Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 13 de 18/01/2007

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Anuncio de 27 de noviembre de 2006, del Ayuntamiento de Maracena, de bases para la selección de Subalterno Notificador.

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DECRETO DE ALCALDIA DE 27 DE NOVIEMBRE DE 2006 PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD COMO FUNCIONARIO DE CARRERA DE UNA PLAZA DE SUBALTERNO NOTIFICADOR VACANTE EN LA PLANTILLA DEL AYUNTAMIENTO DE MARACENA

En Maracena a 27 de noviembre de 2006.

De conformidad con el Decreto de Alcaldía de 31 de mayo de 2006 por el que se aprueba la Ampliación de la Oferta de Empleo Público para el año 2006 y publicada en el Boletín Oficial del Estado el día 5 de julio de 2006 en la que se ofertaban varias plazas vacantes en la Plantilla de este Ayuntamiento y ante la necesidad de unas Bases que han de regir el Proceso Selectivo para cubrir la mencionada plaza.

BASES QUE HAN DE REGIR EN LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE SUBALTERNO-NOTIFICADOR VACANTE EN LA PLANTILLA DEL AYUNTAMIENTO DE MARACENA

1. Plazas objeto de la convocatoria.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante el sistema concurso-oposición, según se especifica en el Anexo correspondiente, de la plaza que se relaciona en éste, encuadrada en la categoría que se especifica en el mismo y dotada con los haberes correspondientes al Grupo que igualmente se especifica con arreglo a la legislación vigente.

Esta plaza está incluida en la Ampliación de la Oferta de Empleo Público del año 2006, y conforme con el Acuerdo Regulador de las Relaciones Laborales entre la Corporación y el Personal Funcionario de Carrera, e Interino del Ayuntamiento de Maracena.

1.2. A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación la Ley 30/84; la Ley 7/85, de Bases de Régimen Local, RDL 781/86 de 18 de abril; el RD 364/95 de 10 de marzo y las Bases de la presente convocatoria, junto con el Anexo que la acompaña.

1.3. A quien le corresponda cubrir esta plaza se le encomendarán entre otras, las funciones propias del puesto y todas aquellas otras que se le encomienden por necesidades del servicio, recogidas en la Relación de Puestos de Trabajo del Excmo. Ayuntamiento de Maracena.

2. Requisitos de los candidatos.

Para tomar parte en el presente concurso-oposición, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos, de conformidad a lo dispuesto en el art. 135 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril:

a) Tener la nacionalidad española. De conformidad con lo dispuesto en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, podrán participar en el concurso-oposición los nacionales de los demás estados miembros de la Comunidad Europea, en las mismas condiciones que los aspirantes de nacionalidad española.

b) Tener cumplidos 18 años.

c) Estar en posesión del título que se indica en el Anexo que se acompaña para la plaza.

d) No haber sido separado/a, en virtud de expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.

e) No hallarse incurso/a en ninguna de las causas de incapacidad específica, conforme a la normativa vigente.

f) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

Todos los requisitos deberán reunirse hasta el último día del plazo de presentación de instancias y mantenerse durante todo el proceso selectivo. En este sentido, se podrán efectuar las comprobaciones oportunas hasta el nombramiento.

3. Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en este concurso-oposición, lo solicitarán en instancia dirigida al Alcalde-Presidente de la Corporación, según el modelo que se adjunta al final de estas Bases, en la que deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones y requisitos exigidos en la base segunda, adjuntando a la instancia fotocopia del Documento Nacional de Identidad y documentación acreditativa, debidamente compulsada, de los méritos alegados para su valoración en la fase del concurso, en su caso, así como el justificante del correspondiente ingreso de las tasas de derechos de examen.

El plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales a contar desde el siguiente al de la de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Las instancias y documentación oportunas se presentarán en días y horas hábiles, de lunes a viernes, en el Registro General de este Ayuntamiento en horario de 8.30 a 13.30 horas (Plaza de la Constitución, núm. 16 de Maracena-Granada), o en la forma prevista en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.2. Los derechos de examen quedan establecidos en 8,41 euros para el Grupo E.

No obstante, los miembros de familias numerosas que tengan reconocida tal condición y lo acrediten fehacientemente abonarán la cantidad de 6,00 euros como tasa por derechos de examen.

El pago se efectuará dentro del plazo de presentación de solicitudes, mediante ingreso en metálico en la cuenta corriente de titularidad municipal en la entidad Caja Granada 2031.0090.66.0100221685 o por Giro Postal, dirigido a la propia Tesoreria Municipal conforme se previene en la vigente Ley de Procedimiento Administrativo.

4. Admisión de Candidatos.

Expirado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, la cual será publicada en el tablón de edictos y en la Página Web del Ayuntamiento de Maracena, especificándose en su caso, la causa de exclusión.

Si alguna de las solicitudes presentadas adoleciera de algún defecto, se concederá un plazo de 10 días para subsanar las mismas, indicándose que de no hacerlo así, se le tendrá por desistido/a en su petición, con los efectos previstos en el artículo 76.1,2 y 3 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre. En el caso de que no se presente escrito de subsanación y/o reclamación o no haya ningún aspirante excluido, la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos quedará elevada automáticamente a definitiva.

En dicha resolución definitiva se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo del primer ejercicio de la oposición, así como la designación de los miembros del Tribunal, quedando expuesta la misma en el Tablón de Edictos y en la Página Web del Ayuntamiento de Maracena.

5. Tribunal Calificador.

El Tribunal Calificador, de conformidad con lo dispuesto en la legislación estará integrado por los siguientes miembros:

Presidente: El Concejal-Delegado de Personal del Ayuntamiento de Maracena o persona en quien delegue.

Vocales:

- Un Representante de la Comunidad Autónoma, designado por ésta, entre los funcionarios con igual o superior grupo de titulación que la plaza convocada.

- Un Funcionario/a elegido por los Delegados de Personal del Ayuntamiento de Maracena.

- Dos Funcionarios/as Técnicos del Ayuntamiento de Maracena designados por el Sr. Alcalde-Presidente.

- Un Concejales/as del Equipo de Gobierno.

Secretario/a: La del Ayuntamiento de Maracena, o persona en quien delegue, con voz y voto.

De conformidad con lo estipulado en el artículo 11 del RD 364/95 de 10 de marzo, los miembros del Tribunal Calificador deberán poseer un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en el Cuerpo o Escala de que se trate.

Todos los miembros titulares contarán con suplente.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de la mitad de sus miembros, además del Secretario/a y el Presidente, titulares o suplentes indistintamente, y estará facultado para resolver cualquier duda o incidente que pudiera surgir durante la celebración de las pruebas selectivas, y para tomar acuerdos y dictar cuantas normas sean precisas para el buen orden y resultado de las mismas.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, notificándolo a la autoridad convocante. Asimismo, los aspirantes podrán recusarles en la forma prevista en el artículo 29 de la citada Ley 30/1992.

El Tribunal adoptará sus decisiones por mayoría de votos, siendo el de calidad el del Presidente en caso de empate.

6. Presentación de documentos y nombramientos

6.1. Los aspirantes propuestos por el Tribunal aportarán ante la Corporación, dentro del plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la relación de aprobados en el Tablón de Edictos y en la página Web del Ayuntamiento de Maracena, los siguientes documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria:

a) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado por sentencia judicial firme.

b) Certificado médico en modelo oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni limitación física o psíquica que impida el desempeño de las tareas propias de la plaza.

6.2. La no presentación dentro del plazo fijado en la Base anterior de la documentación exigida, excepto en los casos de fuerza mayor, o cuando de la presentación de los documentos se desprenda el no cumplimiento de los requisitos de la convocatoria o supuestos de falsedad de la declaración, dará lugar a la invalidez de las actuaciones del aspirante, comportando por consiguiente, la nulidad de los actos del Tribunal en relación con el aspirante y la imposibilidad de efectuar su nombramiento, sin perjuicio de la exigencia de otras responsabilidades en que haya podido incurrir.

En este caso, la propuesta se considerará hecha a favor de los aspirantes, según orden de puntuación obtenido, que habiendo superado la totalidad de los ejercicios de las pruebas selectivas, tengan cabida en el número de plazas convocadas.

El Tribunal no podrá proponer que han superado el proceso selectivo un número de aspirantes superior a las vacantes convocadas, siendo nulas las propuestas que contravengan este límite.

6.3. El Alcalde-Presidente, una vez que los aspirantes propuestos hayan presentado la documentación acreditativa de los requisitos, procederá al nombramiento a favor de los aprobados como Funcionarios de Carrera.

6.4. El/los aspirante/s nombrado/s deberán tomar posesión en el plazo de treinta días naturales contados a partir del siguiente a aquél en que le sea notificado el nombramiento. Si no tomara posesión en el plazo indicado sin causa justificada se entenderá que renuncia a la plaza.

6.5. Quien sin causa justificada no tome posesión en el plazo indicado perderá todos los derechos derivados de la superación de las pruebas selectivas y del nombramiento conferido.

7. Norma final.

7.1. La presente Convocatoria, sus Bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de la actuación de los Tribunales, podrán ser impugnados por los interesados, en los casos y en la forma establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

7.2. Las presentes Bases, junto con la Convocatoria, se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada y el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

7.3. Los derechos de asistencia por la participación en los Tribunales Calificadores en estas pruebas selectivas se regirán por lo dispuesto en el Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, sobre indemnización por razón del servicio.

8. Procedimiento de selección.

El Procedimiento selectivo, constará de las fases y pruebas que se recogen en el Anexo que se acompaña.

ANEXO I

Denominación: Subalterno-Notificador.

Plaza: 1 (Una).

Grupo: E.

Forma de Provisión: Concurso-Oposición.

Clasificación: Escala Administración General. Subescala Subalterna.

Titulación Exigida: Certificado Escolaridad.

Procedimiento de selección:

1. El procedimiento de selección de los aspirantes será el Concurso-Oposición. Previamente a la fase de oposición, se realizará la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio.

2. La fase de concurso, constituirá el 30% de la puntuación del concurso-oposición, que será previa a la de oposición, no tendrá carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

Se puntuará con arreglo al siguiente baremo:

I. Antigüedad:

- Por los servicios prestados en la Administración Local de cualquier municipio, en puesto o plaza de igual contenido al que se opta: 0,25 puntos/mes.

No se computarán las fracciones de tiempo inferiores a un mes ni los servicios prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.

- Por los servicios prestado en cualquier Administración Pública en puesto o plaza de igual contenido al que se opta: 0,10 puntos/mes.

Será obligatorio acreditar dichos servicios mediante la correspondiente certificación expedida por el organismo competente.

En todo caso, la puntuación máxima por antigüedad será de 1,5 puntos.

II. Por la participación en cursos, seminarios, jornadas, etc.

Siempre que se encuentre relacionados con la plaza a la que se opta y sean impartidos u homologados por entidades, instituciones o centros públicos, incluidas todas las acciones formativas realizadas al amparo de los Acuerdos de Formación Continua de las Administraciones Públicas cuyo contenido guarde relación directa con las funciones propias de la plaza a la que se opta:

De 10 a 20 horas: 0,15 puntos.

De 21 a 40 horas: 0,25 puntos.

De 41 a 80 horas: 0,35 puntos.

De 81 a 100 horas: 0,45 puntos.

Más de 100 horas: 0,55 puntos.

En todo caso la puntuación máxima por cursos, seminarios, jornadas, etc, será de 1,5 puntos.

Aquellos méritos que no resulten suficientemente acreditados, de conformidad con lo establecido en esta Base, no serán tenidos en cuenta por el Tribunal Calificador.

Una vez baremados los méritos el Tribunal expondrá en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento así como en la página web del Ayuntamiento de Maracena las listas de aspirantes con las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso, concediéndoles un plazo de diez días para que formulen las reclamaciones y subsanaciones que estimen pertinentes en relación con la baremación.

Resueltas las posibles alegaciones y subsanaciones, el tribunal publicará en el tablón de anuncios así como en la página web del Ayuntamiento de Maracena, la valoración definitiva de la fase de concurso.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.º G) del Acuerdo Regulador de las Relaciones Laborales entre la Corporación y el Personal Funcionario de Carrera, e Interino del Ayuntamiento de Maracena, y con el art. 44.3 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, la fase de concurso no podrá superar el 40 por ciento de la puntuación total.

3. La fase de oposición constituirá el 70% de la puntuación del concurso-oposición y consistirá en la celebración de las siguientes pruebas:

Primer ejercicio. Obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en contestar por escrito, en un tiempo máximo de 50 minutos, un cuestionario de 50 preguntas de tipo test, con tres respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada de forma errónea restará a la puntuación total 1/3 de punto.

Las preguntas en blanco ni puntúan ni restarán puntuación.

La puntuación máxima que se podrá otorgar para este ejercicio será de 10 puntos, ponderando esta puntuación a 2,5 puntos.

Se entenderá superado este ejercicio cuando una vez corregido el mismo y ponderado el resultado se obtenga una puntuación mínima de 1,25 puntos.

Las preguntas versarán sobre el programa de materias generales (temas 1 a 4) indicado en el Anexo I de esta convocatoria.

Segundo ejercicio. Obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en un supuesto práctico, contestando en un tiempo de 45 minutos, un cuestionario de 30 preguntas de tipo test, con tres respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta.

Cada pregunta contestada de forma errónea restarán a la puntuación total 1/3 de punto.

Las preguntas en blanco ni puntúan ni restará puntuación.

La puntuación máxima que se podrá otorgar para este ejercicio será de 10 puntos, ponderando esta puntuación a 2,5 puntos.

Se entenderá superado este ejercicio cuando una vez corregido el mismo y ponderado el resultado se obtenga una puntuación mínima de 1,25 puntos.

Las preguntas versarán sobre el programa de materias específicas (temas 5 a 10) indicado en el Anexo II de esta convocatoria.

Tercer ejercicio. Obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en la realización de una entrevista personal realizada por los miembros del Tribunal, en el que se valorarán los conocimientos y la idoneidad de los aspirantes a la plaza a la que se opta.

El cómputo de la puntuación de la prueba se hará mediante media aritmética de las notas dadas (0 a 10 puntos) por todos los miembros asistentes del Tribunal Calificador, desechándose la nota más alta y la más baja. La puntuación final se ponderará sobre 2 puntos, que es la puntuación máxima que se puede obtener en este ejercicio.

La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones de la fase de concurso y la fase de oposición.

En caso de empate se resolverá a favor de quien haya obtenido mayor puntuación en el segundo ejercicio de la fase de oposición.

T E M A R I O

Materias Generales (Anexo I)

1. La Constitución Española de 1978. Nociones Generales.

2. La Organización Territorial del Estado. El Estatuto de Autonomía de Andalucía.

3. El municipio: elementos, organización y competencias.

4. La Provincia: organización y competencias.

Materias Especificas (Anexo II)

5. La Organización Municipal: Composición, formación y competencias de los distintas órganos.

6. El Término Municipal de Maracena: Composición y división. El Padrón Municipal de Habitantes.

7. Las notificaciones. Requisitos y formas de hacerlas. Las citaciones.

8. El funcionario Municipal: Clases, nombramiento y cese.

9. Derechos y Deberes de los funcionarios locales. Régimen disciplinario.

10. La Corporación Municipal de Maracena: Su organización.

SOLICITUD DE ADMISION A PRUEBAS SELECTIVAS

Así lo manda y firma el Sr. Alcalde don Julio M. Pérez Martín, en Marecena, 27 de noviembre de 2006, de que yo, la Secretaria General, certifico.- El Alcalde-Presidente, Julio M. Pérez Martín, la Secretaria General, Alicia E. García Avilés.

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