Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 123 de 22/06/2007

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 7 de junio de 2007, del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Málaga, dimanante del procedimiento verbal núm. 1003/2006. (PD. 2490/2007).

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NIG: 2906742C20060020223.

Procedimiento: Verbal-Desh. F. Pago (N) 1003/2006. Negociado: F.

Sobre: Reclamación de rentas.

De: Don Jaickishin Wadhumal Balani.

Procurador: Sr. Enrique Carrión Mapelli.

Letrado: Sr. José Alberto González Hidalgo.

Contra: Don Gabriel Joaquín Mellado Madariaga.

EDICTO

CéDULA DE NOTIFICACIóN

En el procedimiento Verbal-Desh. F. Pago (N) 1003/2006 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Málaga a instancia de Jaickishin Wadhumal Balani contra Gabriel Joaquín Mellado Madariaga sobre Reclamación de rentas, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Encabezamiento:

En la ciudad de Málaga, a veintitrés de mayo de dos mil siete.

Habiendo visto en Juicio Oral y Público, M.ª Delia del Pino Artacho, Jueza Sustituta del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de esta ciudad y su partido, los presentes autos de Juicio Verbal núm. 1.003/06, sobre Desahucio y Reclamación de Rentas, seguidos a instancia de don Jaickishin Wadhumal Balani, representado por el Procurador Sr. Carrión Mapelli y asistido del Letrado Sr. Ferrari Ojeda en sustitución, contra don Gabriel Joaquín Mellado Madariaga,

FALLO

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda formulada por el Procurador Sr. Carrión Mapelli, actuando en nombre y representación de don Jaickishin Wadhumal Balani, contra don Gabriel Joaquín Mellado Madariaga, declarando el desahucio del demandado de las siguientes fincas: 1) Vivienda sita en calle San Juan de Letrán, núm. 5, 20 D, de Málaga, 2) Plaza de aparcamiento señalada con el núm. 1, del mismo edificio, y 3) Trastero señalado con el núm. 1, del mismo edificio, y condenando a don Gabriel Joaquín Mellado Madariaga a dejar las fincas descritas libres y expeditas, a disposición del actor, bajo apercibimiento de lanzamiento e, igualmente, a que abone al actor la suma de diez mil doscientos cincuenta euros (10.250) y demás cantidades devengadas a la fecha en que se haga efectiva la entrega de las fincas y con imposición de las costas causadas en este procedimiento.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial, que se hará por escrito ante este Juzgado en el término de cinco días, desde su notificación, para lo cual permanecerán los autos a disposición de las partes.

Llévese el original al libro de sentencias y expídase testimonio para incorporarlo a las actuaciones.

Así por ésta, mi Sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Gabriel Joaquín Mellado Madariaga, extiendo y firmo la presente en Málaga, a siete de junio de dos mil siete.- El/La Secretario Judicial.

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