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El artículo 2.6 de la Orden de esta Consejería de 12 de julio de 2004 (BOJA núm. 150, de 2 de agosto) delega en la Secretaría General Técnica todas las facultades que sobre bienes patrimoniales se atribuyen a la persona titular de la Consejería por la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Razones de orden técnico y de eficacia administrativa aconsejan avocar, para este caso concreto, la delegación conferida por la mencionada Orden de 12 de julio de 2004, en relación con la contratación del arrendamiento de un inmueble para la ubicación de la sede de la Delegación Provincial para la Igualdad y Bienestar Social de Sevilla, y su posterior delegación en la titular de este órgano.
En su virtud, en ejercicio de las competencias atribuidas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13 y 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
DISPONGO
Primero. Avocar la competencia para la contratación del arrendamiento de un inmueble para la ubicación de la sede de la Delegación Provincial para la Igualdad y Bienestar Social de Sevilla, y su posterior delegación en la persona titular de este órgano.
Segundo. En los actos administrativos que se adopten en virtud de la delegación de competencias que se confiere por la presente Orden se indicará expresamente esta circunstancia.
Sevilla, 12 de junio de 2007
MICAELA NAVARRO GARZÓN
Consejera para la Igualdad y Bienestar Social
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