Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 149 de 30/07/2007

2. Autoridades y personal2.2. Oposiciones y concursos

Parlamento de Andalucía

Acuerdo de 17 de julio de 2007, de la Mesa de la Diputación Permanente, sobre la convocatoria de pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Subalternos del Parlamento de Andalucía.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

La Mesa de la Diputación Permanente, en sesión celebrada el día de la fecha, habiéndose dado cumplimiento a los trámites establecidos en la Ley 9/1987, de 12 de junio, de Órganos de Representación y Determinación de las Condiciones de Trabajo y Participación del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas,

HA ACORDADO

Convocar pruebas selectivas para cubrir 14 plazas del Cuerpo de Subalternos (Ujieres, y en su caso Telefonistas) del Parlamento de Andalucía, por el sistema de oposición.

Asimismo, aprobar las bases de la convocatoria, las cuales regularán el presente proceso selectivo, y que son las siguientes:

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 14 plazas del Cuerpo de Subalternos del Parlamento de Andalucía (Ujieres, y en su caso Telefonistas), mediante el sistema de oposición. De dichas plazas, se reserva una para ser cubierta entre personas con discapacidad de grado igual o superior al 33% y así lo indiquen en el apartado correspondiente de la solicitud. Si la citada plaza reservada para personas con discapacidad no se cubre, se incorporará automáticamente al sistema general de acceso libre. En el supuesto de que alguna de las personas con discapacidad que se hubiera presentado por el turno de reserva no tuviera plaza por dicho turno, pero su puntuación fuera superior a la obtenida por otros aspirantes del turno libre, será incluido por su orden de puntuación en el sistema general de acceso libre.

Dichas pruebas se regirán por las bases de la presente convocatoria y, en lo no previsto, por las demás normas vigentes de aplicación.

1.2. Los ejercicios de la oposición se celebrarán entre los días 1 de septiembre de 2007 y 30 de abril de 2008.

1.3. El nombramiento en el marco del Estatuto de Gobierno y Régimen Interior conferirá a la persona seleccionada, a todos los efectos, el carácter de funcionario o funcionaria de carrera del Parlamento de Andalucía desde la fecha de la toma de posesión, sin perjuicio de lo establecido en la base 9.1.

1.4. Se exigirá a los participantes el pago de derechos de examen, cuya tasa se devengará en el momento de la solicitud de participación en la convocatoria. El ingreso de su importe se efectuará previamente a la misma, con la acreditación de tal circunstancia en el momento de su presentación en los registros que en cada caso se utilicen. La acreditación se realizará aportando copia del justificante de ingreso o transferencia efectuado en la cuenta consignada en el párrafo siguiente. En dicho justificante deberán necesariamente constar nombre, apellidos y NIF de la persona aspirante. La tasa aplicable a la presente convocatoria es de 10 euros, cuyo hecho imponible lo constituye la presentación de la solicitud para participar en la convocatoria.

Tal cantidad deberá abonarse al Parlamento de Andalucía en la cuenta de la Caja Rural del Sur cuyos datos aparecen a continuación: Entidad: 3187, Sucursal: 0330, D.C.: 58, núm. c/c: 2451060426. El ingreso se hará bien directamente en cualquiera de las sucursales de la Caja Rural del Sur, bien por transferencia bancaria. Los gastos de la transferencia bancaria correrán por cuenta de la persona que la realiza.

En ningún caso la mera presentación de la acreditación del pago de la tasa supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud de participación, de acuerdo con lo dispuesto en la convocatoria.

1.5. Quedarán exentos del pago de la tasa aquellos solicitantes que acrediten su condición de discapacitados en un grado igual o superior al 33%, mediante original o copia compulsada del certificado de discapacidad emitido por el órgano competente de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social u órganos similares de las Administraciones Públicas.

2. Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Poseer la nacionalidad española.

Sin perjuicio de lo establecido en las normas vigentes, también podrán participar los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, del Reino de Noruega y de la República de Islandia, y cumplir los requisitos de la Ley 17/1993, de 23 de diciembre.

Con la misma salvedad, lo establecido en el párrafo anterior será, asimismo, de aplicación al cónyuge o la cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea –siempre que no estén separados de derecho–, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge –igualmente, siempre que no estén separados de derecho– menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

b) Tener cumplidos los 18 años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.

c) Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Técnico de Formación Profesional, o equivalentes, o en condiciones de obtenerlo. Las titulaciones obtenidas en el extranjero deberán justificarse con la documentación que acredite su homologación.

d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de la especialidad del cuerpo al que se aspira.

e) No haber sido separados, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitados para el ejercicio de funciones públicas.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar, además del requisito expresado en el párrafo anterior, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en el Estado cuya nacionalidad tengan el acceso a la Función Pública.

f) Haber abonado la correspondiente tasa, de acuerdo con lo establecido en las bases 1.4 y 1.5 anteriores.

2.2. Los requisitos establecidos en las normas anteriores estarán referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y deberán mantenerse hasta el nombramiento como funcionario o funcionaria de carrera.

3. Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia, cuyo modelo queda señalado como Anexo III, que podrá ser retirada en la sede del Parlamento de Andalucía, con indicación del nombre y apellidos de la persona aspirante; Documento Nacional de Identidad, pasaporte o número de identidad extranjero; fecha de nacimiento; domicilio; titulación que la acredita para tomar parte en las citadas pruebas selectivas y centro de expedición de la misma, así como declaración de reunir los requisitos exigidos en la base 2. Igualmente tendrán obligación de hacer constar en la solicitud el turno por el que concurren (acceso libre o reserva a personas con discapacidad).

3.2. Las instancias se dirigirán a la Excma. Sra. Presidenta del Parlamento de Andalucía y se presentarán en el Registro General del Parlamento o en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario o funcionaria de Correos antes de ser certificadas.

3.3. Acompañando al modelo de instancia se adjuntarán fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte o número de identidad extranjero, y la documentación acreditativa del abono de la tasa o de tener un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

3.4. El plazo de presentación de instancias será de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Dicha convocatoria se publicará, además, en el Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía.

3.5. Los aspirantes con discapacidad, cualquiera que sea su grado, deberán indicarlo en la solicitud. A estos efectos, en el espacio del modelo de instancia titulado «Otros datos que consignar», se hará constar esta circunstancia, el grado de discapacidad, así como solicitud de posible adaptación de tiempo y medios para la realización de los ejercicios.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Terminado el plazo de presentación de instancias, la Mesa del Parlamento aprobará las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos, las cuales se harán públicas en el tablón de anuncios del Parlamento de Andalucía y se anunciarán en el BOPA y en el BOJA. En ellas constarán nombre y apellidos de los aspirantes y número del documento nacional de identidad, pasaporte o número de identidad extranjero, así como las causas de su no admisión en la relación de excluidos.

4.2. Los errores de hecho podrán subsanarse, en cualquier momento, de oficio o a petición de la persona interesada.

4.3. Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado su exclusión u omisión en las citadas listas, los aspirantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de la resolución anteriormente aludida.

4.4. Transcurrido el plazo anterior, y examinadas las reclamaciones, la Mesa del Parlamento de Andalucía aprobará los listados definitivos de aspirantes admitidos, que se expondrán en el tablón de anuncios del Parlamento de Andalucía. El acuerdo con la declaración de las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos se publicará en el BOJA y en el BOPA. En dicho acuerdo se señalarán lugar de celebración, fecha y hora de iniciación de las pruebas.

4.5. Contra el citado acuerdo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de reposición ante la Mesa de la Cámara, con carácter potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

5. Tribunal Calificador.

5.1. Al Tribunal Calificador le corresponde el desarrollo y la calificación del proceso selectivo.

5.2. El Tribunal Calificador de estas pruebas de ingreso será el que figura en el Anexo I de este acuerdo.

5.3. En caso de empate, en los acuerdos que deba adoptar el Tribunal Calificador, el Presidente o Presidenta tendrá voto de calidad.

5.4. El Tribunal Calificador no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos tres de sus miembros. En caso de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal, el Presidente titular del Tribunal será sustituido por el Presidente suplente.

5.5. Los miembros del Tribunal Calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Mesa del Parlamento de Andalucía, cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal Calificador cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo mencionado.

5.6. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal Calificador tendrá su sede en el domicilio oficial del Parlamento de Andalucía, calle Andueza, s/n, Sevilla, 41009.

5.7. El Tribunal Calificador queda facultado para resolver cuantas dudas se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo en todo lo no previsto en las presentes bases.

5.8. El Tribunal podrá asesorarse de expertos en psicología aplicada para la realización de los ejercicios de la oposición. Además, la Mesa de la Cámara podrá designar funcionarios que colaboren temporalmente en el desarrollo del proceso de selección con las competencias de ejecución material y ordenación administrativa que les atribuya el Tribunal. Estos funcionarios estarán adscritos al Tribunal y ejercerán sus funciones de conformidad con las instrucciones que éste les curse al efecto.

5.9. Las centrales sindicales con representación en el Consejo de Personal del Parlamento de Andalucía podrán proponer el nombramiento de un/a representante o una representante ante el tribunal calificador. A esos efectos, por el Ilmo. Sr. Letrado Mayor del Parlamento de Andalucía se solicitará de cada una de las organizaciones sindicales antes aludidas la designación de un/a representante y de su suplente. Las organizaciones sindicales deberán proceder a la designación de sus representantes en el plazo de diez días hábiles contados a partir de la recepción de la notificación. Transcurrido dicho plazo sin efectuarse dicha designación, se entenderá que se renuncia al ejercicio de la misma.

6. Desarrollo.

6.1. La oposición constará de los tres ejercicios que se indican a continuación, los cuales tendrán carácter eliminatorio. Los dos primeros podrán celebrarse en el mismo acto, siendo ambos obligatorios, aunque solamente se procederá a la valoración del segundo ejercicio de aquellos que hubieren superado el primer ejercicio.

Primer ejercicio. Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de preguntas psicotécnicas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, encaminado a determinar la aptitud de los aspirantes para el desempeño de los puestos de trabajo a cubrir. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 40 minutos.

Segundo ejercicio. Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, referido al temario que se incluye como Anexo II de la convocatoria. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 60 minutos.

Tercer ejercicio. Consistirá en la realización por escrito de un ejercicio práctico relativo a las funciones propias del Cuerpo a que se aspira. El ejercicio será leído ante el Tribunal en sesión pública. A estos efectos, con carácter previo a la celebración del tercer ejercicio de la oposición, tendrá lugar el sorteo para determinar el orden de lectura del tercer ejercicio, por parte de los aspirantes. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 90 minutos.

El primer ejercicio se valorará de 0 a 70 puntos, el segundo de 0 a 30 puntos, y el tercero de 0 a 15 puntos. Las contestaciones erróneas de los dos primeros ejercicios se valorarán negativamente.

El Tribunal Calificador fijará la puntuación mínima necesaria para superar cada uno de los ejercicios. Asimismo, las puntuaciones mínimas que se establezcan resultarán, en su caso, de las puntuaciones transformadas que se deriven de los criterios que fije el Tribunal.

La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los tres ejercicios de la oposición.

6.2. Los opositores serán convocados para cada ejercicio mediante llamamiento único. Los derechos de quienes no comparezcan a su realización quedarán decaídos.

6.3. En cualquier momento el Tribunal Calificador podrá requerir de los opositores que acrediten su personalidad.

6.4. En las pruebas selectivas se establecerán, para las personas con discapacidad que lo soliciten de acuerdo con la base 3.5, las adaptaciones posibles de tiempos y medios para su realización.

7. Propuesta del Tribunal Calificador.

7.1. Finalizados los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará públicos los nombres de los aspirantes seleccionados con las calificaciones de cada uno de los ejercicios, y los propondrá a la Mesa de la Cámara para su nombramiento como funcionarios del cuerpo de subalternos del Parlamento de Andalucía.

En el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que se hagan públicos los nombres de los aspirantes seleccionados, podrá interponerse contra dicho acto recurso de alzada ante la Mesa del Parlamento de Andalucía, de conformidad con los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

7.2. En ningún caso el Tribunal determinará que ha superado las pruebas selectivas un número de aspirantes superior al de plazas convocadas. Será nulo de pleno derecho cualquier acuerdo del Tribunal que contravenga este límite.

8. Presentación de documentos.

8.1. En el plazo de veinte días naturales a contar desde la publicación de los nombres de los aspirantes que han superado las pruebas selectivas, éstos deberán presentar en el Registro General de la Cámara los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o número de identidad extranjero.

En el supuesto de descendientes de españoles o nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea o de su cónyuge, según lo contemplado en la base 2.1.a), deberán acreditar, además, el vínculo de parentesco y, en su caso, el hecho de vivir a expensas o estar a cargo de la persona nacional de un estado miembro de la Unión Europea con la que tengan dicho vínculo.

b) Certificado médico oficial acreditativo de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de la especialidad del cuerpo al que se aspira.

c) Fotocopia compulsada del título académico oficial exigido para el ingreso en el cuerpo.

d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separados, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración pública ni hallarse inhabilitados para el ejercicio de funciones públicas.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar, además del requisito expresado en el párrafo anterior, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en el estado cuya nacionalidad tengan el acceso a la Función Pública.

8.2. Los aspirantes con discapacidad, cualquiera que sea su grado, deberán presentar certificado de los órganos competentes en la materia, de la Junta de Andalucía u otras Administraciones Públicas. Dicha condición deberá mantenerse hasta que los aspirantes adquieran la condición de personal funcionario del Parlamento de Andalucía. Asimismo los aspirantes con discapacidad deberán aportar certificado expedido por la Consejería competente u otras Administraciones públicas en el que conste su capacidad para el desempeño de las funciones correspondientes al Cuerpo de Subalternos

8.3. Si alguna de las personas interesadas, dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentase la documentación señalada anteriormente, o del examen de ésta se dedujera que carece de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, no podrá ser nombrada funcionaria y quedarán sin efecto sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad por falsedad en que hubiese incurrido en la solicitud inicial.

9. Nombramiento y toma de posesión.

9.1. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la Mesa del Parlamento ordenará la publicación en el BOPA y en el BOJA de los nombramientos de los aspirantes aprobados como funcionarios en prácticas del Parlamento de Andalucía. Los nombramientos definitivos procederán, una vez concluido el período provisional, de conformidad con el artículo 8 del Estatuto de Personal del Parlamento de Andalucía.

9.2. En el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de los nombramientos en el BOJA, los interesados deberán tomar posesión de su respectiva plaza. Se entenderá que aquellas personas que no tomen posesión en el plazo señalado renuncian a los derechos derivados de las actuaciones de la oposición.

10. Impugnaciones.

Las presentes bases y cuantos actos administrativos se deriven de esta convocatoria y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Sevilla, 17 de julio de 2007. El Letrado Mayor, José A. Víboras Jiménez.

ANEXO I

TRIBUNAL DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA INGRESO EN EL CUERPO DE SUBALTERNOS DEL PARLAMENTO

DE ANDALUCÍA

Titulares:

Presidente: Don Matías Conde Vázquez.

Vocal 1.º: Don Javier Terrón Montero.

Vocal 2.º: Doña Isabel Liviano Peña.

Vocal 3.º: Doña Auxiliadora Doblas Muñoz.

Secretario: Don Jacinto Cruz López.

Suplentes:

Presidente: Don José Antonio Víboras Jiménez.

Vocal 1.º: Doña Carmen Noguerol Rodríguez.

Vocal 2.º: Doña Margarita Ibáñez Ruiz del Portal.

Vocal 3.º: Don Jorge Eslava Wasaldúa.

Secretario: Don Juan Manuel Salas Florido.

ANEXO II

PROGRAMA DE MATERIAS PARA EL INGRESO EN EL CUERPO DE SUBALTERNOS DEL PARLAMENTO DE ANDALUCÍA

Tema 1. Las constituciones históricas españolas. La Segunda República. El franquismo. La transición a la democracia.

Tema 2. La Constitución Española de 1.978. Caracteres generales. Los derechos fundamentales y su protección. El Defensor del Pueblo. El Tribunal Constitucional.

Tema 3. La Corona. Las Cortes Generales. El Gobierno y la Administración. El Poder Judicial.

Tema 4. La representación política. El sistema electoral español. Los partidos políticos. Las organizaciones sindicales y empresariales en España. Principios constitucionales informadores.

Tema 5. La organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas en la Constitución Española. Vías de acceso a la autonomía. La Administración Local: tipología de Entes Locales.

Tema 6. La autonomía andaluza. Vía de acceso a la autonomía, Estatuto de Autonomía de Andalucía y su proceso de reforma. El Estatuto de Autonomía para Andalucía. Estructura y Título Preliminar. Organización territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía de acuerdo con el Estatuto de Autonomía.

Tema 7. El régimen parlamentario de la Comunidad Autónoma. El principio de responsabilidad ante el Parlamento. La elección del Presidente de la Junta de Andalucía y su cese. La moción de censura y la cuestión de confianza. La disolución del Parlamento.

Tema 8. Otras instituciones de autogobierno. El Defensor del Pueblo. El Consejo Consultivo. La Cámara de Cuentas. El Consejo Audiovisual. El Consejo Económico y Social. Naturaleza, composición y funciones.

Tema 9. El Parlamento de Andalucía. Composición y mandato. Organización de la Cámara. El Presidente del Parlamento: elección, funciones y cese. La Mesa: composición y funciones. La Junta de Portavoces. La Diputación Permanente. Los servicios del Parlamento.

Tema 10. El Diputado individual. Su estatuto. Las prerrogativas parlamentarias. Los Grupos Parlamentarios. Las Comisiones parlamentarias. Concepto, composición y clases. La Mesa de la Comisión. Elección, composición y funciones.

Tema 11. Las funciones del Parlamento de Andalucía. Examen del procedimiento legislativo y de la función de control político del Gobierno.

Tema 12. El funcionamiento del Parlamento: las sesiones, el orden del día, los debates, las votaciones, el cómputo de plazos y presentación de documentos. La disciplina parlamentaria.

Tema 13. El Protocolo. Concepto y definición. Precedencias y tratamientos en Andalucía. Los símbolos de la Comunidad Autónoma: la bandera, el escudo y el himno. El Día de Andalucía. Otras fechas relevantes para la Comunidad Autónoma.

Tema 14. El régimen jurídico de los funcionarios públicos. Selección de los funcionarios públicos. Situaciones administrativas. Derechos y deberes de los funcionarios. El Estatuto de Personal del Parlamento de Andalucía. El Cuerpo de Subalternos del Parlamento de Andalucía.

Tema 15. La Unión Europea: su origen y evolución. Estudio y funcionamiento de las Instituciones Comunitarias. La incorporación de España. Principales fuentes del Derecho Comunitario.

Descargar PDF