Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 140 de 17/07/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

Resolución de 4 de junio de 2007, de la Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de los Estatutos de la Fundación Jiennense de Tutela.

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Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Jiennense de Tutela, sobre la base de los siguientes

Antecedentes de Hecho

Primero. El 19 de abril de 2007 tuvo entrada en la Consejería de Justicia y Administración Pública escrito de doña Inmaculada Moreno Garrido, actuando en nombre de la Fundación, para la inscripción de la modificación estatutaria adoptada por su Patronato.

Segundo. Al expediente se ha aportado la siguiente documentación: copia simple de la escritura pública de adaptación de estatutos, otorgada el 18 de enero de 2007, ante la notario doña Matilde de Loma-Ossorio y Rubio, del Ilustre Colegio de Granada, registrada con el número 86 de su protocolo. La escritura pública incorpora certificación del acuerdo del Patronato de 12 de diciembre de 2006, relativo a la modificación de estatutos y su texto completo.

Tercero. La modificación estatutaria afecta a la adaptación general a la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como a sus artículos 14 y 18, relativos a la organización del patronato y al cargo de Gerente.

Fundamentos de Derecho

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre, y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segundo. Al expediente de inscripción de modificación estatutaria se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos previstos en el artículo 40 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, y en el artículo 30 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.

Tercero. Consta que la modificación estatutaria acordada por el Patronato de la Fundación fue comunicada en fecha al Protectorado de Fundaciones de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, de acuerdo con lo establecido en el artícu-
lo 40.4 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, habiendo obtenido un pronunciamiento favorable mediante Resolución de 4 de abril de 2007, de la Secretaría General Técnica de aquel Departamento.

Cuarto. Corresponde a la Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia la resolución del presente procedimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto 279/2003, de 7 de octubre, por el que se crea el Registro de Fundaciones de Andalucía, y el artículo 26 del Reglamento de organización y funcionamiento del mismo, aprobado por la citada disposición.

En su virtud, esta Dirección General, de acuerdo con lo anterior,

R E S U E L V E

Primero. Inscribir en el Registro de Fundaciones de Andalucía la modificación de estatutos de la Fundación Jiennense de Tutela, protocolizados en escritura pública núm. 86, de 18 de enero de 2007, ante la notario doña Matilde de Loma-Ossorio Rubio.

Segundo. Ordenar la notificación de la presente Resolución a los interesados y su comunicación al Protectorado de Fundaciones de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, y la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes desde su publicación, ante la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Sevilla, 4 de junio de 2007.- La Directora General, 
M.ª Luisa García Juárez.

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