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expediente de subsanación de deficiencias del plan de sectorización pau peg «parque empresarial guadajoz», en el municipio de baena
publicación de certificación del acuerdo
Toma de conocimiento de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en el Procedimiento de Aprobación de Instrumentos de Ordenación Urbanística.
Expediente P-25/05: Subsanación de deficiencias del Plan de Sectorización, en el ámbito de PAU PEG «Parque Empresarial Guadajoz»; en el municipio de Baena, formulado por dicho Ayuntamiento, a instancias de Construcciones Vera, S.A., representada por don Francisco Vera Díaz.
El Delegado Provincial en Córdoba de la Consejería de Obras Publicas y Transportes de la Junta de Andalucía, conforme a lo dispuesto en el art. 33.2.b de la LOUA y 132.3.b del Reglamento de Planeamiento, considera lo siguiente:
1. Que la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba (en adelante CPOT y U.), en sesión celebrada con fecha 28 de julio de 2005, resolvió la aprobación definitiva del expediente de referencia, a reserva de la simple subsanación de deficiencias, señaladas en el apartado segundo del cuarto fundamento de derecho de la referida resolución, quedando condicionada su inscripción en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, y la publicación de las Normas Urbanísticas, en tanto no sean efectuadas y aprobadas por la Corporación Municipal, y comunicadas a esta Delegación Provincial.
2. Que con fecha 25 de noviembre de 2005 tiene entrada en esta Delegación Provincial oficio del Ayuntamiento de Baena comunicando la aprobación por el Pleno de la subsanación de deficiencias señaladas en sesión celebrada con fecha 7 de noviembre de 2005, y solicitando la inscripción del instrumento de referencia en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento.
3. Que la presente subsanación de deficiencias cumplimenta, en lo básico, el referido acuerdo de la CPOT y U., de 28 de julio de 2005, según el informe emitido por el Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo de esta Delegación Provincial.
En consecuencia se dispone lo siguiente:
Primero. Que se entienden subsanadas las deficiencias señaladas en la resolución de la CPOT y U. de 28 de julio de 2005, y cumplimentada la comunicación a esta Delegación Provincial exigida en la misma, conforme a lo dispuesto en el art. 33.2.b de la LOUA y 132.3.b del Reglamento de Planeamiento, realizándose la siguiente consideración:
Formarán parte de la ordenación estructural las determinaciones de la innovación que se recogen en el artículo 10.1.A de la LOUA.
Segundo. Que se proceda a realizar el depósito e inscripción del instrumento de planeamiento en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, en la Unidad Registral de esta Delegación Provincial, de conformidad con el art. 40 de LOUA y art. 8 del Decreto 2/2004, de 7 de enero, por el que se regulan los registros administrativos de instrumentos de planeamiento, convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados, y se crea el Registro Autonómico; y una vez realizada la inscripción, se proceda a la publicación del contenido articulado de las Normas Urbanísticas del instrumento de planeamiento en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, conforme a lo previsto en el artículo 41.2 de la LOUA. En Córdoba a 26 de junio de 2007. El Delegado Provincial, don Francisco García Delgado.
publicación normas urbanísticas
2.5. Ordenanzas.
La redacción de este Plan de Sectorización se realiza en base a todas y cada una de las determinaciones contenidas en el planeamiento de rango superior, es decir, del Plan General de Ordenación Urbana de Baena. Por tanto, el futuro Plan Parcial se remitirá en todo caso a las especificaciones contenidas en la regulación de las Normas Urbanísticas (Títulos 12, 13 y 14), tanto generales como particulares del PGOU, que definen usos, ordenanzas, terminologías y conceptos generales respecto a criterios de edificabilidades, altura de la edificación, ocupación de suelo, retranqueos, criterios de rasantes... y demás conceptos definidos en dichas Normas Generales.
El Plan de Sectorización determina una Ordenación Estructural en cuanto a la disposición de los viales (Red Viaria) y a la Calificación de las zonas definidas según los diferentes usos. El Plan Parcial desarrollará la Ordenación y Zonificación pormenorizada y, de acuerdo al PGOU, concretará y regulará los usos según las ordenanzas que él mismo detallará.
En este Sector se aplicarán las Normas del Suelo Industrial (Título 13, Cap. 10), Comercial (Título 13, Cap. 11) y Unifamiliares Aisladas UAS (Título 13, Cap. 7).
Los usos complementarios, tales como equipamientos y zonas verdes serán referidos igualmente a las Ordenanzas detalladas en el PGOU Título 13, Capítulos 12 y 13, condicionados por los parámetros urbanísticos esenciales que les otorga este Plan de Sectorización y que se concretarán en el Plan Parcial, de acuerdo al siguiente Cuadro:
PGOU DE BAENA SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO PAU PEG «PARQUE EMPRESARIAL GUADAJOZ» |
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Superficie | 922.357,03 m |
Instrumento de Planeamiento | PLAN PARCIAL DE ORDENACIÓN |
Usos Globales Uso Compatible |
INDUSTRIAL Y COMERCIAL RESIDENCIAL UNIFAMILIARES |
Intensidad edificatoria | Edificabilidad bruta: 0,60 m |
Aprovechamiento | Aprovechamiento Medio: 0,60 m |
Reservas y Dotaciones | Sistemas Locales: Según RPLS y LOUA |
Afecciones y especificaciones | Conexiones viarias con la estructura urbana, con los núcleos poblacionales de la Mancomunidad del Guadajoz y con sistemas generales. |
Programación y Gestión | Sistema de actuación: Compensación Plazo de ejecución de la urbanización: 4 años |
Córdoba, 26 de junio de 2007.- El Delegado, Francisco García Delgado. |