Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 120 de 19/06/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

Resolución de 1 de junio de 2007, de la Dirección General de Función Pública, por la que se acuerda la exención de la obligación de mantener el puesto de trabajo de Secretaría-Intervención de la Mancomunidad de Municipios Río Nacimiento (Almería).

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La Mancomunidad de Municipios «Río Nacimiento» (Almería), mediante Acuerdo de fecha 23 de abril de 2007, ha solicitado de esta Dirección General de Función Pública la exención de la obligación de mantener el puesto de trabajo de Secretaría-Intervención y la acumulación de sus funciones al funcionario con habilitación de carácter nacional que ostente el cargo de Secretaría-Intervención del Ayuntamiento de Fiñana (Almería).

Se fundamenta la anterior solicitud en que en el momento de constitución de la Mancomunidad no resulta conveniente la creación del puesto de Secretaría-Intervención y, en aplicación de sus Estatutos, que sea ejercido por alguno de los titulares de los Ayuntamientos que integran la Mancomunidad.

Con este fin se ha instruido el preceptivo expediente, que ha sido tramitado de conformidad con lo dispuesto en los artículos 161 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, 4 y 31 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio.

En su virtud, al amparo de lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma, el artículo 12.1.e) del Decreto 200/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública, he tenido a bien disponer:

Primero. Se acuerda la exención de la obligación de mantener el puesto de trabajo de Secretaría-Intervención de la Mancomunidad de Municipios «Río Nacimiento» (Almería).

Segundo. Se autoriza la acumulación de las funciones del puesto de Secretaría General al funcionario con habilitación de carácter nacional que ostente el cargo de Secretaría-Intervención del Ayuntamiento de Fiñana (Almería).

Tercero. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 1 de junio de 2007.- El Director General, José Taboada Castiñeiras.

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