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La Ley 1/2004, de 17 de diciembre, crea el Consejo Audiovisual de Andalucía como autoridad audiovisual independiente encargada de velar por el respeto de los derechos, libertades y valores constitucionales y estatutarios en el ámbito de los medios audiovisuales en Andalucía y por el cumplimiento de la normativa vigente en materia audiovisual y de publicidad, de acuerdo con los principios de actuación y funciones que establece dicha Ley.
El artículo 5.4 de la Ley 1/2004, de 17 de diciembre, establece que el Consejo Audiovisual de Andalucía estará asistido por un Secretario General, que actuará con voz y sin voto. El Secretario General será propuesto por el Presidente del Consejo Audiovisual de Andalucía y su nombramiento se realizará por el Consejo de Gobierno.
El Presidente del Consejo Audiovisual de Andalucía ha propuesto el nombramiento de don Juan Luque Alfonso para el cargo de Secretario General de dicho Consejo.
En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el artícu- lo 5.4 de la Ley 1/2004, de 17 de diciembre, a propuesta del Consejero de la Presidencia, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 17 de julio de 2007.
Vengo en nombrar Secretario General del Consejo Audiovisual de Andalucía a don Juan Luque Alfonso.
Sevilla, 17 de julio de 2007
Manuel Chaves González
Presidente de la Junta de Andalucía
Gaspar Zarrías Arévalo
Consejero de la Presidencia
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