Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 125 de 26/06/2007

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 22 de mayo de 2007, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Torremolinos (Antiguo Mixto núm. Seis), dimanante del procedimiento ordinario núm. 1073/2004. (PD. 2590/2007).

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NIG: 2990142C20040003300.

Procedimiento: Proced. ordinario (N) 1073/2004. Negociado: TJ.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: C.P. Urb. Huerta Alta-Finca Don Pedro.

Procurador: Sr. Ernesto del Moral Chaneta.

Contra: Don Gary Reginald French.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Proced. ordinario (N) 1073/2004 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Torremolinos (Antiguo Mixto núm. Seis) a instancia de C.P. Urb. Huerta Alta-Finca Don Pedro contra Gary Reginald French sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 119/07

En Torremolinos, a cuatro de mayo de dos mil siete.

FALL0

Que, estimando la demanda formulada por el Procurador don Ernesto del Moral Chaneta, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios «Urbanización Huerta Alta-Finca Don Pedro», contra don Gary Reginald French, en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno al expresado demandado a que satisfaga a la actora la cantidad de setenta y nueve mil setecientos ochenta euros con ochenta y dos céntimos (79.780,82 €), y ello por responsabilidad civil por los hechos concretados en el Fundamento de Derecho Tercero de la presente resolución; así como al pago de los intereses de dicha cantidad, desde la interpelación judicial hasta su completo pago, calculados al tipo de interés legal del dinero, incrementado en dos puntos a partir de la fecha de la presente resolución. Ello con expresa condena de los demandados al pago de las costas procesales causadas.

Modo de impugnación: Mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 LEC).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Notifíquese la presente resolución a las partes de este procedimiento.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

E/.

Publicación. Dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia, por la Sra. Juez que la dicta, el mismo día de su fecha, estando celebrando audiencia pública en la Sala de su Juzgado; doy fe.

Ante mí.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Gary Reginald French, extiendo y firmo la presente en Torremolinos, 22 de mayo de dos mil siete.- El/La Secretario.

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