Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 13 de 18/01/2007

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Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

Acuerdo de 10 de octubre de 2006, de la Delegación Provincial de Almería, para la notificación por edicto a don Francisco Trujillo Ruiz.

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Notificación de la Delegación Provincial para la Igualdad y Bienestar Social en Almería, de la Resolución de Ratificación de Desamparo dictada en el Expediente 352-2005-04-00177 (U.T.II), sobre protección de menores, a don Francisco Trujillo Ruiz.

De conformidad con lo dispuesto en los arts. 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habida cuenta que encontrándose don Francisco Trujillo Ruiz, en ignorado paradero, y no habiendo sido posible practicarle la precitada Notificación, se publica extracto de la Resolución dictada.

Para su conocimiento íntegro, los interesados podrán comparecer en la Delegación Provincial para la Igualdad y Bienestar Social en Almería, sita en la C/ Hernán Cortés núm. 11, de Almería:

"El Presidente de la Comisión Provincial de Medidas de Protección de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía en Almería, de conformidad con lo dispuesto en el art. 33 del Decreto 42/2002, de 12 de febrero, del Régimen de Desamparo, Tutela y Guarda Administrativa (BOJA núm. 20, de 16 de febrero de 2002), ha resuelto, con fecha 13 de octubre de 2006, la Ratificación de Desamparo del menor D.T.M. (procedimiento de desamparo 353-2006-04-000030)."

Lo que pongo en su conocimiento, a los efectos de comunicarle que contra la presente podrá formularse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de Almería por los trámites que establecen los artículos 779 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sin que sea necesario formular reclamación previa en vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 780 de la citada Ley procesal.

Para la formulación de la citada oposición ante el Juzgado de Primera Instancia, los interesados podrán solicitar ante el Ilustre Colegio de Abogados de esta ciudad, el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita regulado en la Ley 1/1996, de 10 de enero, el cual comprende, entre sus prestaciones la defensa y representación gratuitas por Abogado y Procurador en el procedimiento judicial, cuando la intervención de estos profesionales sea legalmente preceptiva, como ocurre en el presente supuesto. Si el solicitante cumpliera los requisitos que para ello establece la citada Ley, se le reconocerá tal derecho de gratuidad. En caso contrario, estará obligado a abonar los honorarios y derechos económicos ocasionados por la intervención de los profesionales designados.

Almería, 10 de octubre de 2006.- El Delegado (P.A., Dto. 21/85, de 5.2), el Secretario General, Cesare Luigi Carini Martínez).

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