Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 140 de 17/07/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 18 de mayo de 2007, por la que se autoriza a impartir ciclos formativos de formación profesional específica en la modalidad a distancia al centro docente privado «Escuela de Estética y Peluquería Santa María Novella» de Montilla (Córdoba).

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Vista la solicitud de autorización de doña Carmen Pilar Pedrosa Calderón, como representante de la entidad «CPPC Menphis, S.L.», titular del centro docente privado «Escuela de Estética y Peluquería Santa María Novella» de Montilla (Córdoba), con domicilio en calle Blas Infante, s/n, para impartir ciclos formativos de Formación Profesional Específica en la modalidad a distancia, realizada según lo dispuesto en el artículo 3 de la Orden de 20 de julio de 2006, por la que se regula la implantación y organización de la Formación Profesional Específica en la modalidad a distancia (BOJA 175, de 8 de septiembre).

Considerando que el centro docente privado «Escuela de Estética y Peluquería Santa María Novella» de Montilla (Córdoba), por Orden de 21 de enero de 2003 (BOJA 27, de 10 de febrero), tiene autorización definitiva para impartir los ciclos formativos de Estética Personal Decorativa y Peluquería.

Teniendo en cuenta que la metodología de estas enseñanzas y los materiales didácticos utilizados deberán atender a la utilización de las tecnologías de la información y de la comunicación y los recursos que proporciona Internet, según establecen los artículos 21.1 y 22.4 de la citada Orden de 20 de julio de 2006.

Considerando que la solicitud de autorización cumple las condiciones generales establecidas en el artículo 3 de la Orden de 20 de julio de 2006, esta Consejería de Educación ha dispuesto:

Primero. Autorizar al centro docente privado «Escuela de Estética y Peluquería Santa María Novella» de Montilla (Córdoba), con código núm.: 14002224, la impartición del ciclo formativo de Estética Personal Decorativa y Peluquería en la modalidad a distancia.

Segundo. El número de puestos escolares será 40 para cada ciclo formativo.

Tercero. La autorización surtirá efectos a partir del curso escolar 2007/2008.

Cuarto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente.

Quinto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los arts. 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 18 de mayo de 2007

Cándida Martínez López

Consejera de Educación

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