Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 110 de 05/06/2007

4. Administración de justicia

Otros. Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 14 de diciembre de 2006, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Huelva (Antiguo Mixto núm. Diez), dimanante del procedimiento de divorcio núm. 116/2005.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

NIG: 2104142C20050000559.

Procedimiento: Divorcio Contencioso (N) 116/2005. Negociado: A.

De: Doña Maria Luisa Alarcón Díaz.

Procurador/a: Sra. Rosa Borrero Canelo.

Letrado/a: Sra. Marín Domínguez, Antonia.

Contra: Don Juan Antonio Delgado Galán.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Divorcio Contencioso (N) 116/2005 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. 4 de Huelva a instancia de María Luisa Alarcón Diaz contra Juan Antonio Delgado Galán, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NUM 98/06

En Huelva, a 21 de junio de 2006.

Doña Margarita Borrego Carrión, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia Número Cuatro de esta ciudad y de su partido, ha visto, en juicio oral y público, los presentes autos de juicio verbal de divorcio contencioso núm. 116/05, seguidos a instancia de doña María Luisa Alarcón Díaz, representada por la Procuradora doña Rosa Borrero Canelo y asistida por la Letrada doña Antonia Martín Domínguez, contra don Juan Antonio Delgado Galán, en situación de rebeldía procesal.

F A L L O

Estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Borrero Canelo en nombre y representación de doña María Luisa Alarcón Díaz contra don Juan Antonio Delgado Galán, debo declarar y declaro disuelto por divorcio el matrimonio celebrado entre ambos el día 29 de octubre de 1978, con todos los pronunciamientos inherentes a tal declaración y con el mantenimiento de las medidas definitivas acordadas en la sentencia de separación.

No ha lugar a hacer especial pronunciamiento en costas.

Comuníquese la presente resolución al Registro Civil donde consta inscrito el matrimonio.

Contra esta Resolución cabe recurso de apelación, del que es competente para conocer la Ilma. Audiencia Provincial de Huelva, conforme lo dispuesto en los artículos 457 y siguientes de la Ley 1/00 de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Publicacion. La anterior Sentencia ha sido dictada y publicada por la Sra. Juez que la suscribe, estando celebrando Audiencia Pública el día de su fecha. Doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado don Juan Antonio Delgado Galán, extiendo y firmo la presente en Huelva, 14 de diciembre de 2006.-El/la Secretario.

Descargar PDF