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Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y al no haber sido posible la notificación personal por desconocimiento del domicilio, se hace público para conocimiento de los siguientes interesados el acuerdo de inicio de deslinde parcial:
NOMBRE | POLÍGONO | PARCELA | TÉRMINO MUNICIPAL |
Gregorio Vázquez Calvillo |
11 | 11 | VILLALUENGA DEL ROSARIO |
Mateo Vázquez Marín | 12 | 17 | VILLALUENGA DEL ROSARIO |
Miguel Rodríguez Sánchez | 12 | 20 | VILLALUENGA DEL ROSARIO |
Inés Gutiérrez Fernández | 2/13 | 2/4,17 | VILLALUENGA DEL ROSARIO |
Pedro Pérez Clotel | 14 | 6 | GRAZALEMA |
Hrdos. de Francisco Olmos Guzmán |
12 | 9 | VILLALUENGA DEL ROSARIO |
Pedro Pérez Clotel Becerra | 11 | 2 | VILLALUENGA DEL ROSARIO |
Desconocido | 5 | 3 | BENAOCAZ |
Desconocido | 3 | 12 | VILLALUENGA DEL ROSARIO |
Desconocido | 2 | 21 | VILLALUENGA DEL ROSARIO |
Desconocido | 11 | 5 | VILLALUENGA DEL ROSARIO |
La Consejera de Medio Ambiente, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía y los artículos 59 y 63 del Reglamento Forestal de Andalucía que la desarrolla y, en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, que establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Medio Ambiente, MO/00005/2007, del monte público «Grupo del Caíllo», propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía y sito en el término municipal de Cádiz, cuya parte dispositiva es la siguiente:
«1.º Se proceda a iniciar el deslinde parcial del perímetro exterior del monte público “Grupo del Caíllo”, exceptuando el tramo de colindancia entre los montes “El Reloj”, “Navazuelos Fríos y Cuesta de Fardela”, pertenecientes a esta agrupación y el monte “Sierra del Endrinal”, pertenecientes a la agrupación “Grupo del Endrinal” y el tramo de colindancia del monte “Cintillo y Agua Nueva”, pertenecientes a la agrupación que estamos deslindando y la linde de término municipal entre las localidades de Benaocaz y Villaluenga del Rosario.
2.º Encargar la redacción de la Memoria a la que alude el artículo 36 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía, al Departamento correspondiente.»
El plazo normativamente establecido para la resolución y notificación de este expediente es de dos años, transcurrido el cual sin que haya recaído resolución expresa, los interesados en el mismo podrán entender que el procedimiento ha caducado.
A fin de no causar indefensión a terceros, se le comunica que en caso de transmisión de algún derecho de los que integren su pretensión de titularidad, deberá ser comunicado a esta Delegación Provincial, informando de la tramitación del presente expediente al nuevo titular.
Para cualquier tipo de aclaración, deberá llamar al teléfono 952 154 568 ó 956 716 236, así como concertar cita para la consulta del expediente.
Cádiz, 5 de junio de 2007.- La Delegada, M.ª Gemma Araujo Morales.
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