Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Dando cumplimiento al artículo 7 de la Orden de 21 de abril de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en materia de voluntariado cultural, y con el fin de subsanar la documentación presentada, esta Viceconsejería acuerda hacer pública la Resolución de 22 de mayo de 2007, de requerimiento de subsanación de las solicitudes que no reúnen los requisitos exigidos o no acompañan los documentos preceptivos, cuyo contenido íntegro se encuentra expuesto en los tablones de anuncios de esta Viceconsejería y en los de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Cultura, así como en la dirección electrónica siguiente: www.juntadeandalucia.es/cultura.
El plazo para la subsanación será de diez (10) días a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 22 de mayo de 2007.- El Viceconsejero, José María Rodríguez Gómez.
Descargar PDF