Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 146 de 25/07/2007

4. Administración de justicia

Juzgados de Instrucción

Edicto de 10 de julio de 2007, del Juzgado de Instrucción núm. Cuatro de Fuengirola (Antiguo Mixto núm. Ocho), dimanante del procedimiento núm. 437/2006. (PD. 3059/2007).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

NIG: 2905443C20068000702.

Procedimiento: Verbal-Desh.F.Pago (N) 437/2006. Negociado:

Sobre: Desahucio.

De: Cruces-Ruano, S.L.U.

Procuradora: Sra. Luque Rosales, M.ª Isabel.

Contra: Nordkalte, S.L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Verbal-Desh.F.Pago (N) 437/2006, seguido en el Juzgado de Instrucción núm. Cuatro de Fuengirola (Antiguo Mixto núm. Ocho), a instancia de Cruces-Ruano, S.L.U., contra Nordkalte, S.L., sobre Desahucio F. Pago, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 90/2007

En Fuengirola, a veintiséis de junio de dos mil siete.

Vistos por mí, Miguel Ángel Pareja Vallejo, Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción número Cuatro de Fuengirola y su partido, los presentes autos de Juicio Verbal 437/2006, seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante la entidad mercantil Cruces-Ruano, S.L.U, con Procuradora doña María Isabel Luque Rosales; y de otra como demandado la entidad mercantil Nordkalte, S.L., en situación de rebeldía procesal, sobre acción de desahucio por falta de pago de la renta, por los poderes que me confiere la Constitución, en nombre del Rey, vengo a dictar la presente Sentencia sobre la base de...

FALLO

Estimo la demanda interpuesta por la Procuradora doña María Isabel Luque Rosales, en nombre y representación de la entidad mercantil Cruces-Ruano, S.L.U., contra la entidad mercantil Nordkalte, S.L., y así:

Declaro haber lugar al desahucio del inmueble local propiedad de la actora, sito en la ciudad de Fuengirola, en la calle Camino de la Condesa, edificio Miramar II, local 94, por falta de pago de las rentas.

Declaro resuelto el contrato de arrendamiento celebrado entre las partes el día 15 de febrero de 2003, que obra en autos como documento número dos.

De no abandonar voluntariamente la finca la demandada, el lanzamiento a su costa se llevará a cabo el día catorce de septiembre de dos mil siete a las diez horas y treinta minutos.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de quinto día y en la forma legalmente establecida.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación.- Leída y publicada fue la anterior Sentencia por el Sr. Magistrado Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, doy fe en Fuengirola.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Nordkalte, S.L., extiendo y firmo la presente en Fuengirola, a diez de julio de dos mil siete.- El/La Secretario.

Descargar PDF