo relacionados con los que se convocan, similitud entre la formación del candidato y la requerida en los puestos y la valoración del trabajo realizado por los candidatos. La puntuación será la estipulada en los anexos contenidos en las presentes Bases.

El lugar, día, hora y orden de llamamiento de la entrevista se anunciará por el tribunal, junto con el resultado de la fase de valoración de méritos, y se publicará en el BOP de Málaga con 15 días hábiles de antelación como mínimo. Asimismo en el tablón de anuncios del Patronato se publicará con un plazo mínimo de 72 horas.

Los/as aspirantes serán convocados por llamamiento único, y será por orden alfabético de apellidos a partir del primero de la letra que resulte del sorteo público que a tal efecto se efectúe. Serán excluidos los aspirantes que no comparezcan, salvo en caso de fuerza mayor, debidamente acreditado y libremente apreciados por el Tribunal de selección.

La calificación vendrá determinada por la puntuación obtenida en el concurso más la obtenida en la entrevista.

En el caso de empate, el orden se establecerá por mayor puntuación en los méritos profesionales, y si persiste el empate, por la entrevista. Sólo en caso de que realizadas estas operaciones persista la igualdad, se dirimirá el empate mediante votación entre los integrantes del Tribunal.

Octava. Incidencias.

El Tribunal queda facultado para resolver las incidencias que se presenten y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo en todo lo no previsto en estas bases.

Novena. Impugnaciones.

La convocatoria, sus bases, y cuantos actos administrativos se deriven de éstas y de los actos del Tribunal, podrán ser impugnados en los plazos y formas establecidos en la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Décima. Relación de aprobados.

Concluido el Concurso, los Tribunales harán públicas las relaciones definitivas de aprobados, por orden de puntuación, con especificación de la obtenida por cada aspirante, en el tablón de anuncios del Patronato, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas.

Seguidamente los Tribunales elevarán dichas relaciones a la Presidencia del Patronato para que proceda al otorgamiento de los correspondientes nombramientos, sin que en ningún caso puedan proponer, para su nombramiento un número superior de aspirantes al de las plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier propuesta que contravenga este precepto.

Decimoprimera. Presentación de documentos.

En el plazo de 20 días naturales, a contar desde la publicación en el Tablón de Anuncios del Patronato de las relaciones de aprobados, los aspirantes que figuren en las mismas deberán presentar en el Departamento de Administración y Personal del Patronato, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la Base tercera, y los que se exijan, en su caso, en los anexos correspondientes a cada convocatoria.

Quienes en el plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaran la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de algunos de los requisitos señalados, no podrán ser contratados y serán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidad en que hubiera podido incurrir.

Una vez presentados todos los documentos y hallados conformes, el Presidente ordenará la contratación, en el plazo máximo de un mes, mediante contrato de trabajo fijo indefinido.

ANEXO NUM. 1

Plaza: Asesoría Jurídica del CIM.

Nivel de Titulación: Licenciado/a en Derecho.

Número de Plazas: 1.

Grupo: A.

Sistema de Selección: Valoración de Méritos y Entrevista Curricular.

Derechos de examen: 37,33 euros.

Valoración de méritos:

A) Méritos profesionales:

- Por cada mes completo de servicios prestados en la Administración Local, en plaza o puesto de igual contenido y categoría al que se opta (Asesoría Jurídica de CIM): 0,10 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en plaza o puesto de igual contenido y categoría al que se opta (Asesoría Jurídica de CIM): 0,05 puntos.

La puntuación máxima a obtener en este apartado A será de 10 puntos.

B) Formación:

- Por cada 10 horas de Cursos, realizadas u homologadas por Entidades, Instituciones, o Centros Públicos, cuyo contenido guarde relación directa con las tareas propias del puesto de trabajo al que se opta: 0,03 puntos.

El cálculo de la puntuación se realizará acumulando las horas de todos los cursos que igualen o superen en duración a las 10 horas, dividiendo el total entre 10, el cociente resultante se multiplicará por 0,03, el resto se desechará.

- Por cada asistencia a Jornadas, Encuentros, Seminarios, Congresos: 0,03 puntos.

La puntuación máxima a obtener en este apartado B será de 2,5 puntos.

Entrevista curricular.

Los aspirantes serán entrevistados por el Tribunal de selección al objeto de profundizar sobre la experiencia en el desempeño de puestos de trabajo relacionados con los que se convocan, similitud entre la formación del candidato y la requerida en los puestos y la valoración del trabajo realizado por los candidatos.

Puntuación máxima de este apartado 3 puntos.

Puntuación final:

La puntuación final será la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de valoración de los méritos y en la entrevista curricular.

ANEXO NUM. 2

- Plazas: Técnico/a Animador/a del Centro de Información Juvenil.

- Nivel de Titulación: Bachiller, Formación profesional de segundo grado o equivalente, Animador/a Sociocultural.

- Número de Plazas: 1.

- Grupo: C.

- Sistema de Selección: Valoración de Méritos y Entrevista Curricular.

Derechos de examen: 26,96 euros.

Valoración de méritos:

A) Méritos profesionales:

- Por cada mes completo de servicios prestados en la Administración Local, en plaza o puesto de igual contenido y categoría al que se opta (Técnico/a Animador/a de un Centro de Información Juvenil): 0,10 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en plaza o puesto de igual contenido y categoría al que se opta (Técnico/a Animador/a de un Centro de Información Juvenil): 0,05 puntos.

La puntuación máxima a obtener en este apartado A será de 10 puntos.

B) Formación:

- Por estar en posesión de un titulo académico superior al exigido en la convocatoria: 1 punto.

- Por cada 10 horas de Cursos, realizadas u homologadas por Entidades, Instituciones, o Centros Públicos, cuyo contenido guarde relación directa con las tareas propias del puesto de trabajo al que se opta: 0,03 puntos.

El cálculo de la puntuación se realizará acumulando las horas de todos los cursos que igualen o superen en duración a las 10 horas, dividiendo el total entre 10, el cociente resultante se multiplicará por 0,03, el resto se desechará.

- Por cada asistencia a Jornadas, Encuentros, Seminarios, Congresos: 0,03 puntos.

La puntuación máxima a obtener en este apartado B será de 2,5 puntos.

Entrevista curricular:

Los aspirantes serán entrevistados por el Tribunal de selección al objeto de profundizar sobre la experiencia en el desempeño de puestos de trabajo relacionados con los que se convocan, similitud entre la formación del candidato y la requerida en los puestos y la valoración del trabajo realizado por los candidatos.

Puntuación máxima de este apartado 3 puntos.

Puntuación Final.

La puntuación final será la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de valoración de los méritos y en la entrevista curricular.

ANEXO NUM. 3

Plaza: Conserje.

Nivel de Titulación: Certificado de Escolaridad.

Número de Plazas: 2.

Grupo: E.

Sistema de Selección: Valoración de Méritos y Entrevista Curricular.

Derechos de examen: 10,73 euros.

Valoración de méritos:

A) Méritos profesionales:

- Por cada mes completo de servicios prestados en la Administración Local, en plaza o puesto de igual contenido y categoría al que se opta (Conserje): 0,15 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en plaza o puesto de igual contenido al que se opta (Conserje): 0,07 puntos.

La puntuación máxima a obtener en este apartado A será de 10 puntos.

B) Formación:

- Por poseer una titulación superior a la exigida: 1 punto.

- Por cada 10 horas de Cursos, realizadas u homologadas por Entidades, Instituciones, o Centros Públicos, cuyo contenido guarde relación directa con las tareas propias del puesto de trabajo al que se opta: 0,03 puntos.

El cálculo de la puntuación se realizará acumulando las horas de todos los cursos que igualen o superen en duración a las 10 horas, dividiendo el total entre 10, el cociente resultante se multiplicará por 0,03, el resto se desechará.

La puntuación máxima a obtener en este apartado B será de 1 punto.

Entrevista curricular:

Los aspirantes serán entrevistados por el tribunal de selección al objeto de profundizar sobre la experiencia en el desempeño de puestos de trabajo relacionados con los que se convocan, similitud entre la formación del candidato y la requerida en los puestos y la valoración del trabajo realizado por los candidatos.

Puntuación máxima de este apartado 3 puntos.

Puntuación Final:

La puntuación final será la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de valoración de los méritos y en la entrevista curricular.

ANEXO NUM. 4

Plaza: Trabajador/a Social.

Nivel de Titulación: Diplomado/a en Trabajo Social.

Número de Plazas: 2.

Grupo: B.

Sistema de Selección: Valoración de Méritos y Entrevista Curricular.

Derechos de examen: 32,15 euros.

Valoración de méritos:

A) Méritos profesionales:

- Por cada mes completo de servicios prestados en la Administración Local, en plaza o puesto de Trabajador/a Social en los Servicios Sociales Comunitarios en prestaciones Básicas: 0,15 puntos.

Por cada mes completo de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en plaza o puesto de Trabajador/a Social en los Servicios Sociales Comunitarios en prestaciones Básicas. 0,07 puntos.

La puntuación máxima a obtener en este apartado A será de 10 puntos.

B) Formación:

- Por cada 10 horas de Cursos, realizadas u homologadas por Entidades, Instituciones, o Centros Públicos, cuyo contenido guarde relación directa con las tareas propias del puesto de trabajo al que se opta: 0,03 puntos.

El cálculo de la puntuación se realizará acumulando las horas de todos los cursos que igualen o superen en duración a las 10 horas, dividiendo el total entre 10, el cociente resultante se multiplicará por 0,03, el resto se desechará.

- Por cada asistencia a Jornadas, Encuentros, Seminarios, Congresos: 0,03 puntos.

La puntuación máxima a obtener en este apartado B será de 3,5 puntos.

Entrevista Curricular:

Los aspirantes serán entrevistados por el tribunal de selección al objeto de profundizar sobre la experiencia en el desempeño de puestos de trabajo relacionados con los que se convocan, similitud entre la formación del candidato y la requerida en los puestos y la valoración del trabajo realizado por los candidatos.

Puntuación máxima de este apartado 3 puntos.

Puntuación Final:

La puntuación final será la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de valoración de los méritos y en la entrevista curricular.

ANEXO NUM. 5

Plaza: Animador/a Sociocultural de Talleres Socioculturales.

Nivel de Titulación: Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente, Animador/a Socio-cultural.

Número de Plazas: 3.

Grupo: C.

Sistema de Selección: Valoración de Méritos y Entrevista Curricular.

Derechos de examen: 26,96 euros.

Valoración de méritos:

A) Méritos profesionales:

- Por cada mes completo de servicios prestados en la Administración Local, en plaza o puesto de igual contenido o superior categoría al que se opta, de Animador/a Socio-cultural en Programas de Talleres Socioculturales: 0,10 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en la Administración Local, en plaza o puesto de Animador/a Sociocultural: 0,04 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en plaza o puesto de igual contenido o superior categoría al que se opta, de Animador/a Socio-cultural en Programas de Talleres Socio-culturales: 0,06 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en plaza o puesto de Animador/a Sociocultural: 0,02 puntos.

La puntuación máxima a obtener en este apartado A será de 10 puntos.

B) Formación:

- Por estar en posesión de un título académico superior al exigido en la convocatoria: 1 punto.

- Por cada 10 horas de Cursos, realizadas u homologadas por Entidades, Instituciones, o Centros Públicos, cuyo contenido guarde relación directa con las tareas propias del puesto de trabajo al que se opta: 0,03 puntos.

El cálculo de la puntuación se realizará acumulando las horas de todos los cursos que igualen o superen en duración a las 10 horas, dividiendo el total entre 10, el cociente resultante se multiplicará por 0,03, el resto se desechará.

- Por cada asistencia a Jornadas, Encuentros, Seminarios, Congresos: 0,03 puntos.

La puntuación máxima a obtener en este apartado será de 4 puntos.

Entrevista curricular:

Los aspirantes serán entrevistados por el tribunal de selección al objeto de profundizar sobre la experiencia en el desempeño de puestos de trabajo relacionados con los que se convocan, similitud entre la formación del candidato y la requerida en los puestos y la valoración del trabajo realizado por los candidatos.

La puntuación máxima a obtener en este apartado será de 3 puntos.

Puntuación Final:

La puntuación final será la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de valoración de los méritos y en la entrevista curricular.

ANEXO NUM. 6

Plaza: Animador/a Sociocultural de Talleres de Juventud.

Nivel de Titulación: Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente, Animador/a Socio-cultural.

Número de Plazas: 1.

Grupo: C.

Sistema de Selección: Valoración de Méritos y Entrevista Curricular.

Derechos de examen: 26,96 euros.

Valoración de méritos:

A) Méritos profesionales:

- Por cada mes completo de servicios prestados en la Administración Local, en plaza o puesto de igual contenido y categoría al que se opta, de Animador/a Socio-cultural en Programas de Talleres de Juventud: 0,15 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en la Administración Local, en plaza o puesto de Animador/a Socio-cultural: 0,05 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en plaza o puesto de igual contenido y categoría al que se opta, de Animador/a Socio-cultural en Programas de Talleres de Juventud: 0,07 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en plaza o puesto de Animador/a Socio-cultural: 0,03 puntos.

La puntuación máxima a obtener en este apartado A será de 10 puntos.

B) Formación:

- Por estar en posesión de un título académico superior al exigido en la convocatoria: 1 punto.

- Por cada 10 horas de Cursos, realizadas u homologadas por Entidades, Instituciones, o Centros Públicos, cuyo contenido guarde relación directa con las tareas propias del puesto de trabajo al que se opta: 0,03 puntos.

El cálculo de la puntuación se realizará acumulando las horas de todos los cursos que igualen o superen en duración a las 10 horas, dividiendo el total entre 10, el cociente resultante se multiplicará por 0,03, el resto se desechará.

- Por cada asistencia a Jornadas, Encuentros, Seminarios, Congresos: 0,03 puntos.

La puntuación máxima a obtener en este apartado será de 2 puntos.

Entrevista curricular:

Los aspirantes serán entrevistados por el tribunal de selección al objeto de profundizar sobre la experiencia en el desempeño de puestos de trabajo relacionados con los que se convocan, similitud entre la formación del candidato y la requerida en los puestos y la valoración del trabajo realizado por los candidatos.

Puntuación máxima de este apartado 3 puntos.

Puntuación Final:

La puntuación final será la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de valoración de los méritos y en la entrevista curricular.

ANEXO NUM. 7

Plaza: Ayudante de Sonido y Tramoya.

Nivel de Titulación: Certificado de Escolaridad.

Número de Plazas: 1.

Grupo: E.

Sistema de Selección: Valoración de Méritos y Entrevista Curricular.

Derechos de examen: 10,73 euros.

Valoración de méritos:

A) Méritos profesionales:

- Por cada mes completo de servicios prestados en la Administración Local, en plaza o puesto de igual contenido y categoría al que se opta (Ayudante de Sonido y Tramoya): 0,20 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en plaza o puesto de igual contenido y categoría al que se opta (Ayudante de Sonido y Tramoya): 0,10 puntos.

La puntuación máxima a obtener en este apartado A será de 10 puntos.

B) Formación:

- Por poseer una titulación superior a la exigida 1 punto.

- Por cada 10 horas de Cursos, realizadas u homologadas por Entidades, Instituciones, o Centros Públicos, cuyo contenido guarde relación directa con las tareas propias del puesto de trabajo al que se opta: 0,03 puntos.

El cálculo de la puntuación se realizará acumulando las horas de todos los cursos que igualen o superen en duración a las 10 horas, dividiendo el total entre 10, el cociente resultante se multiplicará por 0,03, el resto se desechará.

La puntuación máxima a obtener en este apartado será de 1 punto.

Entrevista curricular:

Los aspirantes serán entrevistados por el Tribunal de selección al objeto de profundizar sobre la experiencia en el desempeño de puestos de trabajo relacionados con los que se convocan, similitud entre la formación del candidato y la requerida en los puestos y la valoración del trabajo realizado por los candidatos.

Puntuación máxima de este apartado 3 puntos.

Puntuación Final:

La puntuación final será la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de valoración de los méritos y en la entrevista curricular.

ANEXO NUM. 8

Plaza: Auxiliar de Ayuda a Domicilio.

Nivel de Titulación: Certificado de Escolaridad.

Número de Plazas: 2.

Grupo: E.

Sistema de Selección: Valoración de Méritos y Entrevista Curricular.

Derechos de examen: 10,73 euros.

Valoración de méritos:

A) Méritos profesionales:

- Por cada mes completo de servicios prestados en la Administración Local, en plaza o puesto de igual contenido y categoría al que se opta (Auxiliar de Ayuda a Domicilio): 0,10 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en plaza o puesto de igual contenido y categoría al que se opta (Auxiliar de Ayuda a Domicilio): 0,05 puntos.

La puntuación máxima a obtener en este apartado A será de 10 puntos.

B) Formación:

- Por poseer una titulación superior a la exigida 1 punto.

- Por cada 10 horas de Cursos, realizadas u homologadas por Entidades, Instituciones, o Centros Públicos, cuyo contenido guarde relación directa con las tareas propias del puesto de trabajo al que se opta: 0,03 puntos.

El cálculo de la puntuación se realizará acumulando las horas de todos los cursos que igualen o superen en duración a las 10 horas, dividiendo el total entre 10, el cociente resultante se multiplicará por 0,03, el resto se desechará.

La puntuación máxima a obtener en este apartado B será de 3 puntos.

Entrevista curricular:

Los aspirantes serán entrevistados por el Tribunal de selección al objeto de profundizar sobre la experiencia en el desempeño de puestos de trabajo relacionados con los que se convocan, similitud entre la formación del candidato y la requerida en los puestos y la valoración del trabajo realizado por los candidatos.

Puntuación máxima de este apartado 3 puntos.

Puntuación Final:

La puntuación final será la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de valoración de los méritos y en la entrevista curricular.

ANEXO NUM. 9

Plaza: Técnico/a de Educación.

Nivel de Titulación: Diplomado/a de EGB.

Número de Plazas: 1.

Grupo: B.

Sistema de Selección: Valoración de Méritos y Entrevista Curricular.

Derechos de examen: 32,15 euros.

Valoración de méritos:

A) Méritos profesionales:

- Por cada mes completo de servicios prestados en la Administración Local, en plaza o puesto de igual contenido y categoría al que se opta (Técnico/a de Educación): 0,20 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en plaza o puesto de igual contenido y categoría al que se opta (Técnico/a de Educación): 0,10 puntos.

La puntuación máxima a obtener en este apartado A será de 10 puntos.

B) Formación:

- Por poseer una titulación académica, aparte de la exigida, relacionada con la docencia: 1 punto.

- Por poseer titulo de postgrado, master o equivalente: 1 punto.

- Por cada 10 horas de Cursos, realizadas u homologadas por Entidades, Instituciones, o Centros Públicos, cuyo contenido guarde relación directa con las tareas propias del puesto de trabajo al que se opta: 0,03 puntos.

El cálculo de la puntuación se realizará acumulando las horas de todos los cursos que igualen o superen en duración a las 10 horas, dividiendo el total entre 10, el cociente resultante se multiplicará por 0,03, el resto se desechará.

- Por cada asistencia a Jornadas, Encuentros, Seminarios, Congresos: 0,03 puntos.

La puntuación máxima a obtener en este apartado B será de 2 puntos.

Entrevista curricular:

Los aspirantes serán entrevistados por el Tribunal de selección al objeto de profundizar sobre la experiencia en el desempeño de puestos de trabajo relacionados con los que se convocan, similitud entre la formación del candidato y la requerida en los puestos y la valoración del trabajo realizado por los candidatos.

Puntuación máxima de este apartado 3 puntos.

Puntuación Final:

La puntuación final será la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de valoración de los méritos y en la entrevista curricular.

ANEXO NUM. 10

Plaza: Técnico/a de Cultura.

Nivel de Titulación: Bachiller, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente, Animador/a Socio-cultural.

Número de Plazas: 1.

Grupo: C.

Sistema de Selección: Valoración de Méritos y Entrevista Curricular.

Derechos de examen: 26,96 euros.

Valoración de méritos:

A) Méritos profesionales:

- Por cada mes completo de servicios prestados en la Administración Local, en plaza o puesto de igual contenido y categoría al que se opta (Técnico de Cultura): 0,30 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en plaza o puesto de igual contenido y categoría al que se opta (Técnico de Cultura): 0,15 puntos.

La puntuación máxima a obtener en este apartado A será de 10 puntos.

B) Formación:

- Por poseer titulación superior a la exigida: 1 punto.

- Por cada 10 horas de Cursos, realizadas u homologadas por Entidades, Instituciones, o Centros Públicos, cuyo contenido guarde relación directa con las tareas propias del puesto de trabajo al que se opta. 0,03 puntos.

El cálculo de la puntuación se realizará acumulando las horas de todos los cursos que igualen o superen en duración a las 10 horas, dividiendo el total entre 10, el cociente resultante se multiplicará por 0,03, el resto se desechará.

- Por cada asistencia a Jornadas, Encuentros, Seminarios, Congresos: 0,03 puntos.

La puntuación máxima a obtener en este apartado B será de 2 puntos.

Entrevista curricular:

Los aspirantes serán entrevistados por el tribunal de selección al objeto de profundizar sobre la experiencia en el desempeño de puestos de trabajo relacionados con los que se convocan, similitud entre la formación del candidato y la requerida en los puestos y la valoración del trabajo realizado por los candidatos.

Puntuación máxima de este apartado 3 puntos.

Puntuación Final:

La puntuación final será la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de valoración de los méritos y en la entrevista curricular.

Ronda, 16 de mayo de 2007.- El Presidente, Daniel Angel Harillo García.

Descargar PDF