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La Orden de 19 de junio de 2007 por la que se regula la distribución de transferencias a los Ayuntamientos andaluces para la nivelación de servicios municipales vinculados a la acogida y la integración de inmigrantes, publicada en BOJA núm. 128, de 29 de junio de 2007, establece en su artículo 4 los indicadores y la forma de reparto para la distribución de los créditos consignados en el Presupuesto de la Junta de Andalucía destinados a dicha finalidad, por lo que esta Delegación del Gobierno
RESUELVE
Primero. Hacer público, a efectos de notificación conforme al art. 9.2.d) del Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, la Resolución de fecha 13 de julio de 2007, por la que se acuerda la distribución de transferencias a los Ayuntamientos con mayor presión migratoria, al amparo de la Orden citada y que se transcribe en el Anexo adjunto.
Segundo. La Resolución se encuentra asimismo expuesta en los tablones de anuncios de la Consejería de Gobernación y en las Delegaciones del Gobierno correspondientes a los domicilios de las entidades solicitantes.
Tercero. El plazo para la interposición de los recursos procedentes comenzará a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Almería, 13 de julio de 2007.- El Delegado del Gobierno, Juan Callejón Baena.
RESOLUCIóN DE 13 DE JULIO 2007, DE LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO DE ALMERÍA, POR LA QUE SE ACUERDA LA DISTRIBUCIóN DE TRANSFERENCIAS A LOS AYUNTAMIENTOS CON MAYOR PRESIóN MIGRATORIA PARA LA NIVELACIóN DE SERVICIOS MUNICIPALES VINCULADOS A LA ACOGIDA Y LA INTEGRACIóN DE INMIGRANTES
La Orden de 19 de junio de 2007 por la que se regula la distribución de transferencias a los Ayuntamientos andaluces para la nivelación de servicios municipales vinculados a la acogida y la integración de inmigrantes, publicada en BOJA núm. 128, de 29 de junio de 2007, establece en su artículo 4 los indicadores y la forma de reparto para la distribución de los créditos consignados en el Presupuesto de la Junta de Andalucía destinados a dicha finalidad.
Con base en los criterios de valoración señalados en el referido artículo y respetando lo establecido en el artículo 5, la citada Orden distribuye los créditos entre los municipios andaluces con mayor presión migratoria.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la mencionada Orden, corresponde a la Delegación del Gobierno en cada provincia realizar las transferencias, para lo que se ha habilitado la correspondiente dotación presupuestaria.
En virtud de cuanto antecede,
RESUELVO
Primero. Distribuir la cantidad de 943.268,42 euros, correspondientes a la nivelación de servicios municipales vinculados a la acogida e integración de inmigrantes en los municipios de la provincia de Almería, atribuyendo a los municipios que corresponde por aplicación de los criterios establecidos en el artículo 4 de la Orden de 19 de junio de 2007 las cantidades que se indican en el Anexo.
Segundo. Aprobar, con cargo a la aplicación presupuestarla 0.1.09.00.18.04.463.00.31J, el gasto correspondiente a las transferencias resultantes, que se harán efectivas en un solo pago para cada Ayuntamiento, de conformidad con el calendario autorizado por la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública de la Consejería de Economía y Hacienda.
Tercero. Declarar estos gastos con carácter «en firme». En el plazo de tres meses a partir de haberse hecho efectivas las transferencias, los municipios receptores remitirán a la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Almería certificación en la que se acredite el ingreso de las transferencias y los números de los asientos contables practicados.
Cuarto. La nivelación de los servicios municipales vinculados a la acogida e inserción de inmigrantes se operará por medio de actuaciones que, siendo autónomamente determinadas por cada municipio receptor a través de un Plan de Acción, encajen dentro de los ejes, principios rectores y líneas de actuación prioritarias definidos en el Marco de Cooperación para la Gestión del Fondo de Apoyo a la Acogida y la Integración de Inmigrantes, el Convenio suscrito al efecto entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Gobernación y el Acuerdo operativo suscrito entre la Consejería de Gobernación y la FAMP. Los municipios receptores facilitarán la oportuna información de seguimiento y evaluación al respecto.
Quinto. Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en las formas y plazos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sexto. Dado en Almería, a 13 de julio de 2007. El Delegado del Gobierno. Firmado: Juan Callejón Baena.
ANEXO DE MUNICIPIOS SELECCIONADOS CON LOS IMPORTES A TRANSFERIR PARA LA NIVELACIÓN DE SERVICIOS MUNI-CIPALES VINCULADOS A LA ACOGIDA Y LA INTEGRACIÓN DE INMIGRANTES
MUNICIPIO | IMPORTE | ||
ROQUETAS DE MAR | 83.733,23 | ||
NÍJAR | 81.912,94 | ||
EL EJIDO | 79.832,61 | ||
LA MOJONERA | 74.111,71 | ||
VÍCAR | 72.551,46 | ||
PULPí | 67.943,20 | ||
VERA | 66.310,47 | ||
ALMERÍA | 63.970,11 | ||
ADRA | 58.249,20 | ||
HUÉRCAL-OVERA | 56.295,80 | ||
CUEVAS DEL ALMANZORA | 53.383,94 | ||
ALBOX | 47.560,24 | ||
FINES | 46.027,27 | ||
GARRUCHA | 45.767,23 | ||
VÉLEZ-RUBIO | 45.619,01 | ||
TOTAL | 943.268,42 |