Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 114 de 11/06/2007

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Consejería de Obras Públicas y Transportes

Anuncio de 21 de mayo de 2007, de la Delegación Provincial de Córdoba, de Certificación del Acuerdo y Normas Urbanísticas de la Subsanación de Deficiencias y Texto Refundido de la Modificación del Plan General de Ordenación Urbanística.

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El Delegado Provincial en Córdoba de la Consejería de Obras Publicas y Transportes de la Junta de Andalucía, conforme a lo dispuesto en el art. 33.2.b) de la LOUA y 132.3.b) del Reglamento de Planeamiento, considera lo siguiente:

1. Que la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba (en adelante CPOT y U.), en sesión celebrada con fecha 27 de julio de 2006, resolvió la aprobación definitiva del expediente de referencia, a reserva de la simple subsanación de deficiencias, señaladas en el apartado segundo del cuarto fundamento de derecho de la referida resolución, quedando condicionada su inscripción en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, y la publicación de las Normas Urbanísticas, en tanto no sean efectuadas y aprobadas por la Corporación Municipal, y comunicadas a esta Delegación Provincial.

2. Que con fecha 1 de marzo de 2007 tiene entrada en esta Delegación Provincial oficio del Ayuntamiento de Montilla comunicando la aprobación por el Pleno de la subsanación de deficiencias señaladas en sesión celebrada con fecha 18 de enero de 2007, y solicitando la inscripción del instrumento de referencia en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento.

3. Que la presente subsanación de deficiencias de la Modificación del Plan General de Ordenación Urbanística cumplimenta, en lo básico, el referido acuerdo de la CPOT y U., de 27 de julio de 2006, según el informe emitido por el Servicio de Urbanismo de esta Delegación Provincial.

En consecuencia se dispone lo siguiente:

Primero. Que se entienden subsanadas las deficiencias señaladas en la resolución de la CPOT y U. de 27 de julio de 2006, y cumplimentada la comunicación a esta Delegación Provincial exigida en la misma, conforme a lo dispuesto en el art. 33.2.b) de la LOUA y 132.3.b) del Reglamento de Planeamiento.

Segundo. Que se proceda a realizar el depósito e inscripción del instrumento de planeamiento en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, en la Unidad Registral de esta Delegación Provincial, de conformidad con el art. 40 de LOUA y art. 8 del Decreto 2/2004, de 7 de enero, por el que se regulan los registros administrativos de instrumentos de planeamiento, convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados, y se crea el Registro Autonómico; y una vez realizada la inscripción, se proceda a la publicación del contenido articulado de las Normas Urbanísticas del instrumento de planeamiento, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, conforme a lo previsto en el artículo 41.2 de la LOUA. En Córdoba a 17 de abril de 2007, el Delegado, Francisco García Delgado.

PUBLICACION DE NORMAS URBANISTICAS

7.2.1. Determinaciones de la innovación propuesta. Cuadro 2.

7.2.2. Determinaciones de la innovación propuesta. Capítulo IX, Título IV. Artículos:

Artículo 91.º Normas relativas a la parcelación del suelo.

1. En las parcelaciones y reparcelaciones de terrenos necesarias para el desarrollo de las "Unidades de Actuación" de uso residencial, las parcelas resultantes tendrán una superficie no menor de 80 m2 y presentarán un frente mínimo de fachada de 6 metros. Las parcelas de "Unidades" de uso industrial tendrán como mínimo 200 m2.

2. En las parcelaciones y reparcelaciones de terrenos necesarias para el desarrollo de la "Unidad de Actuación UA-9", de uso residencial, las parcelas resultantes tendrán una superficie no menor de 80 m2 y presentarán un frente mínimo de fachada de 5 metros.

Artículo 92.º Aprovechamiento urbanístico.

1. El aprovechamiento edificatorio queda reflejado en los cuadros incluidos en los planos de ordenación "Sectores y Unidades de Actuación", así como en el Título III de las presentes ordenanzas.

2. La altura máxima de la edificación será determinada en los planos de ordenación "Protección, Altura y Alineaciones de la Edificación".

3. Manteniendo la edificabilidad máxima, y previa redacción del correspondiente instrumento de planeamiento de desarrollo, se podrán reordenar volúmenes, sin que en ningún caso se puedan superar tres plantas de altura, a excepción de las unidades recayentes a la Avda. Marqués de la Vega de Armijo, a la que de forma justificada podrán recaer un máximo de 4 plantas.

7.2.3. Plazo para la aprobación definitiva del PERI.

En el plazo de un año a contar desde la Aprobación Definitiva de la presente Innovación de Planeamiento General de Montilla, habrá de ser Aprobado Definitivamente el PERI UA-9.

7.3. Cuadro comparativo de las NNSS y la innovación propuesta.

Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 94)

El PERI regulará en sus Ordenanzas un régimen transitorio para las industrias e instalaciones existentes, aplicable hasta su total desaparición.

7.4. Características de las distintas unidades de ejecución

SUPERFICIES DE LA ACTUACION

UE9-A 38.004,36 M2

UE9-B 6.632,45 M2

UE9-C 5.224,22 M2

TOTAL 49.861,03 M2

SUPERFICIES DE SUELO NETO

UE9-A 16.420,32 M2

UE9-B 3.623,01 M2

UE9-C 2.903,58 M2

TOTAL 22.946,85 M2

EDIFICABILIDAD

UE9-A 33.134,31 M2

UE9-B 8.518,25 M2

UE9-C 6.784,72 M2

TOTAL 48.437,28 M2

SUPERFICIES DE VIARIO RODADO, PEATONAL

Y APARCAMIENTOS

UE9-A 12.200,15 M2

UE9-B 2.355,57 M2

UE9-C 2.320,70 M2

TOTAL 16.876,45 M2

SUPERFICIES DE AREAS LIBRES DE DOMINIO

Y USO PUBLICO

UE9-A 3.545,15 M2

UE9-B 653,59 M2

UE9-C 0,00 M2

TOTAL 4.198,74 M2

NUMERO DE VIVIENDAS

UE9-A 257

UE9-B 66

UE9-C 50

TOTAL 373

EQUIPAMIENTO DOCENTE

UE9-A 5.759,00 M2

Córdoba, febrero de 2005.

El Arquitecto, Fdo: Francisco Gómez Díaz.

Córdoba, 21 de mayo de 2007.- El Delegado, Francisco García Delgado.

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