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En virtud de lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al intentarse notificación y no poderse practicar, podrá comparecer, ante el Servicio de Protección de Menores, sito en Cádiz, Plaza Asdrúbal, 6, Edificio Junta de Andalucía, para la notificación del contenido íntegro de la Resolución con fecha 7 de mayo de 2007 a favor del menor A.S.V.
Se le significa que contra la misma podrá interponerse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de esta capital, conforme a la Disposición Transitoria Décima de la Ley 11/81,
de 13 de mayo, por los trámites de jurisdicción voluntaria, de conformidad con la disposición adicional primera de la L.O. 1/96, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.
Cádiz, 15 de rnayo de 2007.- La Delegada, Manuela Guntiñas López.
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